Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 219 de 15/11/2023

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo

Resolución de 9 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, por la que se da publicidad a efectos informativos de las modificaciones realizadas al formulario (Anexo I solicitud) de la línea 2 de subvención de la Orden de 29 de junio de 2023 que se cita.

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Por Orden de 29 de junio de 2023, se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para el fomento del trabajo autónomo en Andalucía, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 125, de 3 de julio de 2023.

Mediante Resolución de 27 de julio de 2023, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, se convoca, para los años 2023 y 2024, la concesión de subvenciones de la línea 2 regulada en la referida Orden 29 de junio de 2023, y se aprueban los formularios que constan como anexos a dicha convocatoria, a los que deben ajustarse las solicitudes presentadas (BOJA núm. 145, de 31 de julio de 2023).

Posteriormente, se dicta Resolución de 4 de octubre de 2023, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, por la que se aprueban y se publican las actividades de tratamiento de datos personales correspondientes a esta Dirección General, afectando a la información sobre protección de datos de carácter personal contenida en el formulario con código de inscripción 006276, de la línea 2 de la Orden de 29 de junio de 2023. Asimismo, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 208, de fecha 30 de octubre de 2023 se ha publicado la corrección de errores de la Orden de 29 de junio de 2023.

El artículo 12.9 del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía, dispone que «todos los formularios y modelos específicos que tengan carácter obligatorio, por establecerlo así de manera expresa la norma o acto de aprobación, deberán ser publicados en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. En el caso de formularios cuyo medio de presentación sea exclusivamente electrónico, se hará constar claramente que dicha publicación es únicamente a efectos informativos. Cuando sea preciso realizar modificaciones en los formularios y modelos específicos, derivadas exclusivamente de una reestructuración de Consejerías o redistribución de competencias, no será necesaria la publicación a la que se refiere este apartado».

Debido a los cambios introducidos por la Resolución de 4 de octubre de 2023, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, así como la corrección de errores de la Orden de 29 de junio de 2023 citada anteriormente, se hace necesaria una adaptación y adecuación del formulario (Anexo I solicitud) con código de inscripción 006276 de la línea 2 de subvención de la Orden de 29 de junio de 2023, aprobado y publicado mediante la Resolución de 27 de julio de 2023, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social.

El formulario que se publica en la presente resolución ha sido normalizado e inscrito en el Registro de Formularios.

Conforme a lo dispuesto en la disposición adicional primera, apartado 1, de la Orden de 29 de junio de 2023, se delega en la persona titular de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social la competencia para convocar, mediante resolución, la línea 2 de subvención regulada en dicha orden, y sus posibles modificaciones. Asimismo, y conforme al artículo 4.5. del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de concesión de subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, los formularios de solicitud y, en su caso, de otros trámites a realizar por las personas solicitantes de subvenciones, deberán aprobarse por las Consejerías respectivas, siendo publicados conjuntamente con su convocatoria.

Por lo expuesto, y en uso de las competencias que me vienen atribuidas por la legislación vigente, esta Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social

RESUELVE

Primero. Dar publicidad a efectos informativos de las modificaciones realizadas en el formulario (Anexo I solicitud) con código de inscripción 006276, de la línea 2 de subvención de la Orden de 29 de junio de 2023, conforme a lo establecido en el artículo 12.9. del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre.

Segundo. La presente resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 9 de noviembre de 2023.- La Consejera de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, P.D. (Orden de 29.6.2023, BOJA núm. 125 de 3.7.2023), la Directora General de Trabajo Autónomo y Economía Social, Susana Romero Román.

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