Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 22 de 02/02/2023

5. Anuncios

5.2. Otros anuncios oficiales

Ayuntamientos

Resolución de 22 de diciembre de 2022, del Ayuntamiento de Hornachuelos, por la que se aprueban las bases y la convocatoria excepcional en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal por concurso para cubrir una plaza de Monitor/a deportivo vacante en este Ayuntamiento. (PP. 4081/2022).

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Habiéndose aprobado por Resolución de Alcaldía núm. 2022/00001849, de fecha 22 de diciembre, las bases y la convocatoria excepcional en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal, para cubrir una plaza de Monitor/a deportivo para el Ayuntamiento de Hornachuelos, mediante sistema de concurso, se abre el plazo de presentación de solicitudes, que será de 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

Se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria:

«BASES ESPECÍFICAS REGULADORAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN DE UNA PLAZA DE MONITOR/A DEPORTIVO, DE NATURALEZA LABORAL, INCLUIDA EN LA OEP DEL AÑO 2022, EN EL MARCO DE UN PROCESO DE ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO

Base 1.ª Objeto.

1.3. Objeto de las bases.

El objeto de estas bases es regular las especificidades que deben regir la selección, por el sistema de concurso de méritos, de una plaza de monitor deportivo, de naturaleza laboral, incluida en la OEP del Ayuntamiento de Hornachuelos, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba núm. 96, de fecha 20 de mayo de 2022, en el marco de un proceso de estabilización de empleo temporal, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

La regulación, realización y desarrollo del presente proceso selectivo se ajustará a lo dispuesto en las presentes bases específicas y, en todo lo no regulado expresamente en éstas, se regirá por las Bases Generales, aprobadas exclusivamente en el marco del mencionado plan extraordinario de estabilización.

1.2. Características de la plaza.

Naturaleza: Personal laboral.

Denominación: Monitor/a Deportivo/a.

Grupo de clasificación: C.

Subgrupo de clasificación: C2.

Número de plazas convocadas: 1.

Jornada: Tiempo completo.

1.4. Funciones.

Colabora en la organización, gestión, dinamización y difusión de actividades, eventos y programas deportivos, coordinando al personal de mantenimiento y monitores, todo ello siguiendo las instrucciones y bajo la supervisión de su superior jerárquico. Colabora, en caso de necesidad, en la impartición de actividades deportivas para las que le habilita su titulación en el marco de los servicios deportivos municipales, manejando el material deportivo necesario a tal fin y velando por su ordenación, conservación y buen uso. Además de las anteriores, participa en la gestión de redes sociales; controla y vigila durante la apertura de las instalaciones deportivas; maneja el dinero de alquileres de las instalaciones; colabora en tareas básicas de gestión y tramitación administrativa propias de su ámbito competencial, etc. Atiende e informa al público y a los empleados de las materias de su competencia. Maneja los dispositivos, máquinas y equipos informáticos y de comunicación propios del trabajo que realiza. Cualesquiera otras funciones que sean análogas o conexas con las anteriores, o, en todo caso, que sean adecuadas a la plaza o categoría del ocupante del puesto, que su superior jerárquico le encomiende, sin perjuicio, además, de lo previsto en el art.73.2 del TREBEP.

Base 2.ª Requisitos.

Para ser admitidas en el proceso de selección y tomar parte de este, las personas aspirantes deben cumplir los requisitos señalados en las bases generales y además, los siguientes:

Titulación. Tener una titulación de EGB, o Graduado/a en Educación Secundaria Obligatoria, o Formación Profesional Básica o equivalente.

Estar en posesión del Título de Monitor/a Deportivo/a o equivalente.

Estar en posesión del curso de desfibrilador.

Estar en posesión del curso de primeros auxilios.

Estar en posesión del curso de socorrista.

La equivalencia, en caso de titulaciones distintas a las señaladas, corresponderá acreditarla a la persona aspirante.

Deberá presentar además certificado de delitos sexuales y penales.

Base 3.ª Procedimiento de selección.

3.1. Tipo de procedimiento.

El procedimiento de selección es el de concurso de méritos.

3.2. Méritos.

Se valorarán los méritos siguientes, cumulativamente y sin perjuicio de lo indicado en las bases generales:

Experiencia profesional: Hasta un máximo de 80 puntos.

- Experiencia profesional por servicios prestados como personal funcionario o laboral, en la plaza de monitor/a deportivo/a, o en el desempeño de las funciones propias de la misma, en el Ayuntamiento de Hornachuelos: 0,60 puntos por mes trabajado.

- Experiencia profesional por servicios prestados como personal funcionario o laboral, en la plaza de monitor/a deportivo/a, o en el desempeño de las funciones propias de la misma, en otras entidades locales: 0,45 puntos por mes trabajado.

- Experiencia profesional por servicios prestados como personal funcionario o laboral en la plaza de monitor/a deportivo/a, o en el desempeño de las funciones propias de la misma, en otras AAPP y resto del Sector: 0,35 puntos por mes trabajado.

Méritos académicos: Hasta un máximo de 20 puntos.

- Cursos de Formación y perfeccionamiento, debidamente acreditados, relacionados con las tareas del puesto o con materias transversales, en los términos señalados en las bases generales: 0,05 puntos por hora de formación, hasta un máximo de 20 puntos.

- Por estar en posesión de un título correspondiente en un (1) nivel de formación académica superior al exigido para el acceso a la plaza convocada: 10 puntos.

Cuando la formación se refiera a créditos, cada crédito será equivalente a 10 horas de formación.

3.3. Calificación definitiva.

La calificación definitiva del concurso de méritos será la resultante de la suma final de la puntuación obtenida en cada uno de los apartados del concurso, sin que en ningún caso pueda ser superior a 100 puntos.

Dicha calificación final lo será a partir de la comprobación del autobaremo por el Tribunal Calificador, en los términos establecidos en las bases generales.

Base 4.ª Bolsa de empleo temporal.

El presente proceso selectivo SÍ generará bolsa de empleo temporal, en los términos previstos en las bases generales.»

Los sucesivos anuncios de esta convocatoria se publicarán de conformidad con las bases en la sede electrónica del este Ayuntamiento

[dirección https://sede.eprinsa.es/hornachu/tablon-de-edictos].

Hornachuelos, 22 de diciembre de 2022.- La Alcaldesa-Presidenta, María del Pilar Hinojosa Rubio.

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