Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 220 de 16/11/2023

2. Autoridades y personal

2.1. Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Turismo, Cultura y Deporte

Orden de 4 de noviembre de 2023, por la que se designan miembros del Pleno del Tribunal Administrativo del Deporte de Andalucía por renovación parcial de su composición, y por renuncia de uno de sus miembros.

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La Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía, crea en su artículo 19, el Tribunal Administrativo del Deporte de Andalucía (en adelante, TADA), como superior órgano administrativo de la Junta de Andalucía para la solución de los conflictos deportivos en Andalucía. En el artículo 150 se determina que el TADA estará integrado tanto por personal funcionario de carrera adscrito a la Consejería competente en materia de deporte como por juristas de reconocido prestigio en el ámbito del deporte, designados por la persona titular de la Consejería con competencia en materia de deporte.

Por su parte, el Decreto 205/2018, de 13 de noviembre, por el que se regula la solución de los litigios deportivos en la Comunidad Autónoma de Andalucía, determina en su artículo 86 que las personas miembros del TADA serán designadas por la persona titular de la Consejería competente en materia de deporte y, a su vez, el citado artículo establece que las diez personas miembros del TADA de adscripción externa serán propuestas para su designación de la siguiente manera: Tres por la Confederación Andaluza de Federaciones Deportivas, dos por el Consejo Andaluz del Deporte, dos por el Consejo Andaluz de Universidades, una por el Consejo Andaluz del Colegio de Abogados, una por las Reales Academias de Jurisprudencia y Legislación de Andalucía que será designada de forma rotatoria, entre las existentes, cada dos mandatos, y una por la persona titular de la Consejería competente en materia de deporte. También se determina que otras tres personas serán designadas entre personal funcionario de carrera por la persona titular de la Consejería competente en materia de deporte, que cumpla con los requisitos establecidos en el citado artículo.

El Decreto 205/2018, de 13 de noviembre, en su artículo 87.2 prevé que, agotado el primer mandato de cuatro años, la renovación se producirá parcialmente cada dos años, afectando la primera a seis de sus integrantes y la segunda a siete, aplicando consecutivamente dicha regla.

En la sesión constituyente del TADA de 1 de abril de 2019, se celebró un sorteo para determinar el orden de renovación parcial de sus miembros, la cual afecta a cinco miembros de adscripción externa, nombrados a propuesta de la Confederación Andaluza de Federaciones Deportivas, del Consejo Andaluz del Deporte, del Consejo Andaluz de Universidades, de las Reales Academias de Jurisprudencia y Legislación de Andalucía, y a un miembro de adscripción funcionarial, designado por la persona titular de la Consejería competente en materia de Deporte, de conformidad con lo previsto en el artículo 4.2 de la Orden de 11 de octubre de 2019, de la Consejería de Educación y Deporte, por la que se desarrollan las normas generales de organización y funcionamiento del Tribunal Administrativo del Deporte de Andalucía, así como la ordenación interna de sus procedimientos.

Por consiguiente, transcurridos cuatro años desde la constitución del TADA, una vez realizadas las solicitudes de las designaciones y recibidas las propuestas de las mismas por las entidades citadas en el párrafo anterior, corresponde realizar la primera renovación parcial de sus miembros mediante Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de deporte, conforme a la Orden de 11 de octubre de 2019, procede como establece el artículo 3 de la misma, la realización de las designaciones.

Así mismo, con fecha 14 de junio de 2023, presenta renuncia como miembro del Pleno don Vicente Alfonso Oya Amate, designado por el Consejo Andaluz de Colegios de Abogados, presentándose nueva propuesta de nombramiento por parte de ese Consejo con fecha 17 de julio de 2023. Por ello, en virtud de lo establecido en los artículos 88.1.b) y 89 del Decreto 205/2018, de 13 de noviembre, procede la cobertura de la citada vacante. En este caso, el mandato de la persona designada durará el tiempo que le restase al miembro sustituido, según lo establecido en el artículo 4.4 de la Orden de 11 de octubre de 2019.

En virtud de lo expuesto y de conformidad con la normativa citada, así como en el ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y por el artículo 26 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,

DISPONGO

Primero. Nombrar como miembros del Tribunal Administrativo del Deporte de Andalucía a las siguientes personas en representación de las entidades que se indican a continuación:

1. A don Pedro José Contreras Jurado y doña María Dolores García Bernal, a propuesta de la Confederación Andaluza de Federaciones Deportivas, que renuevan en un segundo mandato.

2. A don Diego Medina Morales, a propuesta del Consejo Andaluz de Universidades, que renueva en un segundo mandato.

3. A doña María del Amor Albert Muñoz, a propuesta de la Real Academia Sevillana de Legislación y Jurisprudencia.

4. A don Eugenio Pedro Benítez Montero, a propuesta del Consejo Andaluz del Deporte.

Segundo. Nombrar como miembro del Tribunal Administrativo del Deporte de Andalucía, como persona de adscripción funcionarial, a don Fernando Maqueda Moresco, designado a propuesta de la persona titular de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte, y que renueva en un segundo mandato.

Tercero. Establecer que la duración del mandato de los miembros designados por renovación parcial, en los dispositivos primero y segundo, será de cuatro años, y se computarán a partir de la fecha de la aceptación de los nombramientos.

Cuarto. Nombrar como miembro del Tribunal Administrativo del Deporte de Andalucía, por renuncia de don Vicente Alfonso Oya Amate, a don Federico Fernández Rodríguez, a propuesta del Consejo Andaluz de Colegios de Abogados, siendo la duración de su mandato igual a la que quedara por cumplir a su antecesor, de conformidad con lo establecido en el artículo 89 del Decreto 205/2018, de 13 de noviembre.

Quinto. Ordenar la publicación de la presente orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 4 de noviembre de 2023

CARLOS ARTURO BERNAL BERGUA
Consejero de Turismo, Cultura y Deporte
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