Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 221 de 17/11/2023

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública

Resolución de 13 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se oferta plaza para que la persona integrante de la relación complementaria de aspirantes seleccionados realice petición de destino y aporte la documentación preceptiva en relación al proceso selectivo para el acceso a la condición de personal laboral fijo, por el sistema de concurso-oposición, en la categoría profesional Médico/a, correspondiente al Grupo I, para las plazas vinculadas a Oferta de Empleo Público de carácter ordinario 2018, convocado por Resolución de 9 de noviembre de 2021.

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Por Resolución de 9 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública (BOJA núm 219, de 15 de noviembre), se convocó proceso selectivo para el acceso a la condición de personal laboral fijo, por el sistema de concurso-oposición, en las categorías profesionales del Grupo I, correspondientes a las Ofertas de Empleo Público 2018 (carácter ordinario) y 2017 y 2019 (estabilización).

Hecha pública por la comisión de selección la relación complementaria con la persona aspirante que sigue a las inicialmente propuestas para su posible consideración como persona adjudicataria de la categoría profesional citada y elevada propuesta para su tramitación, respecto a las plazas vinculadas a Oferta de Empleo Público de carácter ordinario 2018, esta Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, de conformidad con la base novena.7 de la citada resolución, y en uso de las competencias atribuidas por el artículo 12.1.c) del Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública,

Resuelve

Primero. Ofertar y hacer pública en la Web de Emplead@ plaza vacante para que la persona integrante de la relación complementaria de aspirantes seleccionados en el proceso selectivo indicado, en un plazo de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, realice de forma exclusivamente telemática petición de destino y presente la documentación preceptiva señalada en el apartado siguiente.

Segundo. 1. En los términos expresados en el apartado primero, la persona aspirante seleccionada cumplimentará a través de la Web de Emplead@

https://ws45.juntadeandalucia.es/empleadopublico

modelo formulario de petición de destinos, según Anexo I, en el que se consignará la plaza vacante ofertada.

Según exigencia de la resolución de convocatoria, conforme al apartado 6 del citado Anexo I la persona seleccionada habrá de formular declaración expresa de no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas y no poseer la condición de personal laboral fijo de la misma categoría profesional a que se aspira ni de desempeñar ningún puesto en el sector público, ni de realizar actividad privada incompatible o sujeta a reconocimiento de compatibilidad. Asimismo, al mencionado formulario según previsiones de la base novena.7 de la Resolución de 9 de noviembre de 2021, se incorporará la siguiente documentación:

a) Certificado médico acreditativo de poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondientes a la categoría profesional concreta, considerándose validos bien Certificado médico oficial dictado por el Consejo General de la Organización Médica Colegial y expedido por personal médico colegiado, bien Certificación expedida por médico/a de familia del Servicio Andaluz de Salud (en el modelo configurado por el Sistema DIRAYA) o por personal facultativo del Sistema Nacional de Salud que corresponda a la persona interesada.

En el supuesto de que la persona a contratar se encuentre desempeñando puesto de trabajo propio de la categoría profesional a la que opta en la Administración General de la Junta de Andalucía, será suficiente la aportación de declaración responsable de que se posee la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas propias o habituales de la categoría profesional (Anexo II).

b) Título académico oficial expedido por la autoridad competente de acuerdo con lo exigido en la base segunda de la resolución de convocatoria, según se especifica en su Anexo II (Licenciatura en Medicina o Grado en Medicina).

Las titulaciones académicas oficiales de carácter universitario se acreditarán con el título expedido, con la certificación supletoria provisional o con la credencial de homologación o equivalencia expedida por el Ministerio competente en materia de educación.

A estos efectos, deberá incorporarse copia electrónica auténtica del título académico oficial o, en su defecto, copia del mismo acompañada del documento obtenido a través de la «Consulta de Títulos Universitarios Oficiales» en la sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional.

Estarán exentos de justificación documental aquellas condiciones y requisitos que, conforme al Reglamento Regulador del Registro General de Personal de la Junta de Andalucía, consten inscritos en el mismo.

2. La presentación electrónica se podrá realizar de la siguiente forma:

a) Desde fuera de la red corporativa de la Junta de Andalucía, con certificado digital.

b) Desde dentro de la red corporativa de la Junta de Andalucía, indistintamente con certificado digital o bien con usuario y clave privada de acceso.

Una vez realizada la presentación telemática, esta no podrá ser modificada en ningún caso, sin perjuicio de que pueda presentarse una nueva petición de destino dentro de plazo, en cuyo caso la primera quedará sin efecto; con la presentación se generará automáticamente un justificante de la recepción de los documentos electrónicos presentados, en el que se dejará constancia del asiento de entrada que se asigna al documento, así como fecha y hora que acredite el momento exacto de presentación y su no rechazo. Dicho justificante servirá de acreditación de su correcta presentación.

Tercero. Los destinos se adjudicarán de acuerdo con el orden de puntuación obtenido y conforme al orden de preferencia establecido en el Anexo I de la presente resolución, sin perjuicio de que éste pueda verse alterado como consecuencia del cumplimiento de una resolución administrativa o judicial derivada del proceso selectivo.

En cualquier caso, si la persona seleccionada no presentase la referida documentación o no pidiese puesto, se entenderá que desiste de su derecho a ser seleccionada en el presente proceso selectivo, quedando anuladas todas sus actuaciones; igualmente serán anuladas las actuaciones si incorporase documentación que no resultara acreditativa de los requisitos exigidos.

Contra la presente resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante este órgano en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación, o bien demanda ante el Juzgado de lo Social que corresponda, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1, 2 y 6 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social, en el plazo de dos meses.

Sevilla, 13 de noviembre de 2023.- La Directora General, Natalia Silvia Márquez García.

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