Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 221 de 17/11/2023

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Universidades

Resolución de 13 de noviembre de 2023, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca concurso de traslado entre el personal técnico, de gestión y de administración y servicios laboral de la Universidad de Cádiz de la categoría Titulado Superior de Actividades Culturales.

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En uso de las atribuciones que me confieren la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, y los Estatutos de la Universidad de Cádiz, aprobados por Decreto de la Comunidad Autónoma de Andalucía 281/2003, de 7 de octubre, y en cumplimiento con el artículo 19 del IV Convenio Colectivo del personal laboral de las Universidades Públicas de Andalucía,

RESUELVO

Convocar concurso de traslado entre el personal técnico, de gestión y de administración y servicios laboral de la Universidad de Cádiz de la categoría Titulado Superior de Actividades Culturales, con sujeción a las bases que se acompañan.

Cádiz, 13 de noviembre de 2023.- El Rector, en funciones, P.D., la Gerente, Mariví Martínez Sancho.

BASES DE LA CONVOCATORIA

1. Normas generales.

1.1. Se convoca concurso de traslado entre el personal técnico, de gestión, y de administración y servicios laboral de la Universidad de Cádiz de la categoría Titulado Superior de Actividades Culturales, para cubrir el puesto de trabajo vacante que se indica en el Anexo I.

1.2. El presente concurso de traslado se regirá por las bases de esta convocatoria, las cuales se acogerán a lo establecido en el vigente Convenio Colectivo de Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía y por lo establecido en la Relación de Puestos de Trabajo del Personal Laboral de Administración y Servicios de la Universidad de Cádiz.

2. Requisitos de las personas candidatas.

2.1. Podrán solicitar dicho puesto de trabajo:

a) Todo el personal de la Universidad de Cádiz acogido al vigente Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía, con relación jurídico-laboral de carácter fijo que ostente la categoría de Titulado Superior de Actividades Culturales.

b) El personal técnico, de gestión y de administración y servicios laboral de la Universidad de Cádiz que se encuentre en situación de excedencia, que pertenezca a la misma categoría y haya solicitado previamente su reingreso.

c) Las personas trabajadoras fijas de otras Universidades Públicas, de la misma categoría, incluidas en el ámbito de aplicación del Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía, que hubieran solicitado su traslado con antelación a la convocatoria.

d) El personal laboral fijo de otras Universidades Públicas, de la misma o equivalente categoría, en los términos que se establezcan en los correspondientes convenios de reciprocidad, que sean suscritos entre las Comisiones de Interpretación y Vigilancia de los respectivos convenios, o entre Universidades y los respectivos Comités de Empresa.

2.2. Para aquellos casos en los que la RPT señale requisitos necesarios para el desempeño del puesto, el solicitante deberá acreditar su cumplimiento, en los términos que se establecen en las presentes bases.

3. Solicitudes.

3.1. De acuerdo con el Reglamento UCA/CG05/2023, de 20 de junio, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Universidad de Cádiz del personal a su servicio y de los participantes de los procesos selectivos, quienes deseen tomar parte en este proceso selectivo deberán realizar la presentación de las solicitudes a través del procedimiento telemático específico establecido por la Universidad de Cádiz, mediante firma electrónica, y accesible desde la propia Sede Electrónica de la Universidad de Cádiz:

https://sedelectronica.uca.es/procedimientos/?proc=431

La presentación electrónica de la solicitud requiere del uso del certificado digital del interesado. Una vez cumplimentado el formulario de solicitud y aportados, en su caso, los documentos requeridos y/o méritos a valorar en la fase de concurso, la solicitud deberá ser firmada electrónicamente. Posteriormente, se deberá pulsar el botón «Presentar», obteniéndose entonces un recibo en el que figurará el código de registro, fecha y hora de presentación. La obtención de dicho recibo será documento justificativo de la presentación de la solicitud por el interesado, por lo que éste no podrá entender que ha concluido los trámites de presentación de la solicitud si no ha finalizado los mismos con la obtención del citado recibo.

Quedarán excluidas provisionalmente aquellas personas que no hayan firmado y presentado su solicitud a través del procedimiento habilitado al efecto.

Junto con la solicitud se presentará la relación de méritos alegados, así como la documentación acreditativa de los mismos, según modelos disponibles en la página web del Área de Personal https://personal.uca.es/provision-de-puestos-de-trabajo/. Aquellos aspirantes que presten o hayan prestado servicios como personal de la Universidad de Cádiz, sólo tendrán que alegar los méritos, no siendo necesario adjuntar la documentación justificativa, excepto que la misma no conste en el expediente del Área de Personal.

El proyecto a que se refiere la base 7.2 se podrá presentar en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del listado provisional de admitidos y excluidos. La presentación se realizará a través del mismo expediente de presentación de su solicitud inicial de forma telemática en la Sede Electrónica de la UCA.

3.2. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Igualmente se publicará, a los meros efectos de publicidad, en el Boletín Oficial de la Universidad de Cádiz y la página web del área de Personal de la Universidad de Cádiz: https://personal.uca.es/provision-de-puestos-de-trabajo/

3.3. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de Cádiz dictará, en el plazo máximo de un mes, resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as. En dicha resolución, que deberá publicarse en la página web del Área de Personal https://personal.uca.es/convocatoria-pas/ , se incluirá la lista completa de las personas aspirantes admitidas y excluidas indicándose, en este último caso, la/s causa/s de exclusión.

4.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución en la citada página web, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión. La subsanación se realizará a través del mismo expediente de presentación de su solicitud inicial de forma telemática en la Sede Electrónica de la UCA. Quienes, dentro del plazo señalado, no subsanen la causa de exclusión o no aleguen la omisión serán definitivamente excluidos de la participación en el proceso selectivo.

4.3. Finalizado el plazo de subsanación, se hará pública, en la página web indicada anteriormente, la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos.

Contra la resolución por la que se excluya definitivamente a algún aspirante, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el Rector de la Universidad de Cádiz, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, recurso contencioso- administrativo en el plazo de dos meses, ante el órgano competente y conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

5. Comisión de Valoración.

5.1. Los miembros de la Comisión de Valoración de la presente convocatoria serán los que figuran en el Anexo II.

5.2. La Comisión de Valoración podrá solicitar del Rector de la Universidad de Cádiz la designación de expertos que, en calidad de asesores, actuarán con voz, pero sin voto.

6. Desarrollo del concurso.

6.1. El concurso se desarrollará en dos fases.

6.1.1. En la primera, se adjudicará el puesto de trabajo ofertado a los aspirantes que presten servicios en la Universidad de Cádiz.

6.1.2. En la segunda se ofertará al resto de aspirantes la plaza que haya quedado vacante definitivamente y por el siguiente orden:

a) Excedentes.

b) Personal de otras Universidades andaluzas.

c) Personal de otras Universidades firmantes de convenios de reciprocidad.

7. Baremo aplicable.

7.1. El baremo para aplicar, según lo establecido en el artículo 19 del vigente Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía, es el siguiente:

a) 0,1 puntos por mes o fracción en el mismo puesto de trabajo desde el que se concursa, con un máximo de 6 puntos.

b) 0,05 puntos por mes o fracción en la misma categoría profesional desde la que se concursa, con un máximo de 6 puntos.

c) 0,20 puntos por cada curso realizado de hasta 15 horas de duración, 0,30 puntos por cada curso realizado de entre 16 y 30 horas de duración, y 0,50 puntos por cada curso realizado de más de 30 horas de duración. En todos los casos serán tenidos en cuenta los cursos organizados por una universidad o centro oficial de formación, en el área de conocimiento propia de la categoría profesional del puesto al que se aspira, y de conformidad con los requisitos establecidos en la normativa interna de la Universidad de Cádiz. El máximo de puntuación de este apartado será de 2 puntos.

d) 1 punto por cada titulación universitaria específica, de igual o superior nivel, al puesto de trabajo convocado, con un máximo de 2 puntos.

7.2. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 19. 7 del IV Convenio Colectivo del personal laboral de las Universidades Públicas de Andalucía, debido a las funciones de subdirección del puesto a cubrir, en los términos establecidos en la RPT, los aspirantes deberán presentar un proyecto que consistirá en la elaboración de un trabajo original de planificación, desarrollo, revisión y evaluación de una o varias actuaciones relacionadas con el perfil o las funciones a desarrollar en el puesto de trabajo objeto de convocatoria. El número de páginas del proyecto no podrá superar las 25.

La valoración del proyecto tendrá en cuenta el grado de conocimiento demostrado, su encaje con la estructura organizativa y funcional, la originalidad en el contenido del proyecto, su adecuación a los elementos requeridos en su elaboración respecto de la planificación, desarrollo, revisión y evaluación del mismo, y el grado de calidad en la presentación del proyecto.

La Comisión de Valoración, podrá en caso que lo considere necesario, citar a los aspirantes para la defensa del proyecto.

La puntuación máxima será de 4 puntos, debiéndose alcanzar una puntuación mínima de 2 puntos para obtener la plaza.

El proyecto se podrá presentar en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del listado provisional de admitidos y excluidos. La presentación se realizará a través del mismo expediente de presentación de su solicitud inicial de forma telemática en la Sede Electrónica de la UCA.

7.3. En caso de igualdad el criterio establecido es el de mayor antigüedad.

7.4. Los solicitantes por el turno de reingreso de excedentes o traslado entre universidades, podrán concurrir a puestos de trabajo de diferente categoría de su área profesional, de igual o inferior grupo profesional, en cuyo caso, se podrán establecer las correspondientes pruebas que acrediten los conocimientos adecuados.

8. Resolución del concurso de traslado.

8.1. La Comisión de Valoración en el plazo máximo de tres meses a contar desde la fecha de fin de plazo de presentación de solicitudes, publicará acuerdo con adjudicación provisional del concurso de traslado en la página web del Área de Personal

https://personal.uca.es/provision-de-puestos-de-trabajo/

Contra dicho acuerdo, los interesados disponen de cinco días, a contar desde el siguiente al de su publicación, para realizar las alegaciones que consideren y, una vez resueltas, se publicará acuerdo definitivo de adjudicación.

8.2. Contra dicho acuerdo definitivo, las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante el Rector de la Universidad de Cádiz en los plazos y formas que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

8.3. Resuelto definitivamente el concurso de traslado, el destino adjudicado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 19.8 del vigente Convenio Colectivo, será irrenunciable.

9. Protección de datos y tratamiento de datos de carácter personal.

9.1. De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, le informamos que la Universidad de Cádiz es la responsable del tratamiento de los datos, pudiendo contactar con el Delegado de Protección de Datos, en la siguiente dirección de correo electrónico: dpd@uca.es.

9.2. La finalidad de la recogida y tratamiento de la información es la gestión de la presente convocatoria.

Asimismo, se hace constar que la Universidad de Cádiz no cederá o comunicará sus datos personales, salvo en los supuestos legalmente previstos o cuando fuere necesario para la prestación del servicio, y que los datos serán conservados aún después de que hubiera cesado la relación con la Universidad de Cádiz, durante el tiempo que puedan ser requeridos por control o fiscalización de la entidad pública competente.

9.3. En cumplimiento de la normativa vigente, respetando el principio de Responsabilidad Proactiva, la Universidad garantiza que ha adoptado las medidas, técnicas y organizativas, necesarias para mantener el nivel de seguridad requerido, en atención a la naturaleza de los datos personales tratados.

9.4. En cualquier momento los interesados podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación o portabilidad. Para ejercitar los derechos se deberá de presentar un escrito en la dirección arriba señalada especificando cuál de estos derechos solicita sea satisfecho y, a su vez, deberá acompañarse de la fotocopia del DNI o documento identificativo equivalente. En caso de que actuara mediante representante, legal o voluntario, deberá aportar también documento que acredite la representación y documento identificativo del mismo. Asimismo, en caso de considerar vulnerado su derecho a la protección de datos personales, se podrá interponer una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía (www.ctpdandalucia.es).

10. Norma final.

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados por las personas interesadas en los casos y en la forma establecidos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La interposición de recursos administrativos se realizará a través del procedimiento telemático específico establecido por la Universidad de Cádiz, mediante firma electrónica, y accesible desde la propia Sede Electrónica:

https://sedelectronica.uca.es/procedimientos/?proc=304

ANEXO I

PUESTO CONVOCADO

Puesto: Subdirector de Actividades Culturales.

Categoría profesional: Titulado Superior de Actividades Culturales.

Grupo profesional: I.

Unidad administrativa: Servicio de Responsabilidad social y Actividades culturales.

Subunidad: Servicio de Responsabilidad social y Actividades culturales.

Localidad: Cádiz.

Observaciones: Disponibilidad horaria hasta un máximo de 120 horas al año.

ANEXO II

COMISIÓN DE VALORACIÓN

Presidente: Don Alberto Tejero Navarro, funcionario de la escala Administradores Superiores, especialidad Gestión Financiera, de la Junta de Andalucía.

Vocales:

Don Antonio Javier González Rueda, personal laboral fijo de la categoría de Titulado Superior de Actividades Culturales de la Universidad de Cádiz.

Don Francisco Perujo Serrano, personal laboral fijo de la categoría de Titulado Superior de Prensa e Información de la Universidad de Cádiz

Don Juan Marrero Torres, funcionario de la escala Técnica de Gestión de la Universidad de Cádiz.

Don Jesús Fernández García, funcionario de la escala Facultativa de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de Cádiz.

Secretaria: Doña María Rosa Marzo Urbina, funcionaria de la escala de Gestión Universitaria de la Universidad de Cádiz.

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