Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 227 de 27/11/2023

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo

Acuerdo de 21 de noviembre de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se insta a la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo a iniciar los trámites para la supresión del servicio de las Residencias de Tiempo Libre de la Junta de Andalucía.

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Mediante Real Decreto 4163/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de Tiempo Libre, se transfirieron las Residencias de Tiempo Libre de Aguadulce, Cádiz, Marbella-Ciudad Residencial, Pradollano y Punta Umbría y mediante el Real Decreto 3585/1983, de 28 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de turismo, se transfirió la Residencia de «El Burgo Turístico» de La Línea de la Concepción.

El Decreto 77/1983, de 23 de marzo, asignó a la entonces Consejería de Trabajo y Seguridad Social las competencias transferidas por la Administración del Estado en materia de Tiempo Libre. Mediante el Decreto 271/1984, de 16 de octubre, se creó en esta Consejería la Administración de las Residencias de Tiempo Libre, con el carácter de servicio público sin personalidad jurídica, derogado por el Decreto 15/1999, de 2 de febrero, por el que se regula el uso, la participación y la gestión de la Red de Residencias de Tiempo Libre pertenecientes a la Administración de la Junta de Andalucía, al considerar que la gestión de las Residencias de Tiempo Libre se realizaba en el seno de los órganos y unidades de la Consejería de Trabajo e Industria. Este decreto fue modificado por el Decreto 27/2007, de 6 de febrero, y desarrollado mediante la Orden de 29 de junio de 2018.

En 2007 se incorporó a la Red de Tiempo Libre la Residencia de Siles, donada a la Junta de Andalucía por el Ayuntamiento de la localidad y posteriormente mediante Resolución de 23 de julio de 2012, de la Dirección General de Relaciones Laborales, se acordó el cierre total y definitivo de la Residencia de Tiempo Libre de Cádiz tras su cierre provisional declarado en 2007.

Las Residencias de Tiempo Libre de Andalucía surgieron en los años 60, tras iniciarse su construcción en los años 50 por la Obra Sindical Educación y Descanso dentro de la red de residencias instaladas por todo el territorio nacional, ubicadas principalmente a orillas del mar o en la montaña, como centros vacacionales y de ocio dirigidos a las personas trabajadoras y a sus familiares con objeto de que tuvieran acceso, a un precio moderado, al ocio y descanso necesarios a los que las dificultades económicas de la época hacían prácticamente imposible acceder.

Las Residencias de Tiempo Libre se encuentran incluidas entre los servicios administrativos de gestión diferenciada previstos en el artículo 15 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía. La realidad social y económica que motivó la creación y mantenimiento de este servicio es bien distinta en la actualidad. Desde entonces, las condiciones de vida de la población andaluza han mejorado sustancialmente, al tiempo que se ha desarrollado una completa red de transportes y se han multiplicado las plazas hoteleras, de forma que la oferta turística en todo el territorio nacional y, en particular en Andalucía, han venido a facilitar el acceso al disfrute vacacional.

Paralelamente, la actividad de las Residencias de Tiempo Libre coincide con la de un sector privado con el que difícilmente se puede competir por parte de la Administración Pública, que carece de dinamismo para la fijación de precios y para la modificación de condiciones y adaptación de los servicios que presta. Este cambio social se plasma nítidamente en el bajo porcentaje de la población andaluza que viene utilizando los servicios de las Residencias de Tiempo Libre y en el descenso de la ocupación que viene experimentando este servicio cada temporada. Durante el año 2023 solo el 0.20% de la población andaluza ha disfrutado de estancias en estas Residencias, y hemos pasado de 28.420 personas usuarias y 134.172 estancias en 2019 (antes de la pandemia) a las 17.864 personas y 83.259 estancias que se han registrado en este año 2023, lo que implica un descenso en la ocupación de un 38%.

Esta disminución de la ocupación ha resultado más acuciada en el Programa Conoce Tu Tierra, programa social que proporciona estancias gratuitas a colectivos de especial atención y donde la ocupación ha descendido en torno al 60% desde el año 2015. No obstante, a pesar de la extinción de este servicio, se salvaguardará la función social que desarrolla, manteniéndose el apoyo a los colectivos más vulnerables, subvencionando las vacaciones a las personas con mayores dificultades de renta, mediante la articulación de programas adecuados desarrollados por el Gobierno andaluz, al margen de esta Red de Residencias.

Desde el punto de vista económico, el coste de mantenimiento de estos centros no resulta sostenible. Desde al año 2015, han supuesto para las arcas andaluzas un gasto de 140 millones de euros, frente a los 16 millones de euros de ingresos. Asimismo, estos centros ofrecen unas instalaciones antiguas y obsoletas, sufriendo un progresivo deterioro. En el período referido, se han realizado inversiones por importe superior a los 4,5 millones de euros.

Si analizamos la situación comparada en otras comunidades autónomas, podemos observar cómo las residencias que daban cobertura a un servicio similar han ido desapareciendo paulatinamente, produciéndose su cierre. En la actualidad, sólo en dos comunidades autónomas subsisten gestionadas directamente por la Administración Pública, optando el resto de comunidades, por su venta o por el cambio en la forma de gestión.

Conforme al artículo 103 de la Constitución Española, la Administración Pública debe servir con objetividad a los intereses generales. Los servicios prestados por las Residencias de Tiempo Libre no pueden ser considerados como servicios públicos esenciales, entre los que se encuentran los indispensables para la vida y bienestar de las personas, los que garantizan condiciones mínimas de vida digna y permiten el desarrollo social y económico de una comunidad. La situación económica de las Residencias de Tiempo Libre, unida al cambio de la realidad social, han puesto de manifiesto la concurrencia de causas económicas y de organización que exigen a la Administración Pública optimizar los recursos económicos y personales para aplicarlos en servicios públicos de la comunidad en aras al interés general.

De acuerdo con el principio de buena administración establecido en el artículo 31 del Estatuto de Autonomía para Andalucía y en el artículo 5 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, el análisis del funcionamiento de este servicio de Residencias de Tiempo Libre y las diferentes razones expuestas, justifican su supresión, iniciando un proceso de reorganización, basado en criterios técnicos y racionales, dirigido a optimizar los recursos públicos. En ejecución del mismo se procederá, como no puede ser de otra forma, a la recolocación de todo el personal de la Junta de Andalucía que forma parte de las plantillas de estas residencias, en diferentes centros de trabajo, desarrollándose un procedimiento de reubicación personalizado y negociado, conforme a sus categorías profesionales.

Desde el punto de vista patrimonial en estos edificios se podrán continuar prestando servicio con otras modalidades de explotación de sus instalaciones, reforzando su valor con una nueva actividad económica que repercuta directamente en una fuente de empleo en las localidades donde radican.

En virtud de lo anteriormente indicado, de conformidad con lo establecido en los artículos 21.7 y 27.22 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 21 de noviembre de 2023,

ACUERDA

Primero. Instar a la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo a iniciar los trámites para la supresión del servicio de las Residencias de Tiempo Libre de la Junta de Andalucía.

Segundo. Instar a la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo a adoptar las medidas precisas para garantizar la continuidad de los servicios para el mantenimiento y seguridad de las instalaciones que hasta la fecha han sido destinadas a las Residencias de Tiempo Libre.

Tercero. Instar a la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, así como a la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, a realizar las actuaciones necesarias para la recolocación, de acuerdo con la normativa vigente, del personal de la Junta de Andalucía que viene prestando servicios en las Residencias de Tiempo Libre, previa la correspondiente negociación con la representación del personal.

Sevilla, 21 de noviembre de 2023

JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
ROCÍO BLANCO EGUREN
Consejera de Empleo, Empresa 
y Trabajo Autónomo
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