Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 232 de 04/12/2023

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública

Resolución de 28 de noviembre de 2023, de la Secretaría General de Administración Local, por la que se admite la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales de la bandera del municipio de Badolatosa (Sevilla).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00293495.

El artículo 4 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía, establece que éstas pueden dotarse de los símbolos representativos que estimen oportunos, siempre que dichos símbolos y el procedimiento de adopción, modificación o rehabilitación de los mismos se ajuste a las prescripciones de la mencionada ley. A tal efecto, el Excmo. Ayuntamiento de Badolatosa (Sevilla) ha realizado los trámites tendentes a la adopción de su bandera municipal de acuerdo con lo establecido en el capítulo segundo de la mencionada ley.

Con fecha 28 de septiembre de 2023, el Pleno del Ayuntamiento de Badolatosa acordó, con el quorum establecido en el artículo 14 de la mencionada ley, la aprobación definitiva de la bandera municipal con la siguiente descripción:

Bandera: «La bandera es rectangular, con una proporción de 2:3. Se ha optado por la distribución en los colores representativos del escudo de Badolatosa, en tres franjas diagonales y paralelas entre sí. Los colores representativos son el blanco, amarillo y azul.

Las franjas paralelas entre sí, se distribuyen de la siguiente forma:

En la parte inferior derecha, en la zona batiente, nos encontramos localizado el color azul, formando un triángulo rectángulo de altura 1,33 y de ancho 2,4.

En la parte central de la bandera, nos encontramos una franja diagonal amarilla, cuyas líneas son paralelas entre sí y al triángulo rectángulo descrito anteriormente.

La franja amarilla descansa en la parte inferior izquierda del asta. El ancho de esta franja con respecto al asta hasta el color azul es de 0,6. La altura del color amarillo con respecto a la base batiente es de 0,67.

Por último, en la parte superior izquierda, próxima al asta, se encuentra localizado el color blanco, formando un triángulo rectángulo simétrico, de iguales proporciones y medidas que el de color azul localizado en la batiente de la bandera.»

Mediante escrito con entrada en el Registro de esta Consejería el día 17 de noviembre de 2023, se solicitó por esa Entidad Local la inscripción de su bandera municipal en el Registro Andaluz de Entidades Locales, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 17 y de conformidad con el artículo 18, ambos de la expresada ley, en base a los cuales el uso de los símbolos de las Entidades Locales es privativo de las mismas, no pudiéndose utilizar hasta que no estén inscritos en el referido registro.

Esta Secretaría General, a tenor de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, en el artículo 18.6 de la Orden de 17 de septiembre de 2010, por la que se desarrolla la organización y el funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Locales, y en el artículo 7.1.e) del Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública,

RESUELVE

Primero. Admitir la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales de la bandera del municipio de Badolatosa (Sevilla), con la descripción indicada y con la imagen que obra en el expediente.

Segundo. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 28 de noviembre de 2023.- La Secretaria General, María Luisa Ceballos Casas.

Descargar PDF