Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 241 de 19/12/2023

1. Disposiciones generales

Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos

Acuerdo de 13 de diciembre de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se sustituye la fiscalización previa, en las fases de disposición o compromiso, propuesta de pago y justificación, de los expedientes de gasto de las subvenciones reguladas en la Orden de 19 de octubre de 2023, de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva destinadas a la implantación de nuevas tecnologías y la adquisición de apoyos y equipos para la vida independiente dirigidas a la promoción de la accesibilidad y autonomía de las personas con discapacidad, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR)-Financiado por la Unión Europea-NexGenerationEU, y se efectúa su convocatoria en el año 2023, por el control financiero permanente.

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Los artículos 93.2 y 94.2 del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, establecen que, en sustitución del control previo, por Acuerdo del Consejo de Gobierno podrá establecerse el sometimiento a control financiero permanente de determinados gastos, órganos y servicios en los que se considere adecuada dicha fórmula de control.

Mediante Orden de 19 de octubre de 2023, de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a la implantación de nuevas tecnologías y la adquisición de apoyos y equipos para la vida independiente dirigidas a la promoción de la accesibilidad y autonomía de las personas con discapacidad, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR)-Financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, y se efectúa su convocatoria en el año 2023.

Habida cuenta de los hitos y objetivos que tiene que cumplir la Comunidad Autónoma de Andalucía en virtud del Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2023 y la Comunidad Autónoma de Andalucía, para la ejecución de proyectos con cargo a los Fondos Europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia, y la Adenda 1 REV 1 a la Decisión de Ejecución del Consejo (UE) (ST 10150/2021; ST 10150/2021 ADD 1 REV 1), de 13 de julio de 2021, relativa a la aprobación de la evaluación del Plan de Recuperación y Resiliencia de España en cuanto al Componente 22, las subvenciones deben estar concedidas y notificadas antes del 31 de diciembre de 2023.

A la fecha actual se ha publicado la convocatoria para 2023, mediante la orden citada anteriormente, y su correspondiente extracto, por lo que ha sido fiscalizada aquella y contabilizado el correspondiente documento «A».

Por las razones expuestas y con el objetivo mencionado de cumplir los hitos y objetivos previstos, y en concreto la concesión y notificación a las personas beneficiarias antes del 31 de diciembre de 2023, difícilmente compatible con la fiscalización previa de todos los expedientes de concesión a tramitar, queda suficientemente motivada la sustitución de la fiscalización previa, en las fases de disposición o compromiso, propuesta de pago y justificación, de las subvenciones reguladas en la Orden de 19 de octubre de 2023, de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva destinadas a la implantación de nuevas tecnologías y la adquisición de apoyos y equipos para la vida independiente dirigidas a la promoción de la accesibilidad y autonomía de las personas con discapacidad, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR)-Financiado por la Unión Europea–NextGenerationEU, y se efectúa su convocatoria en el año 2023, por el control financiero permanente.

Teniendo en cuenta todo lo anterior, en virtud de lo establecido en los artículos 93.2 y 94.2 del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, a propuesta de la Consejera de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 13 de diciembre de 2023, adopta el siguiente

ACUERDO

Primero. Objeto.

Se sustituye la fiscalización previa, en las fases de disposición o compromiso, propuesta de pago y justificación, de las subvenciones reguladas en la Orden de 19 de octubre de 2023, de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva destinadas a la implantación de nuevas tecnologías y la adquisición de apoyos y equipos para la vida independiente dirigidas a la promoción de la accesibilidad y autonomía de las personas con discapacidad, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR)-Financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, y se efectúa su convocatoria en el año 2023, por el control financiero permanente.

Segundo. Condiciones del control.

La Intervención General establecerá las condiciones del ejercicio del control financiero permanente, conforme a lo que se establece en el artículo 94.3 del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.

Tercero. Efectos.

El presente acuerdo producirá sus efectos a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 13 de diciembre de 2023

JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
CAROLINA ESPAÑA REINA
Consejera de Economía, Hacienda 
y Fondos Europeos
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