Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 244 de 22/12/2023

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública

Resolución de 18 de diciembre de 2023, de la Secretaría General de Servicios Judiciales, por la que se autoriza una guardia de 24 horas a realizar por el personal de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, de Tramitación Procesal y Administrativa y de Auxilio Judicial del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Sevilla.

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Mediante Resolución de 10 de febrero de 2012, de la extinta Dirección General de Oficina Judicial y Cooperación, se autorizó una guardia semanal de permanencia y disponibilidad para el personal de los Cuerpos de Tramitación Procesal y Administrativa y de Auxilio Judicial, adscrito al Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Sevilla. Con esta guardia se pretendía garantizar la suficiente atención a los órganos judiciales, el apoyo administrativo y la atención a la ciudadanía fuera de la jornada de trabajo.

Por Resolución de 15 de diciembre de 2015, de la anterior Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal, se autorizó una guardia de permanencia continuada de doce horas para el personal de los Cuerpos de Tramitación Procesal y Administrativa y de Auxilio Judicial del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Sevilla, al ponerse de manifiesto que la permanencia prevista no es suficiente para atender las labores de salida de cadáveres, labores que frecuentemente se desarrollan durante el periodo de disponibilidad, especialmente durante los sábados, domingos y festivos, en los que se requiere la permanencia del personal tras las 14:00 horas.

Desde la publicación de la Resolución de 15 de diciembre de 2015, se ha venido observando que la mencionada guardia no viene a cubrir las necesidades del servicio público. Como consecuencia de lo anterior, la guardia de permanencia y disponibilidad que estos funcionarios tienen autorizada no viene a responder a las necesidades para las cuales fue impuesta, ya que en el Instituto de Medicina Legal de Sevilla la prestación del servicio es de atención continuada, y se ha venido produciendo en los últimos años un incremento de la actividad que presta el mencionado Instituto, de tal forma que las funciones que le son demandadas a estos Cuerpos no finalizan en horarios de mañana y tarde sino que se le exige su presencia obligada durante la jornada nocturna. La obligación de garantizar el Servicio de Atención Continuada exige contar con efectivos suficientes que puedan atender situaciones imprevistas derivadas de accidentes, agresiones, asistencia a detenidos, etc. y exige la revisión del sistema inicial de guardias mediante la creación de una nueva guardia de 24 horas de presencia física.

En atención a todo lo expuesto, de conformidad con el artículo 501 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre; de conformidad con las competencias atribuidas a la Secretaría General de Servicios Judiciales en el artículo 6 del Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública; a propuesta del Consejo de Dirección del Instituto de Medicina Legal de Sevilla; de conformidad con el acuerdo adoptado en Mesa Sectorial de Justicia de 13 de diciembre de 2023,

RESUELVO

Primero. Guardia de veinticuatro horas en el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Sevilla.

Autorizar una guardia diaria de 24 horas de presencia física en el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Sevilla, que se realizará por un funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, o del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa o, en su caso, del Cuerpo de Auxilio judicial, de entre los destinados en el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Sevilla, para atender el servicio de forma continuada.

Segundo. Supresión de la guardia de permanencia de doce horas en el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Sevilla.

Se suprime la guardia de permanencia de doce horas en el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Sevilla, autorizada mediante Resolución de 15 de diciembre de 2015, por la extinta Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal.

Tercero. Retribuciones.

Por la realización de este tipo de guardia se percibirán 245,68 euros, más 61,47 euros diarios suplementarios cuando se desarrolle en sábado, domingo o festivo.

Cuarto. Coordinación.

Los servicios de guardia y la resolución de las incidencias que se produzcan, serán coordinados por la persona titular de la Dirección y por la persona titular de la Secretaría del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, en el ejercicio de sus respectivas competencias.

Quinto. Régimen supletorio.

Para todo lo no previsto en la presente resolución, será de aplicación supletoria la Resolución de 11 de julio de 2003, de la Secretaria General Técnica, por la que se dictan instrucciones al Servicio de Guardia de los Médicos Forenses de los Institutos de Medicina Legal en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Sexto. Efectos.

La presente resolución producirá efectos desde el día 1 de enero de 2024.

Sevilla, 18 de diciembre de 2023.- La Secretaria General, Rosalía de los Ángeles Espinosa López.

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