Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 245 de 26/12/2023

1. Disposiciones generales

Consejería de Turismo, Cultura y Deporte

Extracto de 18 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Patrimonio Documental y Bibliográfico e Innovación y Promoción Cultural, por la que se convocan para el ejercicio 2024 las ayudas previstas en la Orden de 7 de diciembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, de impulso al sector editorial andaluz y a la producción editorial de interés cultural para Andalucía.

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BDNS (Identificador): Línea 1: 733529, línea 2: 733531, línea 3: 733532.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Primero. Convocatoria.

Se convoca para el ejercicio 2024 la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, de tres líneas para el impulso del sector editorial andaluz y la promoción editorial de interés cultural para Andalucía.

Segundo. Personas beneficiarias.

Podrán ser beneficiarias de las ayudas las personas físicas o jurídicas privadas cuya actividad principal esté directamente vinculada al sector editorial, y más concretamente a la difusión y enriquecimiento del patrimonio documental y bibliográfico andaluz, siempre que se encuentren establecidas en un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo. Podrán solicitar la subvención de la línea 3, asimismo, las personas físicas o jurídicas privadas e instituciones sin fin de lucro, cuya actividad principal esté directamente vinculada a la edición de publicaciones de carácter periódico de carácter cultural, que estén establecidas en un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo.

Tercero. Objeto.

Constituye el objeto de la subvención el impulso al sector editorial andaluz y a la producción editorial de interés cultural para Andalucía.

La línea 1 se refiere a los proyectos de edición de obras. Recibirán esta consideración las obras inéditas, primeras ediciones y obras que incorporen una novedad respecto a una obra ya editada que carezcan de depósito legal o cuyo depósito legal haya sido expedido en el año de publicación de la convocatoria, y a obras descatalogadas o cuya última edición date de más de diez años de antigüedad.

La línea 2 se refiere a obras editadas. Recibirán esta consideración la primera reedición de las obras que hayan sido editadas en los cinco años inmediatamente anteriores al de la publicación de la convocatoria, siempre que tengan interés cultural para Andalucía y ayuden a difundir y recuperar su patrimonio documental y bibliográfico.

La línea 3 se refiere a publicaciones periódicas de carácter cultural. Recibirán esta consideración aquellas publicaciones periódicas de carácter cultural que contribuyan al enriquecimiento del patrimonio bibliográfico andaluz.

Cuarto. Bases reguladoras.

La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras aprobadas mediante Orden de 7 de diciembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, de impulso al sector editorial andaluz y a la producción editorial de interés cultural para Andalucía (BOJA, número 240, de 16 de diciembre).

Quinto. Cuantía.

La concesión de estas subvenciones, de carácter bienal, se financiará en la cuantía total máxima de 600.000,00 € euros, con cargo a la partida presupuestaria de gasto 1600010002 G/45H/77402/00 01 2022000084 y 1600010002 G/45H/78402/00 01 2023000770, según el siguiente desglose por cada línea de subvención, estando limitadas, en todo caso, por las disponibilidades presupuestarias existentes:

1600010002 G/45H/
77402/00 01
2022000084
Ejercicio Importe Ejercicio Importe Total
1600010002 G/45H/78402/00 01 2023000770 Ejercicio Importe Ejercicio Importe Total
Línea 1 2024 175.000,00 € 2025 175.000,00 € 350.000,00 €
Línea 2 2024 50.000,00 € 2025 50.000,00 € 100.000,00 €
Línea 3 2024 38.000,00 € 2025 38.000,00 € 76.000,00 €
Líneas 1, 2 y 3 2024 263.000,00 2025 263.000,00 526.00,00 €
Línea 3 2024 37.000,00 2025 37.000,00 74.000,00

El importe máximo de subvención que se concederá al solicitante, en cada línea de subvención, será de 7.500 euros, siempre que dicho importe no supere el 50% del presupuesto aceptado del proyecto.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

La resolución de la presente convocatoria surte efecto con la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, conforme a lo previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

En cuanto al plazo de presentación de solicitudes, será de un mes a contar desde el día 15 de febrero de 2024.

Las solicitudes irán dirigidas a la persona titular de la Dirección General de Patrimonio Documental y Bibliográfico e Innovación y Promoción Cultural y se presentarán, exclusivamente, accediendo a la Ventanilla electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía, en el apartado referido a la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte, a través del trámite disponible correspondiente a esta convocatoria, siendo la dirección electrónica de acceso: https://ws050.juntadeandalucia.es/vea.

Séptimo. Posibilidad de reformulación.

Conforme a lo dispuesto en el apartado 2.b) del cuadro resumen de las bases reguladoras se podrá reformular la solicitud, ajustándose al formulario Anexo II, siempre que el importe de la subvención de la propuesta de resolución provisional sea inferior al que figura en la solicitud, y respetándose, en todo caso, el objeto, las condiciones y la finalidad establecidas en las bases reguladora, según el artículo 17 de la Orden de 20 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva.

Octavo. Plazo de ejecución.

El plazo de ejecución de las actividades objeto de subvención tendrá como fecha límite el que se determine en la resolución de concesión.

Noveno. Forma de pago.

En virtud de los dispuesto en el apartado 24 del cuadro resumen de las bases reguladoras, se efectuará el pago del 50% del importe de la subvención una vez dictada la resolución de concesión, y el 50% del importe restante una vez finalizada y justificada en su totalidad la actividad subvencionada, y con cargo a la anualidad siguiente a aquella en la que se haya publicado la resolución de concesión.

Décimo. Justificación.

Se realizará por la entidad beneficiaria de la subvención ante el órgano concedente, procediendo a la presentación de la documentación justificativa, la utilización de los medios electrónicos y la modalidad de justificación conforme a lo establecido en el apartado 26 del cuadro resumen de las bases reguladoras.

El plazo máximo de presentación de la justificación es de tres meses desde la fecha de finalización del plazo de ejecución de la actividad.

Undécimo. Otros datos.

Tanto la solicitud, como el formulario de alegaciones, reformulación y presentación de documentos a los que se refiere la orden de convocatoria, figuran publicados en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, junto con la convocatoria, y deberán cumplimentarse exclusivamente a través del acceso establecido en la siguiente dirección electrónica: https://ws050.juntadeandalucia.es/vea, debiendo entrar en el apartado referido a la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte, accediendo, posteriormente, con su certificado digital a su expediente correspondiente.

También se podrá acceder a los indicados formularios a través del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones.

Sevilla, 18 de diciembre de 2023.- El Consejero de Turismo, Cultura y Deporte, P.D. (Orden de 7.12.2022, BOJA número 240, de 16.12.2022), el Director General de Patrimonio Documental y Bibliográfico e Innovación y Promoción Cultural, Mario Martín Pareja.

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