Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 246 de 27/12/2023

1. Disposiciones generales

Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad

Extracto de la Resolución de 20 de diciembre de 2023, del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a asociaciones y federaciones de mujeres para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención de la violencia contra las mujeres, para 2024.

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BDNS (Identif): 734227

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA.

Primero.

Se convoca, mediante tramitación anticipada para el ejercicio 2024, la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la financiación de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención de la violencia contra las mujeres, en el marco de la Orden de  9 de diciembre de 2020 (BOJA núm. 240, de 15 de diciembre de 2020), de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, modificada por Orden de 10 de octubre de 2023, de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad (BOJA número 198,  de 16 de octubre de 2023).

Segundo. Entidades beneficiarias.

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las entidades que se ajusten a los requisitos establecidos en el apartado cuarto del cuadro resumen de las bases reguladoras aprobadas por la Orden de 9 de diciembre de 2020 (BOJA núm. 240, de 15 de diciembre de 2020). Los requisitos para solicitar la subvención y su forma de acreditación se recogen en los apartados cuarto y decimoquinto letra b) del cuadro resumen de las bases reguladoras.

Tercero. Objeto.

La financiación de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención de la violencia contra las mujeres.

Cuarto. Bases reguladoras.

La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a asociaciones y federaciones de mujeres para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención de la violencia contra las mujeres, aprobadas mediante la Orden de 9 de diciembre de 2020 (BOJA núm. 240, de 15 de diciembre de 2020), modificada por Orden de 10 de octubre de 2023, de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad (BOJA número 198, de  16 de octubre de 2023).

Quinto. Importe.

La cuantía total máxima destinada a la presente convocatoria asciende a 1.100.000 euros.

La concesión de las subvenciones se financiará, para el ejercicio 2024, con cargo a las partidas presupuestarias de gastos 1831010000/G/32G/48000/00 01 (700.000 euros) y 1831180000 G/31T/48000/00 S0689 (400.000 euros), siendo la cuantía total máxima destinada a la presente convocatoria de 1.100.000 euros, estando limitada, en todo caso, por las disponibilidades presupuestarias existentes y condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en la Ley del Presupuesto que ha de aprobar el Parlamento.

En el caso de que se produzca, tras dictar la resolución de concesión, un eventual aumento del crédito máximo disponible para esta convocatoria y sin necesidad de que se dicte una nueva convocatoria, se podrá dictar una resolución complementaria a la de concesión de subvención, incorporando a todos las entidades solicitantes que, cumpliendo los requisitos necesarios para tener la consideración de persona beneficiaria, no hubieran obtenido tal condición por haberse agotado el crédito consignado inicialmente, conforme a lo dispuesto en el artículo 10.e) del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo para la presentación de solicitudes será de 1 mes y 15 días, a contar desde el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del presente extracto.

Séptimo. Otros datos.

Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria. Asimismo, se pueden obtener en la siguiente dirección electrónica: www.juntadeandalucia.es/institutodelamujer

Sevilla, 20 de diciembre de 2023.- La Directora, Olga María Carrión Mancebo.

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