Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 247 de 28/12/2023

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural

Resolución de 14 de diciembre de 2023, de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, por la que se declaran como inactivas las explotaciones/unidades productivas en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Andalucía.

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El Decreto 14/2006, de 18 de enero, por el que se crea y regula el Registro de Explotaciones Ganaderas de Andalucía, establece en su artículo 10.1.a) que cuando cese ininterrumpidamente la actividad de una explotación ganadera durante un período de un año, se considerará como inactiva, previo el correspondiente procedimiento, en el que se dará audiencia a la persona titular de la explotación ganadera y, en su caso, al de la unidad productiva. La consideración de inactividad podrá basarse en la información aportada por controles de campo y administrativos y en caso necesario se visitará la explotación para constatar que no existe actividad productiva.

Mediante Resolución de 16 de septiembre de 2023, de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, por la que se concede trámite de audiencia a las personas titulares de explotaciones/unidades productivas, con carácter previo a su declaración como inactiva en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Andalucía (BOJA núm. 184, de 25 de septiembre de 2023), modificada por Resolución de 26 de septiembre de 2023, de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera (BOJA núm. 192, de 5 de octubre de 2023), se concedió trámite de audiencia para que las personas titulares de explotaciones/unidades productivas en las que no constaba actividad ganadera al menos desde 1 de junio de 2022 para que realizarán las alegaciones y, en su caso, presentarán la documentación justificativa del mantenimiento de la actividad ganadera.

Una vez finalizado el trámite de audiencia y analizadas las alegaciones recibidas por las Delegaciones Territoriales, procede declarar como inactivas en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Andalucía aquellas explotaciones/unidades productivas en las que se ha verificado que no consta actividad ganadera al menos desde 1 de junio de 2022.

En virtud de lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el artículo 11 del Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, en uso de las competencias que me vienen atribuidas por la legislación vigente,

RESUELVO

Primero. Declarar como inactivas en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Andalucía el listado de explotaciones/unidades productivas en las que no consta actividad ganadera al menos desde 1 de junio de 2022, indicando código REGA, especie, clasificación zootécnica y NIF anonimizado de la persona titular. Este listado se encuentra a disposición de las personas interesadas en el enlace de la página de internet de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, en la sección de Producción Ganadera, a la que se puede acceder en la siguiente dirección:

https://juntadeandalucia.es/organismos/agriculturapescaaguaydesarrollorural/areas/ganaderia/produccion-animal/paginas/listado-unidades-inactivas-previo.html

Segundo Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel que tenga lugar la publicación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, ante los órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Tercero. La presente resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 14 de diciembre de 2023.- El Director General , Daniel Quesada Sánchez.

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