Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 247 de 28/12/2023

1. Disposiciones generales

Consejería de Industria, Energía y Minas

Modificación del extracto de la Resolución de 7 de julio de 2021, de la Agencia Andaluza de la Energía, por la que se convocan para el periodo 2021-2023 los incentivos de mejora energética del transporte en Andalucía acogidos al Real Decreto 266/2021, de 13 de abril.

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BDNS (identif): 573456, 573457.

En virtud de la Resolución de la Agencia Andaluza de la Energía, de 21 de diciembre de 2023, por la que se modifica la convocatoria de los incentivos de mejora energética del transporte en Andalucía acogidos al Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, y de conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica la siguiente modificación del extracto de la convocatoria que se publicó en el BOJA núm. 133, de 13 de julio de 2021, así como la posterior modificación del mismo que fue publicada en el BOJA núm. 128, de 6 de julio de 2023. El texto completo de la convocatoria puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el BOJA.

Primero. Queda modificado el apartado primero del extracto de la convocatoria, que queda redactado como sigue:

«Primero. Convocatoria.

1. Se convocan para el periodo 2021-2024, en régimen de concurrencia no competitiva, los incentivos de mejora energética del transporte en Andalucía, acogidos al Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVESIII) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo.

2. A la presente convocatoria le corresponde un crédito máximo de 99.664.770,60 euros y los incentivos contemplados en la misma, podrán ser financiados con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia,

De acuerdo con las condiciones establecidas en el artículo 10.10 del Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, se realiza la asignación recogida en la siguiente tabla, por cada tipo de actuación definida en el resuelve segundo por los siguientes importes máximos:

Tipo de Actuación Importe Ayuda
Programa de incentios 1: Adquisición de vehículos eléctricos «enchufables» y pila de combustible 49.832.385,30
Programa de incentivos 2: Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos 49.832.385,30
TOTAL 99.664.770,60

Segundo. Queda modificado el punto 3 del apartado cuarto del extracto de la convocatoria, que queda redactado como sigue:

«3. El plazo de presentación de las solicitudes de incentivos comenzará a las 9:00 horas del día 20 de septiembre de 2021.

El referido plazo finalizará cuando se declare su conclusión por la persona titular de la Dirección Gerencia de la Agencia Andaluza de la Energía, mediante resolución que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y, en su defecto, el día 31 de julio de 2024.»

Tercero. Se establece el siguiente régimen transitorio:

Quedarán acogidas a la convocatoria para el período 2021-2024 de los incentivos de mejora energética del transporte en Andalucía acogidos al Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, por su orden de presentación, aquellas solicitudes que hayan sido presentadas a partir de la entrada en vigor del Real Decreto 821/2023, de 14 de noviembre, por el que se amplía la vigencia del programa de ayudas regulado en el Real Decreto 266/2021, de 13 de abril.

Las modificaciones correspondientes a las nuevas intensidades de ayuda, así como los nuevos requisitos introducidos por el Real Decreto 821/2023, de 14 de noviembre, serán de aplicación a las resoluciones de concesión que se dicten a partir de 1 de enero de 2024.

La modificación del apartado 2 del resuelve tercero de la convocatoria, relativa a las pequeñas y medianas empresas englobadas en el ordinal 4.º del apartado 2 del artículo 13 del Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, que opten expresamente por acogerse a los requisitos y límites establecidos en el Reglamento (UE) 1407/2013 de la Comisión, de 18 de noviembre, será de aplicación a aquellas solicitudes presentadas desde el día 16 de noviembre de 2023, fecha de entrada en vigor del Real Decreto 821/2023, de 14 de noviembre.

Sevilla, 22 de diciembre de 2023.- El Director Gerente de la Agencia Andaluza de la Energía, Francisco Javier Ramírez García.

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