Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 29 de 13/02/2023

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural

Extracto de la Orden de 3 de febrero de 2023, por la que se convocan para el año 2022 las ayudas previstas en la Orden de 2 de septiembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva, por la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota pesquera y marisquera con puerto base en Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020), en relación con la paralización temporal de la flota de embarcaciones marisqueras que operan con artes de trampa para la captura de pulpo (Octopus vulgaris) en el litoral mediterráneo de Andalucía y las que operan con artes específicos para la captura de pulpo (Octopus vulgaris) en el caladero nacional del Golfo de Cádiz, que han tenido lugar del 1 de julio al 30 de septiembre de 2022 y del 16 de agosto al 31 de octubre de 2022, respectivamente.

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BDNS (identif.): 674314.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdntrans) y en el presente BOJA.

Primero. Convocatoria.

1. Se convocan en régimen de concurrencia no competitiva, para el año 2022, las ayudas destinadas a la paralización temporal de la flota de embarcaciones marisqueras que operan con artes de trampa para la captura del pulpo (Octopus vulgaris) en el litoral mediterráneo de Andalucía y las que operan con artes específicos para la captura de pulpo (Octopus vulgaris) en el caladero nacional del Golfo de Cádiz, reguladas en la Orden de 2 de septiembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva, por la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota pesquera y marisquera con puerto base en Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020), en la cuantía total máxima que se especifica y con arreglo a los créditos presupuestarios que asimismo se indican:

Línea de ayuda Partidas presupuestarias Cuantía máxima (€)
Ayuda a la parada temporal de la flota marisquera que opera con artes de trampa para la captura de pulpo en el litoral mediterráneo de Andalucía y con artes específicos para la captura de pulpo en el caladero nacional del Golfo de Cádiz 1300120000/G/71P/47300/00/G1311145G6 Armadores 350.000,00
1300120000/G/71P/48300/00/G1311145G6 Tripulantes 200.000,00
TOTAL DISPONIBLE 2023 550.000,00

2. El periodo de paralización temporal de la actividad pesquera para la flota marisquera que opera con artes de trampa para la captura de pulpo (Octopus vulgaris) en el litoral mediterráneo de Andalucía es del 1 de julio al 30 de septiembre de 2022, ambos inclusive.

El periodo computable para acceder a estas ayudas para esta flota será de 92 días como máximo y de 30 días como mínimo, por periodos mínimos de 5 días consecutivos. Fuera del periodo mínimo computable de parada el buque podrá realizar actividad pesquera en distinta modalidad o caladero y siempre que el interesado cuente con los permisos reglamentarios.

El periodo subvencionable será de 92 días como máximo y de 30 días como mínimo, en función de los días de parada del periodo computable.

3. El periodo de paralización temporal de la actividad pesquera para la flota marisquera que opera con artes específicos para la captura de pulpo (Octopus vulgaris) en el caladero nacional del Golfo de Cádiz es del 16 de agosto al 31 de octubre de 2022 ambos inclusive.

El periodo computable para acceder a estas ayudas para esta flota será de 77 días como máximo y de 30 días como mínimo, por periodos mínimos de 5 días consecutivos. Fuera del periodo mínimo computable de parada el buque podrá realizar actividad pesquera en distinta modalidad o caladero y siempre que el interesado cuente con los permisos reglamentarios. El periodo subvencionable será de 77 días como máximo y de 30 días como mínimo, en función de los días de parada del periodo computable.

Segundo. Beneficiarios.

a) Las personas físicas o jurídicas (armadores/explotadores), así como las agrupaciones identificadas en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones encargadas de la explotación de buques pesqueros afectados por la parada temporal que estén registrados como activos en el Registro General de la Flota Pesquera, y que hayan llevado a cabo una actividad pesquera de al menos 120 días en el mar, durante los dos años civiles anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda.

b) Las personas físicas (tripulantes) que hayan trabajado en el mar al menos 120 días durante los dos años civiles anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda, a bordo de un buque pesquero afectado por la paralización temporal.

Tercero. Objeto.

El objeto es la convocatoria de ayudas, a medidas destinadas a la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota de embarcaciones marisqueras que operan con artes de trampa para la captura de pulpo (Octopus vulgaris) en el litoral mediterráneo de Andalucía y las que operan con artes específicos para la captura de pulpo (Octopus vulgaris) en el caladero nacional del Golfo de Cádiz, contenida en el artículo 33.c) del Reglamento (UE) núm. 508/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP), en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Cuarto. Bases reguladoras.

La presente convocatoria se regirá por la Orden de 2 de septiembre 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva, por la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota pesquera y marisquera con puerto base en Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020), publicada en Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 173, de 8 de septiembre de 2022.

Quinto. Cuantía.

La dotación presupuestaria de la parada temporal se expone en el cuadro que se recoge en el apartado primero de este extracto.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo para la presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Séptimo. Otros datos.

Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria. Asimismo, estarán a disposición de las personas solicitantes en el siguiente enlace:

https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25070.html

Sevilla.- El Viceconsejero de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, por delegación de firma de la Consejera (Orden de 28.5.2019, BOJA núm. 106, de 5.6.2019), Vicente Pérez García de Prado.

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