Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 29 de 13/02/2023

2. Autoridades y personal

2.1. Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Salud y Consumo

Resolución de 7 de febrero de 2023, de la Secretaría General de Humanización, Planificación, Atención Sociosanitaria y Consumo, por la que se nombra al Coordinador del Plan Andaluz de Enfermedades Raras.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00277783.

La Consejería de Salud y Consumo, en virtud de lo establecido en la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, tiene la competencia de definir las políticas sanitarias, asignar los recursos y garantizar el derecho a la salud de la ciudadanía en la Comunidad Autónoma de Andalucía, todo ello bajo los principios, entre otros, de coordinación de las actuaciones y de los recursos, mejora de la calidad en los servicios y utilización eficaz y eficiente de los recursos sanitarios que sean necesarios para la consecución de sus objetivos.

La citada Ley 2/1998, de 15 de junio, en el artículo 33 establece que, de conformidad con los criterios y pautas que establezca el Plan Andaluz de Salud, y teniendo en cuenta las especificidades de cada territorio, se elaborarán planes de salud específicos por los órganos correspondientes de cada una de las áreas de salud.

En atención a esta regulación autonómica y a sus principios, los diferentes Planes de Salud y de Calidad de la Consejería de Salud y Consumo han incorporado la atención a personas con enfermedades raras como uno de los ámbitos claves para la consecución de la excelencia por parte de su organización sanitaria, con el objetivo final de mejorar la salud y la calidad de vida de las personas afectadas y de sus familias y cuidadores.

Este marco legal y estratégico motivó que la Consejería de Salud procediera en 2008 a la publicación del Plan Andaluz de Enfermedades Raras, que ha contado desde sus inicios con una Dirección Estratégica, posteriormente configurada como Coordinación.

Partiendo del desarrollo y la experiencia acumulada de dicho Plan, la Consejería de Salud y Consumo está realizando un nuevo plan tras la identificación de los principales problemas relacionados con la atención a las personas con enfermedades raras y a los que se debe hacer frente, para dar respuesta a los proyectos y retos que se deben abordar para la mejora de la salud y la calidad de vida de las personas afectadas en Andalucía.

El Decreto 156/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Consumo, en el artículo 6 ñ), atribuye a la Secretaría General de Humanización, Planificación, Atención Sociosanitaria y Consumo la planificación estratégica de las políticas relacionadas con las enfermedades crónicas.

Dada la necesidad de seguir desarrollando el Plan Andaluz de Enfermedades Raras, se estima conveniente nombrar a la persona que coordine su implementación, agrupe todos los proyectos e impulse su desarrollo.

Por todo lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y en el artículo  6.ñ) del Decreto 156/2022, de 9 de agosto,

DISPONGO

Primero. Cesar a doña Beatriz Virginia Muñoz Cabello como Coordinadora del Plan Andaluz de Enfermedades Raras.

Segundo. Nombrar a don Javier Blasco Alonso como Coordinador del Plan Andaluz de Enfermedades Raras.

Tercero. La designación no comporta retribuciones específicas, siendo estas las correspondientes a su puesto de origen. La persona titular de la coordinación del Plan Andaluz de Enfermedades Raras conservará la vinculación jurídica existente con su institución de procedencia.

Cuarto. Las indemnizaciones que procedan a favor del Coordinador del Plan Andaluz de Enfermedades Raras por los desplazamientos que hubiese de realizar por razón de servicio se liquidarán por su institución de origen, con arreglo a la normativa vigente.

Sevilla, 7 de febrero de 2023.- La Secretaria General, María Luisa del Moral Leal.

Descargar PDF