Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 33 de 17/02/2023

1. Disposiciones generales

Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul

Acuerdo de 14 de febrero de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la formulación de la Estrategia Andaluza de Biodiversidad Horizonte 2030.

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El Estatuto de Autonomía para Andalucía recoge en su artículo 10, como uno de los objetivos básicos de la Comunidad Autónoma, el aprovechamiento y la potenciación de los recursos naturales y económicos de Andalucía bajo el principio de sostenibilidad, y la mejora de la calidad de vida de los andaluces y andaluzas mediante la protección de la naturaleza y del medio ambiente. Asimismo, en su artículo 195 establece que los poderes públicos orientarán sus políticas a la protección del medio ambiente, la conservación de la biodiversidad, así como de la riqueza y variedad paisajística de Andalucía, para el disfrute de todos los andaluces y andaluzas y su legado a las generaciones venideras.

La biodiversidad andaluza tiene un elevado valor, con una gran abundancia y variedad de formas de vida como resultado de la propia posición geográfica de nuestra Comunidad en una situación de encrucijada entre continentes y océanos, en un territorio en el que históricamente la presencia humana se ha sustentado en el aprovechamiento del medio natural modelando paisajes en todo lo referente a sus rasgos ambientales. De esta forma se establece una estrecha relación entre el patrimonio natural y la biodiversidad con la presencia y actividad humana.

Sin embargo, el informe sobre el Estado de la Naturaleza en la UE publicado en octubre de 2020, que ofrece información actualizada sobre el estado y tendencias de la biodiversidad de la UE, concluye que la biodiversidad europea se encuentra en declive debido a múltiples factores como los cambios de uso en el suelo o en el medio marino, la sobrexplotación de recursos naturales, el cambio climático, la contaminación o la presencia de especies exóticas invasoras y, en este sentido, en un contexto de cambio global y globalización, Andalucía no es una excepción a este proceso de deterioro progresivo de la biodiversidad que hace necesaria la actuación de los poderes públicos y el compromiso de la sociedad en su conjunto.

En Andalucía, con fecha 27 de septiembre de 2011, resultó aprobada por Acuerdo de Consejo de Gobierno la Estrategia Andaluza de Gestión Integrada de la Biodiversidad, la cual se enmarcaba en ese momento en el ámbito de los acuerdos aprobados durante la 10.ª Conferencia de las Partes del Convenio de Naciones Unidas sobre Diversidad Biológica, la Estrategia de la Unión Europea sobre la biodiversidad hasta 2020 y el Plan Estratégico Estatal del Patrimonio Natural y la Biodiversidad, convirtiéndose en un instrumento básico para la correcta coordinación de la Administración de la Junta de Andalucía en la aplicación de los objetivos y directrices establecidos en la Directiva Aves (Directiva 2009/147/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 30 de noviembre de 2009, relativa a la conservación de las aves silvestres) y la Directiva Hábitat (Directiva 92/43/CEE del Consejo de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres).

La Estrategia estableció un horizonte temporal de vigencia que alcanzaba hasta el 31 de diciembre de 2020, si bien también proponía acciones y directrices orientadas a cumplimentar sus objetivos en un escenario a medio-largo plazo, hasta 2050, en coincidencia con los horizontes temporales planteados en aquel momento desde la Estrategia Europea de la Biodiversidad 2020. En cualquier caso, la propia Estrategia establecía expresamente la necesidad de proceder a la evaluación final del grado de implementación y del nivel de eficacia de las medidas desarrolladas, así como la posibilidad de su revisión mediante su aprobación por Consejo de Gobierno.

Por otro lado, la aprobación de la Ley 8/2018, de 8 de octubre, de medidas frente al cambio climático y para la transición hacia un nuevo modelo energético en Andalucía, ya preveía la importancia de la biodiversidad como factor afectado, especialmente en la elaboración del programa de adaptación, así como la inclusión en la planificación autonómica y local del análisis y evaluación de riesgos por efecto del cambio climático en la pérdida de biodiversidad y alteración del patrimonio natural o de los servicios ecosistémicos. La aprobación del Decreto 234/2021, de 13 de octubre, por el que se aprueba el Plan Andaluz de Acción por el Clima, viene a confirmar este nuevo marco de acción.

A nivel europeo e internacional hay que destacar que en mayo de 2020, en el marco del Pacto Verde Europeo, la Comisión Europea presentó la Estrategia de Biodiversidad de la UE a 2030, que anticipa objetivos y acciones desde 2020 y avanza las líneas maestras de la UE en el proceso de negociación del futuro marco global sobre biodiversidad del Convenio Internacional sobre Diversidad Biológica ratificado por España en 1992. Los objetivos de esta Estrategia han sido ya respaldados por el Consejo de Ministros de la UE en sus conclusiones del Consejo de octubre de 2020 y por el Parlamento Europeo en su informe de junio de 2021. Asimismo, se deben tener en cuenta hitos como los acuerdos asumidos en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre la Diversidad Biológica (COP15) celebrada en Montreal (Canadá) en diciembre de 2022, en especial la adopción del Marco mundial Kunming-Montreal de la diversidad biológica.

Asimismo, la diversidad biológica y de los ecosistemas figuran de forma destacada en muchos de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y metas asociadas establecidos por la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, aprobada en 2015 por la Asamblea General de Naciones Unidas, dedicando específicamente su Objetivo 15 a proteger, restablecer y promover el uso sostenible de los ecosistemas terrestres, gestionar de forma sostenible los bosques, luchar contra la desertificación, detener e invertir la degradación de las tierras y detener la pérdida de biodiversidad.

Por su parte, a nivel nacional, mediante Real Decreto 1057/2022, de 27 de diciembre, se ha aprobado el Plan estratégico estatal del patrimonio natural y de la biodiversidad a 2030, en aplicación de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.

En este mismo contexto, desde Andalucía se están impulsando iniciativas fundamentales como la aprobación mediante Acuerdo de Consejo de Gobierno de 20 de septiembre de 2022 de la formulación de la Estrategia Marco de Medio Ambiente de Andalucía con el objetivo de disponer de un marco estratégico ambicioso que dirija la actuación en materia de medio ambiente hasta 2030, que permita supervisar y evaluar los logros y avances en esta materia, en un contexto de gran profusión de instrumentos de planificación ambiental en vigor, disponiendo así de un marco integrador que permita coordinar, establecer sinergias y abundar en las relaciones existentes entre los diferentes ámbitos temáticos de carácter ambiental de la planificación.

Asimismo, el Consejo de Gobierno aprobó el 16 de noviembre de 2022 la formulación de la Estrategia Andaluza de Economía Azul Sostenible, la cual tiene como finalidad impulsar los sectores de actividad económica vinculados con los mares y la costa de Andalucía como motores de dinamización socioeconómica en la Comunidad Autónoma y en el marco de una economía innovadora, respetuosa con la capacidad de carga de los ecosistemas naturales y la sostenibilidad ambiental.

Visto todo lo anterior, una vez analizadas las conclusiones de la evaluación de la Estrategia Andaluza de Gestión Integrada de la Biodiversidad, se hace necesario proceder a la formulación de una nueva Estrategia a los efectos de adaptarla a este nuevo contexto y nuevos enfoques en la planificación y gestión de la biodiversidad, adoptando un nuevo marco estratégico que oriente las políticas públicas de la Administración andaluza en esta materia y adecúe sus objetivos, acciones y programas al horizonte temporal de 2030.

En su virtud, y de conformidad con lo establecido en el artículo 27.12 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta del Consejero de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, previa deliberación, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 14 de febrero de 2023, se adopta el siguiente

ACUERDO

Primero. Formulación de la Estrategia Andaluza de Biodiversidad Horizonte 2030.

Se acuerda la formulación de la Estrategia Andaluza de Biodiversidad Horizonte 2030, en adelante «EAB 2030», cuya elaboración y aprobación se realizará conforme a las determinaciones establecidas en el presente acuerdo.

Segundo. Ámbito temporal.

La EAB 2030 tendrá el año 2030 como horizonte temporal para el cumplimiento de los objetivos previstos en la misma, sin perjuicio de las evaluaciones intermedias que, en su caso, se establezcan en la propia Estrategia. Hasta su aprobación se mantendrán vigentes los objetivos, acciones y directrices establecidos en la Estrategia Andaluza de Gestión Integrada de la Biodiversidad aprobada por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 27 de septiembre de 2011.

Tercero. Finalidad y objetivos.

1. La EAB 2030 tiene como finalidad establecer un marco estratégico para garantizar la conservación y uso sostenible de la diversidad biológica en Andalucía, a partir de aspectos claves como el refuerzo a la coordinación intersectorial, la cooperación interterritorial, la implicación de la ciudadanía, la participación y la corresponsabilidad de actores sociales, dando respuesta a las compromisos planteados en nuestro ámbito internacional, estatal y europeo relacionados con la gestión de la biodiversidad.

2. Los objetivos generales de la EAB 2030 serán los siguientes:

a) Impulsar la protección y conservación de la biodiversidad y la mejora de sus hábitats, continuando con la lucha eficaz contra las principales amenazas y causas subyacentes de la pérdida de biodiversidad en la Comunidad Autónoma.

b) Desarrollar la Conservación y Gestión de la Biodiversidad en concordancia con la planificación estratégica global, europea, nacional y autonómica.

c) Favorecer la convergencia entre las políticas de conservación y de desarrollo sostenible, mediante la plena incorporación del factor humano en la evaluación y planificación de la biodiversidad, así como por medio de la adecuada valoración de los recursos naturales.

d) Fomentar la corresponsabilidad, la participación social y la implicación de la ciudadanía en la toma de decisiones.

e) Favorecer la adaptación al cambio climático y analizando y evaluando los riesgos que éste presenta para la biodiversidad y los hábitats.

f) Impulsar la investigación, el desarrollo y la innovación del conocimiento en materia de biodiversidad.

Cuarto. Contenido.

La EAB 2030 incluirá, al menos, los siguientes contenidos:

1. Análisis de la evaluación y seguimiento de la anterior Estrategia Andaluza de Gestión Integrada de la Biodiversidad.

2. Delimitación del alcance, finalidad y principios orientadores.

3. Análisis del contexto de la conservación y gestión de la biodiversidad, en el ámbito global, europeo español y andaluz, identificación de sectores implicados y diagnóstico preliminar.

4. Delimitación de los objetivos estratégicos y operativos y definición de metas, formulados para ser evaluados a partir de metodologías de evaluación de políticas públicas.

5. Definición de un programa de actuación, que será el núcleo de la EAB 2030, y que se podrá estructurar, en orden jerárquico, en propuestas estratégicas, líneas de actuación y medidas.

6. Elaboración de un programa económico y un plan de etapas que incluirán la identificación de los responsables de las actuaciones según el nivel de detalle previsto (propuestas estratégicas, líneas, medidas), los recursos económicos y los plazos para desarrollar las actuaciones, que permitan ir evaluando avances y reconduciendo el programa de actuación.

7. Definición de un sistema de seguimiento y evaluación y el diseño de un panel de indicadores que deberán cubrir de forma equilibrada la medida de la ejecución, el resultado y el impacto de la EAB 2030.

Quinto. Procedimiento de elaboración y aprobación.

1. La redacción de la EAB 2030 corresponde a la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul.

2. En su elaboración se llevará a cabo un proceso participativo y de consulta a través de grupos de trabajo y de la web de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, que permitirá incorporar el mejor conocimiento disponible y las propuestas más pertinentes a través de la implicación de organismos e instituciones, colectivos, agentes y actores sociales y de la ciudadanía en general.

3. Concluida la elaboración del borrador de la Estrategia, éste se presentará al Consejo Andaluz de Biodiversidad.

4. Una vez estudiado y valorado el informe del Consejo, a través de la persona titular de la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad, se someterá la Estrategia a información pública por un plazo de 45 días hábiles.

5. Con posterioridad a las modificaciones que se introduzcan como consecuencia de los trámites de información pública y de audiencia, la propuesta de Estrategia será sometida, en su caso, al informe de aquellas Consejerías que, en función de su ámbito competencial, puedan resultar afectadas por las determinaciones de la misma.

6. Una vez valoradas y, en su caso, incorporadas las observaciones y alegaciones recibidas, la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul elaborará un nuevo borrador de Estrategia.

7. En la tramitación de la Estrategia se tendrá en consideración, en su caso, el procedimiento de evaluación ambiental estratégica previsto en el Título III de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, y el procedimiento de evaluación del impacto en la salud previsto en el Decreto 169/2014, de 9 de diciembre, por el que se establece el procedimiento de la Evaluación del Impacto en la Salud de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

8. Cumplimentados los anteriores trámites, la persona titular de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul elevará la propuesta de la Estrategia Andaluza de Biodiversidad Horizonte 2030 al Consejo de Gobierno para su aprobación.

Sexto. Habilitación.

Se faculta a la persona titular de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul para dictar las disposiciones y realizar cuantas actuaciones sean necesarias en desarrollo y ejecución del presente acuerdo.

Séptimo. Eficacia.

El presente acuerdo surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 14 de febrero de 2023

JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
RAMÓN FERNÁNDEZ-PACHECO MONTERREAL
Consejero de Sostenibilidad, Medio Ambiente
y Economía Azul
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