Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 35 de 21/02/2023

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Salud y Consumo

Resolución de 13 de febrero de 2023, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueban, a propuesta de las correspondientes Comisiones Centrales de Valoración, los segundos listados definitivos de profesionales que han participado en la apertura de los plazos para la certificación en los en los niveles I y II para el modelo de Desarrollo Profesional derivado de la actividad sanitaria en las Instituciones Sanitarias del Servicio Andaluz de Salud del Profesorado con plaza vinculada.

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Mediante Resolución de 25 de agosto de 2022, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, se aprueban, a propuesta de las correspondientes Comisiones Centrales de Valoración, los primeros listados definitivos de profesionales que han participado en la apertura de los plazos para la certificación en los en los niveles I y II para el modelo de Desarrollo Profesional derivado de la actividad sanitaria en las Instituciones Sanitarias del Servicio Andaluz de Salud del Profesorado con plaza vinculada.

Asimismo, dicha resolución se aprueba al amparo de la Resolución de 23 de mayo de 2022, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se dictan instrucciones sobre la apertura de los plazos para la certificación en los distintos niveles de la carrera profesional del Servicio Andaluz de Salud en los niveles I y II para personal sanitario y de Gestión y Servicios y niveles I, II y III para el personal funcionario del Cuerpo Superior Facultativo de Instituciones Sanitarias del Cuerpo Superior Facultativo de Instituciones Sanitarias y el personal estatutario de Gestión y Servicios de las categorías de Técnico Intermedio en Prevención de Riesgos Laborales y Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales, en las especialidades de Ergonomía y Psicosociología, Higiene Industrial y Seguridad en el Trabajo (BOJA núm. 100, de 27 de mayo de 2022), en el ámbito del Acuerdo de 16 de mayo de 2006, de la Mesa Sectorial de Negociación de la Sanidad, sobre política de personal para el período 2006 a 2008, así como en las modificaciones del mismo incluidas en el Acuerdo de 19 de abril de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Negociación de Sanidad, de fecha 18 de abril de 2022, por el que se adoptan tres aspectos retributivos estratégicos: revisión del modelo de carrera incluyendo las categorías que actualmente no la tienen desarrollada, subida retributiva para el Grupo A2 sanitario y la implementación del concepto retributivo de continuidad asistencial en atención primaria para el personal médico (BOJA núm. 78 de 26 de abril de 2022).

La disposición adicional quinta del Acuerdo de la Mesa Sectorial de Negociación de Sanidad, de fecha 18 de abril de 2022, establece que los profesionales que ocupen plazas de facultativos especialistas de la institución sanitaria vinculadas con plazas docentes de la plantilla de los Cuerpos de Profesores de la Universidad al amparo de la base general séptima del artículo 4 del Real Decreto 1558/1986, de 28 de junio, por el que se establecen las bases generales del régimen de conciertos entre las universidades y las instituciones sanitarias, se regirán por la Resolución de 3 de marzo de 2008, de la Dirección General competente en materia de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se dispone la publicación del Pacto de 26 de julio de 2007, de la Mesa Sectorial de Negociación de la Sanidad de Andalucía suscrito entre el Servicio Andaluz de Salud y las organizaciones sindicales CC.OO., CSI-CSIF, SMA, SATSE, UGT y USAE, sobre la definición del modelo de reconocimiento del desarrollo profesional del profesorado con plaza vinculada derivado de la actividad sanitaria realizada en las Instituciones Sanitarias del Servicio Andaluz de Salud, que adaptará los niveles y las cuantías contenidas en su Anexo I a las directrices contenidas en el presente acuerdo.

Por otra parte, el apartado Cuarto de la citada Resolución de 25 de agosto de 2022, establece que conforme a la citada disposición Quinta de la Resolución de 23 de mayo de 2022, una vez finalizada la revisión de las alegaciones presentadas por los profesionales que hubieran resultado inadmitidos en los Listados Provisionales, éstas serán admitidas o denegadas a propuesta de la Comisión Central de Valoración, por resolución de la Dirección General de Personal por la que se aprueben los listados definitivos de profesionales a certificar en los distintos niveles de Carrera Profesional y de profesionales inadmitidos. Dichos listados definitivos coincidirán con la Resolución por la que se publiquen los listados definitivos del Segundo Proceso Permanente de Certificación de Carrera Profesional de 2022.

A este respecto, considerando el gran volumen de solicitudes presentadas en el Segundo Proceso Permanente de Certificación de Carrera Profesional y en aras de mejorar la simplicidad y eficacia de ambos procesos de certificación, se hace necesario separar las fechas de publicación de los listados definitivos a los que se refiere el apartado Cuarto de la Resolución de 25 de agosto de 2022.

En consecuencia, una vez resueltas las alegaciones formuladas por los/las profesionales que resultaron inadmitidos en los listados provisionales y por aquellos afectos a los últimos listados de corrección de errores, esta Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud,

RESUELVE

Primero. Aprobar, a propuesta de las correspondiente Comisione Central de Valoración, el segundo listado definitivo de profesionales que han participado en la apertura de los plazos para la certificación en los distintos niveles de desarrollo profesional del Servicio Andaluz de Salud en los niveles I y II para el profesorado con plaza vinculada y que han formulado alegaciones a los listados provisionales por haber resultado inadmitido en los mismos o que ha formulado alegaciones al listado de correcciones aprobado mediante la Resolución de 25 de agosto.

Segundo. Ordenar la publicación de dichos listados en la página web del Servicio Andaluz de Salud http://www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud y en los tablones físicos o virtuales que dispongan los Servicios Centrales y los centros directivos del Servicio Andaluz de Salud.

En los citados listados, constará la categoría y el nivel de Carrera Profesional asignado a los profesionales certificados en los distintos niveles de Carrera Profesional. Los profesionales que han solicitado un nivel de Carrera para el que no reúnen los requisitos exigidos en la Resolución de 23 de mayo de 2022 (Boja núm. 100 de 27 mayo), figuran en los citados listados como profesionales certificados en el nivel de carrera profesional que corresponda a los servicios prestados y superación de criterios de evaluación, o bien como a inadmitir por incurrir en alguno/s de los supuestos que se relacionan en el Anexo a esta Resolución. Estos motivos de inadmisión no suponen evaluación negativa de los profesionales a los efectos contemplados en el artículo 38.c) de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de Ordenación de las Profesiones Sanitarias.

Tercero. Los efectos y retribuciones derivados del nivel de Carrera Profesional reconocido serán los definidos en el apartado sexto de la Resolución de 23 de mayo de 2022, siendo éstos a partir del 1 de mayo de 2022.

Contra la presente resolución que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante esta Dirección General de Personal en el plazo de un mes desde el día siguiente de su publicación conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la presente publicación, ante el órgano jurisdiccional competente de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 13 de febrero de 2023.- La Directora General de Personal, Carmen Bustamante Rueda.

ANEXO

MOTIVOS DE INADMISIÓN

1. No estar en situación de activo o en situación distinta que suponga una reserva de plaza en la categoría solicitada.

2. No estar incluido en el ámbito de aplicación de Carrera Profesional del SAS y/o de la presente convocatoria.

3. Experiencia en la categoría < 5 años.

4. No superar el tiempo mínimo de permanencia en el nivel de origen.

5. Tiene reconocida la carrera profesional como personal estatutario fijo del SAS. Se encuentra en situación de PIT en la categoría solicitada.

6. Tiene reconocida la carrera profesional como personal estatutario fijo del SAS en la categoría solicitada.

7. Desistimiento.

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