Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 35 de 21/02/2023

3. Otras disposiciones

Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional

Resolución de 14 de febrero de 2023, de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Jaén, por la que se delimitan las áreas de influencia y limítrofes a efectos de escolarización en los centros docentes públicos y privados concertados que imparten enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación especial, educación secundaria obligatoria y bachillerato.

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 21/2020, de 17 de febrero, por el que se regulan los criterios y el procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados para cursar las enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación especial, educación secundaria obligatoria y bachillerato (BOJA núm. 34, de 19 de febrero), modificado por Decreto-ley 2/2021, de 2 de febrero (BOJA extraordinario núm. 14, de 5 de febrero), esta Delegación Territorial, oído el Consejo Escolar Provincial,

HA RESUELTO

Primero. Delimitar las áreas de influencia y limítrofes de los centros docentes que imparten enseñanzas sostenidas con fondos públicos de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, que quedarán expuestas en el tablón de anuncios de esta Delegación Territorial desde la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía hasta la finalización del plazo de presentación de recursos de alzada y reclamaciones al que se refiere el artículo 48 del Decreto 21/2020, de 17 de febrero.

Segundo. Las áreas de influencia y limítrofes a las que se refiere esta resolución estarán vigentes en los procedimientos de admisión del alumnado que se lleven a cabo a partir de la publicación de la misma, en tanto no se modifiquen en la forma prevista en el apartado 2 del artículo 9 del Decreto 21/2020 antes citado.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, conforme a lo establecido en los artículos 8.3, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de la interposición del recurso potestativo de reposición ante esta Delegación Territorial, en el plazo de un mes a contar desde su publicación, de acuerdo con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Jaén, 14 de febrero de 2023.- El Delegado, Francisco José Solano Rodríguez.

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