Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 35 de 21/02/2023

3. Otras disposiciones

Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda

Resolución de 16 de febrero de 2023, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Sevilla, por la que se dispone la publicación del acuerdo de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla de fecha 21 de diciembre de 2022, por la que se aprueba definitivamente el Plan Especial para la implantación de un circuito de velocidad en Carmona (Sevilla), y se ordena la publicación del contenido de sus Normas Urbanísticas.

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Conforme a la disposición transitoria tercera de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía que dispone que los procedimientos relativos a los procedimientos de planeamiento urbanístico, así como los instrumentos de gestión y ejecución del planeamiento, que se hubieran iniciado antes de la entrada en vigor de la Ley 7/2021, mencionada, podrán continuar su tramitación conforme a las reglas de ordenación del procedimiento y el régimen de competencias establecidos por la legislación sectorial y urbanística vigente en el momento de iniciar la misma.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.1 del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo, esta Delegación Territorial hace público el acuerdo de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla de fecha 21 de diciembre de 2022, por la que se aprueba definitivamente el Plan Especial para la implantación de un circuito de velocidad en Carmona (Sevilla).

Conforme establece el artículo 82.1 de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía, con fecha 23 de diciembre de 2022, y con el número de registro 9462, se ha procedido a la inscripción y depósito del instrumento de planeamiento de referencia en el Registro de instrumentos de planeamiento, de convenios urbanísticos y de los bienes y espacios catalogados dependiente de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, así como en el correspondiente Registro Municipal del Ayuntamiento de Carmona.

De conformidad con lo establecido por el artículo 83 de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía, se hace público el contenido de:

- El acuerdo de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla de fecha 21 de diciembre de 2022, por el que se aprueba definitivamente el Plan Especial para la implantación de un circuito de velocidad en Carmona (Sevilla) (Anexo I).

- Las Normas Urbanísticas del referido instrumento de Planeamiento (Anexo II).

ANEXO I

«Visto el expediente administrativo y el documento técnico en relación al Plan Especial para la implantación de un circuito de velocidad en Carmona (Sevilla), promovido a instancias de World Circuits, S.L., con aprobación provisional por la entonces denominada Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Sevilla, de fecha 24.7.2022, resultan los siguientes

ANTECEDENTES

Primero. El Plan Especial para la implantación de un circuito de velocidad, sobre terrenos ubicados en el término municipal de Carmona de la provincia de Sevilla, se tramita en virtud de lo establecido en el artículo 14.1.a) y 42 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, en adelante LOUA (de aplicación en base a lo establecido en la disposición transitoria tercera de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía).

La actividad desarrollada queda exclusivamente localizada en el término municipal de Carmona, pero debido a su naturaleza, entidad y objeto, tiene incidencia territorial supramunicipal, de conformidad con el artículo 42.4.b) de la LOUA.

De acuerdo con el artículo 42.6 de la LOUA; así como el artículo 30 y el apartado II del Anexo II (epígrafe 12 “Deportes: Instalaciones y equipamientos deportivos”) de la Ley 1/1994, de 11 de enero, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Comunidad Autónoma de Andalucía (de aplicación en base a lo establecido en la disposición transitoria tercera de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía); y el artículo 13.2.a) del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, corresponde a esta Delegación Territorial informar las actividades de intervención singular en materia de ordenación del territorio, cuando su ámbito territorial se encuentre dentro de los límites de su provincia.

Segundo. El objeto del Plan Especial es la implantación en el término municipal de Carmona (Sevilla) de un circuito de velocidad permanente para la práctica de los deportes relacionados con el mundo del motor.

Según se detalla en la Memoria, apartado 5. Descripción de la actividad, el circuito se localiza en una sola finca de 53,65 hectáreas, parcela 90 del polígono 080, que proviene de la Agrupación de Fincas Rústicas otorgadas en Escritura Publica de Agrupación de Fincas Rústicas de varias parcelas el día 8 de julio de 2021.

La citada finca se ubica a 5 km de Carmona y a unos 20 de Sevilla y su aeropuerto.

El circuito que se propone implantar está compuesto por una pista de rodaje, cuyo trazado tiene una longitud de 4.110 m² y 12 m de anchura en las recta de 12 m, un parking de 5000 m² y un conjunto de servicios agrupados en un único volumen de una planta que en su zona central alcanza tres plantas de altura con objeto de tener mayor visibilidad sobre la pista. Estos servicios son: boxes, paddock, oficina recepción, aseos y vestuarios, sala de prensa, salones, sala de control del circuito y enfermería.

Se localiza en suelo no urbanizable de carácter natural o rural, según el plano 1a “Clasificación del Suelo” de la adaptación parcial. El artículo 13 de las normas urbanísticas prescribe que en dicha clase de suelo pueden realizarse las Actuaciones de Interés Público, previa aprobación del correspondiente Plan Especial o Proyecto de Actuación. Las condiciones de implantación se fijan en el artículo 16 (por remisión del artículo 20), estableciéndose un lado mínimo de parcela de 100 m y una separación a linderos de las edificaciones de 25 m, condiciones que se cumplen en la ordenación propuesta.

Tercero. Mediante resolución de la persona titular de la entonces denominada Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Sevilla, de fecha 29/10/2019, se aprobó inicialmente el Plan Especial para la implantación de circuito de velocidad en Carmona.

Con fecha 27.10.2021, se dictó por la persona titular de la entonces denominada Delegación Territorial Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Sevilla, Resolución de aprobación provisional del Plan Especial para la implantación de un circuito de velocidad en Carmona.

Con fecha 24.7.2022, se dictó por la persona titular de la entonces denominada Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Sevilla, Resolución de aprobación provisional segunda del Plan Especial para la implantación de un circuito de velocidad en Carmona.

Cuarto. La tramitación administrativa del expediente se ajusta, en general, al procedimiento establecido en el artículo 32 de la LOUA, y demás normativa aplicable en cuanto a procedimiento, información pública y participación:

A) Previo a la aprobación inicial, se realizaron las siguientes actuaciones:

- Solicitud, de fecha 5.10.2018, presentada por Circuito de Almeria, S.L., con  CIF B-04550588, (promotor), de inicio del trámite de Evaluación Ambiental Estratégica del Proyecto de “Circuito de Velocidad” en el término municipal de Carmona, al Servicio de Urbanismo de la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Sevilla.

- Informe del Servicio de Urbanismo previo a la formulación del Plan Especial para la implantación del circuito de velocidad, de fecha 4.12.2018.

- Resolución de la Delegación Territorial de la entonces denominada Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Sevilla, por la que se admite a trámite el Plan Especial para la implantación de Circuito de velocidad en el término municipal de Carmona (Sevilla), de fecha 11.12.2018.

- Solicitud del Servicio de Urbanismo, de fecha 11.12.2018, dirigida al Servicio de Protección Ambiental de la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Sevilla, de inicio de la Evaluación Ambiental Estratégica ordinaria, de conformidad con el artículo 40 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.

- Notificación al promotor, con fecha 14.12.2018, de la resolución de la Delegación Territorial de la entonces denominada Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Sevilla, de fecha 11.12.2018; y requerimiento de subsanación del documento técnico.

- Propuesta de la Delegación Territorial de la entonces denominada Consejería de Medio Ambiente y Ordenación en Sevilla, para la formulación de una consulta pública previa de la disposición administrativa de carácter general, de fecha 18.12.2018.

- Publicación en BOJA núm. 11 de 17.1.2019, de la “Resolución de 11.12.2018, de la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Sevilla, por la que se acuerda la formulación del Plan Especial en suelo no urbanizable de circuito de velocidad en el término municipal de Carmona (Sevilla)”.

- Certificado con fecha 17.1.2019 de la Secretaría General Provincial de la entonces denominada Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Sevilla, de que, en virtud del artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Común de las Administraciones Públicas, tuvo lugar la publicación de los datos básicos del proyecto técnico con el plazo de participación ciudadana de 20.12.2018- 14.1.2019, y durante el citado período no se han recibido observaciones, sugerencias o aportaciones al mismo.

- Con fecha 4.6.2019, tiene entrada en esta Delegación Territorial, el Documento de Alcance del Estudio Ambiental Estratégico elaborado por el Servicio de Protección Ambiental de la entonces denominada Delegación Territorial Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible en Sevilla, anexando las respuestas recibidas de organismos e instituciones durante la fase de consultas, así como escrito de alegaciones de doña Ana Santos Mora, indicándose expresamente que sus indicaciones sean tenidas en cuenta en la elaboración del Estudio Ambiental Estratégico y en la documentación a presentar.

- Remisión por esta Delegación Territorial, al promotor, con fecha 3.7.2019, con acuse de recibo de fecha 16.7.2019, del Documento de Alcance del Estudio Ambiental Estratégico.

- Comunicación del promotor, de fecha de 5.8.2019, informando sobre su nueva denominación: World Circuits, S.L., con CIF. B-04550588.

- Remisión a esta Delegación Territorial, con fecha de 14.8.2019, por parte de World Circuits, S.L., en referencia a la tramitación del expediente correspondiente de Plan Especial en suelo no urbanizable para la implantación de circuito de velocidad en Carmona, de la siguiente documentación:

• Plan Especial.

• Estudio Ambiental Estratégico.

- Informe del Servicio de Urbanismo de esta Delegación Territorial previo a la aprobación inicial del Plan Especial, de fecha 15.10.2019.

- Resolución de 29.10.2019 de Aprobación Inicial del Plan Especial para la implantación de circuito de velocidad (que resolvía aprobar inicialmente y solicitar la subsanación de la deficiencias indicadas en el apartado 9 –Conclusiones– del informe técnico-jurídico del Servicio de Urbanismo de fecha 15.10.2019).

B) Tras el acuerdo de aprobación inicial de fecha 29.10.2019, se realizaron las siguientes actuaciones:

- Notificación al promotor del Acuerdo de Inicio del Plan Especial para la implantación de circuito de velocidad, constando su recepción con fecha 26.11.2019.

- Notificación del Acuerdo de aprobación inicial al Ayuntamiento afectado, constando su recepción por el Ayuntamiento de Carmona, con fecha 22.11.2019.

- Se requirieron los Informes sectoriales pertinentes, a los órganos y entidades administrativas gestores de intereses públicos afectados; solicitándose informes autonómicos en materia de ordenación del territorio, de patrimonio histórico, salud, dominio público hidráulico y carreteras; informe provincial de carreteras; e informes estatales en materia de dominio público hidráulico y aviación civil; que fueron emitidos con el siguiente sentido:

• Informe en materia de Ordenación del Territorio, con fecha de entrada en la Delegación Territorial de 29.11.2019, que concluye que las determinaciones del proyecto no generan, en principio, una incidencia negativa en la ordenación del territorio.

• Informe sobre Carreteras Provinciales de la Diputación Provincial de Sevilla, emitido por el Área de Cohesión Territorial de la Diputación, con fecha de entrada en la Delegación Territorial 7.1.2020, en el que se indican una serie de observaciones.

• Informe en materia de Salud, de la Dirección General de Salud y Ordenación Farmacéutica; con fecha de entrada en la Delegación Territorial de 10.1.2020, en el que se establece que no procede la emisión de informe de Evaluación de Impacto en la Salud.

• Informe en materia de Dominio Público Hidráulico, autonómico, con fecha de entrada en la Delegación Territorial de 23.1.2020, con carácter favorable condicionado.

• Informe en materia de Aviación; emitido por Dirección General de Aviación Civil, con fecha de entrada en la Delegación Territorial de 2.3.2020; de carácter favorable siempre y cuando las construcciones propuestas u objetos fijos no vulneren las servidumbre aeronáuticas.

• Informe en materia de Patrimonio Histórico, con fecha de entrada en la Delegación Territorial de 18.6.2020, en el que se hacen una serie de observaciones.

• Informe de Carreteras Autonómicas, con fecha de entrada en la Delegación Territorial de 16.12.2020, que indica que las carreteras quedan fuera del ámbito de las carreteras gestionadas por la Junta de Andalucía.

• Informe de Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, del Ministerio para la Transición Ecológica, con fecha de entrada en la Delegación Territorial de 4.3.2021, emitido con carácter favorable condicionado.

- Se realizó el trámite de información pública mediante publicación en el BOJA  núm. 33, de 18.2.2020; en el Portal de la Transparencia de la Junta de Andalucía, desde el 18.2.2019, durante 45 días hábiles; en el diario “abcdesevilla.es/andalucía”, de fecha 24.1.2020. Todo ello, de conformidad con el artículo 39 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía. Obra en el expediente administrativo Certificado de la Secretaria General Provincial de fecha 4.9.2020, en relación a la ausencia de alegaciones al documento.

Asimismo, el documento fue publicado en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Carmona con fecha 26.12.2019, durante el periodo de un mes, de conformidad con el certificado del Secretario General Accidental del Ayuntamiento de Carmona, de fecha 5.2.2020.

Tras la fase de información pública del Acuerdo de Aprobación inicial del Plan, no se efectuaron alegaciones.

- Tras la emisión y remisión de los informes sectoriales al promotor, éste presentó, con fecha 20.9.2021 nuevo documento técnico, solicitando la Aprobación Provisional del Plan Especial para la implantación de circuito de velocidad. En el referido documento se incluían modificaciones no sustanciales respecto al documento aprobado inicialmente, no requiriéndose nueva información pública, de conformidad con el artículo 32.1 regla 3.ª) de la LOUA.

C) Con fecha 27.10.2021, se emite resolución de aprobación provisional. Tras este acuerdo, se han realizado las siguientes actuaciones:

- Notificación al promotor del Acuerdo de aprobación provisional del Plan Especial para la implantación de circuito de velocidad; constando su recepción con fecha 9.11.2021.

- Notificación del Acuerdo de aprobación provisional al Ayuntamiento afectado (Ayuntamiento de Carmona) con fecha 29.10.2022, y a la Federación de Ecologistas en Acción-Sevilla; con fecha 4.11.2021; sin que se hayan efectuado alegaciones.

- Se requirieron los Informes sectoriales de verificación o adaptación vinculantes, a los órganos y entidades administrativas gestores de intereses públicos afectados; solicitándose informes autonómicos en materia de patrimonio histórico, salud, dominio público hidráulico y carreteras; informe provincial de carreteras; e informes estatales en materia de dominio público hidráulico y aviación civil. Fueron emitidos los siguientes informes:

- Informe autonómico en materia de Salud: solicitado a la Dirección General de Salud y Ordenación Farmacéutica con fecha 10.11.2021; y emitido por dicho organismo estableciendo que el proyecto no está sometido a Evaluación de Impacto en la Salud. Tiene fecha en la Delegación Territorial de 23.11.2021.

• Informe provincial de Carreteras, emitido con fecha 27.12.2021. Favorable, por no afección a carreteras provinciales.

• Con fecha 16.11.2021, se solicitó a la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Sevilla, la emisión de resolución de Declaración Ambiental Estratégica, habiendo tenido entrada ésta en la Delegación con fecha 19.5.2022; habiéndose emitido con carácter favorable.

• Informe estatal materia de dominio público hidráulico: solicitado a la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir con fecha 12.11.2021. Dicho informe ha tenido entrada en la esta Delegación Territorial con fecha 22.12.2021; habiéndose emitido con carácter desfavorable, por no haberse atendido el cumplimiento del condicionado contenido en el informe favorable condicionado emitido tras la aprobación inicial.

• Informe en materia de Aviación: solicitado a la Dirección General de Aviación Civil con fecha 19.11.2021; habiendo tenido entrada en esta Delegación Territorial con fecha 14.1.2022; reiterando el carácter favorable del informe emitido tras la aprobación inicial del proyecto (en lo que a servidumbres aeronáuticas se refiere siempre y cuando las construcciones propuestas u objetos fijos no vulneren las servidumbre aeronáuticas).

Entendiéndose ratificados el resto de informes sobre los que no se ha emitido un pronunciamiento expreso.

- Con fecha 3.3.2022, el promotor presentó ante la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Sevilla, nuevo documento técnico, solicitando la segunda aprobación provisional del Plan Especial para la implantación de circuito de velocidad. No obstante, con fecha 19.4.2022, solicitó la retirada de dicha documentación.

- Con fecha 26.4.2022, se remitieron al promotor los informes sectoriales emitidos por los organismos sectoriales, recibidos en la Delegación Territorial.

Como resultado de la tramitación descrita, se produjeron modificaciones no sustanciales respecto al documento aprobado provisionalmente con fecha 27.10.2021, las cuales quedaron reflejadas en un nuevo documento presentado por el promotor ante esta Delegación Territorial, con fecha 24.5.2022 (denominado por éste “documento para Aprobación Definitiva”). Asimismo, con fecha 26.6.2022, el promotor presenta en esta Delegación Territorial el Resumen Ejecutivo del proyecto.

D) Con fecha 24.7.2022, se dicta resolución de aprobación provisional segunda del Plan Especial para la implantación de circuito de velocidad. Tras este acuerdo, se han realizado las siguientes actuaciones:

- Se ha notificado al promotor, el Acuerdo de aprobación provisional segunda del Plan Especial para la implantación de circuito de velocidad; constando su recepción con fecha 2.8/2022.

- Se ha notificado el Acuerdo de aprobación provisional segunda al Ayuntamiento afectado (Ayuntamiento de Carmona) con fecha 26.7.2022; así como a Federación de Ecologistas en Acción-Sevilla, constando su recepción con fecha 2.8.2022.

- Tal como establece el artículo 32.1 regla 4.ª) de la LOUA, se han requerido los Informes de verificación a los órganos y entidades administrativas gestores de intereses públicos afectados, vinculantes, que se han emitido con el siguiente sentido:

• Con fecha 2.8.2022, se solicitó a la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Sevilla, la emisión de verificación de Declaración Ambiental Estratégica, habiendo tenido entrada ésta en la Delegación con fecha 1.9.2022; habiéndose emitido con carácter favorable con las condiciones ya cumplimentadas en la 2.ª AP.

• Informe estatal materia de dominio público hidráulico: solicitud reiterada a la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir con fecha 11.8.2022. Dicho informe ha tenido entrada en la esta Delegación Territorial con fecha 2.9.2022, y concluye el siguiente tenor:

“Por lo anteriormente expuesto, este Servicio Técnico emite para su consideración por la superioridad informe sectorial Favorable Condicionado, al documento de la aprobación provisional(II) del plan especial para la implantación de un circuito de velocidad en ELTM de Carmona (Sevilla), a la vista de la legislación estatal de aplicación. Antes de la emisión de las correspondientes licencias o autorizaciones municipales que sean requeridas, se deberá cumplir el siguiente condicionado que deberá ser supervisado por el Ayuntamiento:

1. Contar con Autorización para las obras de drenaje transversal y para cualquier otra sobre el Dominio Público Hidráulico de los arroyos existentes en el ámbito del Plan Espacial, debiendo presentar para ello el correspondiente Proyecto de obras, que deberá tener en cuenta las consideraciones realizadas en el apartado 3 del presente informe.

2. En relación con la contratación de un gestor de residuos para la retirada de las aguas residuales depuradas, deberá aportarse contrato de servicios o carta de compromiso con el mismo, así como certificado de homologación y estanqueidad del depósito de acumulación.

3. En caso de no realizarse la gestión o extracción de aguas depuradas por un gestor autorizado, se deberá solicitar y obtener la correspondiente autorización de vertidos por parte de este organismo de cuenca. La autorización de vertidos se solicitará expresamente al área de Calidad de aguas de esta Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.»

• Informe en materia de Aviación Civil: solicitado a la Dirección General de Aviación Civil con fecha 2.8.2022; habiendo tenido entrada en esta Delegación Territorial con fecha 25.11.2022; reiterando el carácter favorable .

- El Plan Especial, con la inclusión del Resumen Ejecutivo, aprobado provisionalmente con fecha 24.7.2022, ha estado sometido a información pública, mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, núm. 148, de 3.8.2022, en el Portal de la Transparencia de la Junta de Andalucía, con fecha 3.8.2022, y en uno de los periódicos oficiales de mayor difusión provincial, ABC, con fecha 4.10.2022. Asimismo, consta su publicación en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Carmona, de conformidad con certificado el certificado expedido por la Secretaría de dicho Ayuntamiento, de fecha 13.12.2022. Todo ello, de conformidad con el artículo 39 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

- Durante el trámite de información pública, se presentaron alegaciones, con fechas 31.8.2022 y 3.10.2022, por don Antonio Hurtado Bueno y don Angel Hurtado Bueno. Obra en el expediente administrativo Certificado de la Secretaria General Provincial, de fecha 13.12.2022, al respecto. Las alegaciones presentadas fueron contestadas por el promotor. Tanto el tenor literal de las alegaciones presentadas por los interesados como la respuesta dada a la mismas por el promotor, constan expresamente en el informe emitido por el del Servicio de Urbanismo con fecha 16.12.2022. Una vez analizadas las referidas alegaciones y valoradas las respuestas dadas a las mismas por el promotor, se propone, de conformidad con lo establecido en el informe del el Servicio de Urbanismo, emitido con fecha 16.12.2022, la desestimación de cada una de las alegaciones presentadas.

- Con fecha 13.12.2022, se le comunica al promotor que el expediente está completo, pudiendo someterse el Plan Especial para la implantación de circuito de velocidad, a la consideración de la CTOTU para su aprobación definitiva.

Quinto. El planeamiento vigente en el municipio de Carmona son las Normas Subsidiarias, aprobadas definitivamente por Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de fecha 17.11.1983, que cuentan con Adaptación Parcial a la LOUA en virtud del Decreto 11/2008, de 22 de enero, aprobadas por el Pleno del Ayuntamiento en fecha 4.3.2009, y publicadas en BOP con fecha 6.6.2009, con documento de corrección de errores de fecha 17.7.2009 y publicado en BOP el 8.1.2010.

Sexto. Con fecha 16.12.2022, el Servicio de Urbanismo, emite Informe técnico-jurídico previo a la propuesta elevada a la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla por la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Sevilla.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. En virtud de lo establecido en la disposición transitoria tercera de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía, la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, resulta de aplicación al presente instrumento urbanístico, por lo que, tanto la tramitación para su aprobación, como sus determinaciones, deben ajustarse a lo que la referida Ley establezca.

Segundo. El contenido documental del Plan Especial para la implantación en el término municipal de Carmona (Sevilla) de una infraestructura de índole deportiva y turística mediante un circuito de velocidad, contiene lo establecido en el artículo 14.4 y 42.5 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

La estructura documental del Plan Especial se concreta en memoria, anexos, planos y resumen ejecutivo.

Tercero. De conformidad con el artículo 10 del Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de las Consejerías, la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda mantiene las competencias atribuidas a la anterior la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenacion del Territorio, salvo la comptencias en materia de puertos. Asimismo, se aprueba el Decreto 300/2022, de 30 de agosto, por el que se modifica el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Junta de Andalucía.

En virtud del artículo 2.4.j) del Decreto 160/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo queda adscrita a la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda. Asimismo, de conformidad con la Disposición transitoria tercera del citado Decreto, las competencias recogidas en el Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias de las Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, hasta tanto no se adapten al referenciado Decreto, se entenderán atribuidas a los órganos equivalentes de la Consejería de Fomento, Articulacion del Territorio y Vivienda.

El Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias de las Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, distribuye las competencias que en materia de urbanismo tiene la Administración de la Junta de Andalucía, en virtud del artículo 31 de la LOUA, entre los diferentes órganos de la Administración Andaluza.

La Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo (CTOTU) de Sevilla es el órgano competente para adoptar el Acuerdo que proceda sobre la aprobación definitiva de este expediente, conforme a los artículos 31.2.B.b) de la LOUA, dado que es un instrumento de planeamiento que tiene incidencia o interés supramunicipal y 12.1.h) del citado Decreto 36/2014.

Cuarto. El informe técnico-jurídico del Servicio de Urbanismo de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Sevilla, emitido con fecha 16/12/2022, concluye que las determinaciones propuestas son compatibles con la ordenación urbanística y territorial de aplicación. Asimismo, el Plan Especial contiene las determinaciones establecidas en el artículo 42.5 de la LOUA y la tramitación se ajusta a lo regulado en el artículo 32 de la citada ley, procediendo la aprobación definitiva del mismo.

De conformidad con la propuesta formulada por la persona titular de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, en virtud de lo establecido por el art. 10.1 del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla, por la mayoría especificada por el art. 9.4 del citado Decreto, de conformidad con el art. 17 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y la Ley 9/2007, de 22 octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía

ACUERDA

1.º Aprobar definitivamente, el Plan Especial para la Implantación de un circuito de velocidad en Carmona (Sevilla) con aprobación provisional por la entonces denominada Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Sevilla, de fecha 24.7.2022, de conformidad con el artículo 33.2.a) de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

2.º Proceder a su depósito e inscripción en el Registro Autonómico de Instrumentos Urbanísticos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 40 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía. Asimismo, tras el depósito, inscripción y publicación, el contenido íntegro del instrumento de planeamiento estará disponible en el Sistema de Información Territorial y Urbanística de Andalucía, SITUA.

3.º Publicar la presente resolución, junto con el contenido de las normas urbanísticas de este planeamiento, en el BOJA, de acuerdo con lo previsto en el artículo 41 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.»

Contra el contenido del presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, conforme al artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; artículo 20.3 del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias de las Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo; así como el artículo 10.1.b), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y con cumplimiento de los requisitos previstos en esta ley.

ANEXO II

El presente Plan Especial carece de Normas Urbanísticas que alteren su contenido.

Sevilla, 16 de febrero de 2023.- La Delegada, Susana Rocío Cayuelas Porras.

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