Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 36 de 22/02/2023

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Deporte

Orden de 7 de marzo de 2022, por la que se concede la prórroga de la autorización administrativa al centro docente privado extranjero Casa del Mar Montessori de San Pedro de Alcántara, Marbella (Málaga), autorizado conforme al sistema educativo de los Estados Unidos de América para alumnado español y extranjero. (PP. 720/2022).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00258263.

Visto el expediente tramitado a instancia de doña Rut María Coca Izquierdo, como representante de la entidad «La Casa del Mar Montessori, S.L.», titular del centro docente privado extranjero «Casa del Mar Montessori», con domicilio en C/ Linda Vista, núm. 10, de San Pedro de Alcántara, Marbella (Málaga), por el que solicita la prórroga de la autorización administrativa con la que cuenta el centro para impartir enseñanzas del sistema educativo de los Estados Unidos de América a alumnado español y extranjero, acogiéndose a lo dispuesto en el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, sobre régimen de centros docentes extranjeros en España.

Resultando que en el expediente ha recaído informe favorable de la Middle States Association of Colleges and Schools-Commissions on Elementary and Secondary Schools (MSA-CESS).

Vistos: La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE de 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE de 4), de Educación; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA de 26), de Educación de Andalucía; la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE de 2), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo (BOE de 23 de junio), sobre régimen de centros docentes extranjeros en España; el Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero (BOE de 12 de marzo), por el que se modifica el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, de autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general, el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, de régimen de centros docentes extranjeros en España, y el Real Decreto 321/1994, de 25 de febrero, de autorización a centros docentes privados para impartir enseñanzas artísticas, para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA de 20), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General, y demás normas de vigente aplicación.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Conceder la prórroga de la autorización al centro docente privado extranjero «Casa del Mar Montessori», del que es titular la entidad «La Casa del Mar Montessori, S.L.», con código 29020048 y domicilio en C/ Linda Vista, núm. 10, de San Pedro de Alcántara, Marbella (Málaga), para impartir las enseñanzas del sistema educativo de los Estados Unidos de América a alumnado español y extranjero, para un total de 60 puestos escolares, con la siguiente configuración:

- Primer ciclo de Educación Infantil (1 a 3 años): 15 puestos escolares.

- Segundo ciclo de Educación Infantil (3 a 6 años): 30 puestos escolares.

- Educación Primaria (6 a 12 años): 15 puestos escolares.

Segundo. El centro deberá complementar las enseñanzas autorizadas con enseñanzas de lengua y cultura españolas.

Tercero. La autorización a la que hace referencia el apartado primero de esta orden tendrá validez hasta el 1 de mayo de 2028. A partir de esta fecha, la autorización dependerá de una nueva inspección de la Middle States Association of Colleges and Schools-Commissions on Elementary and Secondary Schools (MSA-CESS).

Cuarto. Del contenido de la presente orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Quinto. El centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que se señalan en la misma.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación y Deporte, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 7 de marzo de 2022

FRANCISCO JAVIER IMBRODA ORTIZ
Consejero de Educación y Deporte
Descargar PDF