Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 44 de 07/03/2023

1. Disposiciones generales

Consejería de Turismo, Cultura y Deporte

Extracto de la Resolución de 23 de febrero de 2023, de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convocan para el año 2023 las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el apoyo a proyectos de aceleración cultural y/o creativa en Andalucía, al amparo del «Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, NextGenerationEU».

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BDNS (Identificación): 678386.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Resolución de convocatoria, cuyo texto completo puede ser consultado en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (en la siguiente dirección electrónica:

http://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/es/index)

y en el presente Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Primero. Convocatoria y financiación.

Se convoca, en el ámbito de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte (Agencia Andaluza de Instituciones Culturales), para el ejercicio 2023, el procedimiento de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el apoyo a proyectos de aceleración cultural y/o creativa en Andalucía, al amparo de la Orden de 25 de enero de 2023 (BOJA núm. 20, de 31 de enero), por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de las referidas subvenciones.

Las ayudas que se convocan están financiadas por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea, establecido por el Reglamento (UE) 2020/2094 del Consejo, de 14 de diciembre de 2020, y regulado según el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021. Dicha financiación queda legalmente vinculada a la realización de las actuaciones subvencionadas, medidas integradas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España, y se imputarán con cargo a los créditos autorizados en los proyectos de gasto destinados a tal fin.

La financiación de la convocatoria de estas ayudas asciende a la cuantía total de 3.811.410,93 euros, estando su concesión limitada por las disponibilidades presupuestarias existentes en cada ejercicio, y se harán efectivas con cargo a la partida presupuestaria, del presupuesto del año 2023, siguiente:

1651180000 G/45E/47001/00 MR090240101 - 3.811.410,93 euros.

Segundo. Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas para el apoyo a proyectos de aceleración cultural y/o creativa en Andalucía, para el año 2023, según lo previsto en el apartado 4.a).1.º del cuadro resumen de las bases reguladoras: Las personas físicas profesionales inscritas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, las microempresas y las Pymes que desarrollen una actividad económica relacionada con el ámbito cultural y/o creativo, así como las personas físicas que asuman el compromiso de constituirse como empresas o autónomos en el momento de recibir la ayuda.

Para alcanzar dicha condición, deberán concurrir en las mismas los requisitos que se establecen en el apartado 4.a).2.º del mencionado cuadro resumen, al menos durante el periodo establecido en el apartado 4.b) de dicho cuadro resumen (esto es, desde la fecha de presentación de la solicitud hasta la finalización y justificación de la actividad objeto de la subvención), no debiendo concurrir en ellas las circunstancias recogidas en el párrafo segundo del apartado 4.a).1.º (en ningún caso podrán obtener la condición de beneficiario la propia Administración de la Junta de Andalucía ni las entidades instrumentales dependientes de la misma con personalidad jurídica propia) ni las del apartado 4.c) del referido cuadro resumen, que les impedirían alcanzar la condición de persona o entidad beneficiaria.

Tercero. Objeto.

Estas ayudas tendrán por objeto la realización de proyectos de Aceleración de las Industrias Culturales y/o Creativas de Andalucía para reforzar el papel del sector de las industrias culturales como motor de la economía española, digital y sostenible, y como elemento de cohesión social y territorial, así como los procesos de aceleración multidisciplinar que permita crecer y desarrollar el potencial de las empresas, sirviendo de polo de atracción económico y generación de empleo.

Cuarto. Importe.

La dotación global máxima establecida para esta convocatoria es de 3.811.410,93 euros, siendo la cuantía máxima de la subvención 100.000 euros siempre que no supere el 80% del presupuesto aceptado del proyecto.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes es de 15 días hábiles, iniciándose su cómputo el primer día hábil siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Sexto. Otros datos.

El formulario de solicitud (Anexo I) y el formulario para presentar alegaciones, documentación y efectuar reformulación (Anexo II), se publican en el presente Boletín Oficial de la Junta de Andalucía junto con la resolución de convocatoria, pudiéndose obtener también en el Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Administración de la Junta de Andalucía en la dirección electrónica:

https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25270.html

así como en la página web de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales en la dirección electrónica: http://www.juntadeandalucia.es/cultura/web/AAIICC/

Las personas y/o entidades solicitantes deberán adjuntar a la documentación acreditativa a presentar junto con el formulario Anexo II, entre otras, las siguientes declaraciones debidamente cumplimentadas:

a) Modelo de Declaración de Ausencia de Conflicto de Intereses (DACI), regulado en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Anexo IV.A de dicha orden), cuyo contenido mínimo será el establecido en el Anexo I de la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

b) Modelo de declaración de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), regulado en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre (Anexo IV.B de dicha orden).

c) Modelo de declaración de compromiso en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), regulado en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, que pudieran afectar al ámbito objeto de gestión (Anexo IV.C de dicha orden).

Los mencionados modelos de declaraciones se facilitan a las personas y/o entidades solicitantes como documento adjunto a la Resolución de convocatoria. Del mismo modo, podrán obtenerlos en la página web de la Agencia en el apartado correspondiente a la convocatoria de subvenciones para el apoyo a proyectos de aceleración cultural y/o creativa en Andalucía, para su cumplimentación y entrega con el Anexo II.

El Director de la Agencia Andaluza de instituciones Culturales, Salomón Castiel Abecasis.

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