Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 52 de 17/03/2023

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Consejería de Turismo, Cultura y Deporte

Resolución de 9 de marzo de 2023, de la Dirección General de Patrimonio Documental y Bibliográfico, por la que se hacen públicos los extractos de las tablas de valoración aprobadas por la orden que se cita.

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La Orden de 3.3.2023 del Consejero de Turismo, Cultura y Deporte, ha aprobado las tablas de valoración elaboradas a partir de los estudios de identificación y valoración de series documentales analizados por la Comisión Andaluza de Valoración de Documentos en su 56.ª sesión ordinaria, celebrada el día 24 de noviembre de 2022, correspondientes a las siguientes series documentales:

Series producidas por la Administración Autonómica:

- «Expedientes de subvenciones a organizaciones no gubernamentales para cooperación internacional para el desarrollo» (código 260).

- «Expedientes de subvenciones a universidades para cooperación internacional para el desarrollo» (código 261).

- «Expedientes de recursos potestativos de reposición contra providencias de apremio» (código 262).

- «Expedientes de reclamaciones sobre tercerías de dominio y de mejor derecho» (código 263).

La citada orden dispone, además, la publicación de los extractos de dichas tablas de valoración en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía por la Dirección General de Patrimonio Documental y Bibliográfico. Por ello, en virtud de lo dispuesto en el artículo 32.2 del Reglamento del Sistema Andaluz de Archivos, aprobado por Decreto 97/2000, de 6 de marzo, y de acuerdo con las atribuciones conferidas en el artículo 17.3 de la Orden de 7 de julio de 2000, por la que se regula el funcionamiento de la Comisión Andaluza Calificadora de Documentos Administrativos y los procesos de identificación, valoración y selección documentales, esta Dirección General

RESUELVE

Publicar el extracto de las tablas de valoración de las series documentales anteriormente citadas que figuran como Anexos 1 a 4 de la presente resolución.

Contra la citada Orden del Consejero, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dicta, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo con sede en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, conforme a lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 9 de marzo de 2023.- El Director General, Juan Cristóbal Jurado Vela.

ANEXO 1

Código: 260.

Denominación: Expedientes de subvenciones a organizaciones no gubernamentales para cooperación internacional para el desarrollo.

Procedencia (Unidad Productora).

Organismo: Consejería de la Presidencia/Agencia Andaluza de Cooperación Internacional.

Unidad: Servicio de Cooperación Euromediterránea-Sv. de Cooperación Iberoamericana.

Fecha inicial: 2004. Fecha final: 2006.

Organismo: Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AACID).

Unidad: Unidad de Cooperación con el Mediterráneo y África Subsahariana-Unidad de Cooperación con Iberoamérica.

Fecha inicial: 2006. Fecha final: —

Resolución: Se autoriza la eliminación parcial de la serie, pudiendo ser eliminados los siguientes documentos:

- Los expedientes de ayudas no concedidas; de éstos se conservará una muestra aleatoria de 2 ejemplares por convocatoria.

- Los documentos acreditativos de todas las solicitudes.

La referida eliminación se realizará en el archivo central a los quince años de la justificación de la subvención.

No se podrán eliminar aquellos expedientes que contengan actos que hayan sido recurridos, que sean objeto de alguna actuación administrativa especial o que correspondan a relaciones jurídicas vigentes.

ANEXO 2

Código: 261.

Denominación: Expedientes de subvenciones a universidades para cooperación internacional para el desarrollo.

Procedencia (Unidad Productora).

Organismo: Consejería de la Presidencia.

Unidad: Dirección General de Asuntos Europeos y Cooperación exterior/SV Cooperación al Desarrollo, SV Cooperación Euromediterránea y SV Cooperación Iberoamericana.

Fecha inicial: 2000. Fecha final: 2003.

Organismo: Consejería de la Presidencia/Agencia Andaluza de Cooperación Internacional.

Unidad: Servicio de Cooperación Euromediterránea-Sv. de Cooperación Iberoamericana.

Fecha inicial: 2004. Fecha final: 2006.

Organismo: Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AACID).

Unidad: Unidad de Cooperación con el Mediterráneo y África Subsahariana-Unidad de Cooperación con Iberoamérica.

Fecha inicial: 2006. Fecha final: —

Resolución: Se autoriza la eliminación parcial de la serie, pudiendo ser eliminados los siguientes documentos:

- Los expedientes de ayudas no concedidas; de estos se conservará una muestra aleatoria de 2 ejemplares por convocatoria.

- Los documentos acreditativos de todas las solicitudes.

La referida eliminación se realizará en el archivo central a los quince años de la justificación de la subvención.

No se podrán eliminar aquellos expedientes que contengan actos que hayan sido recurridos, que sean objeto de alguna actuación administrativa especial o que correspondan a relaciones jurídicas.

ANEXO 3

Código: 262.

Denominación: Expedientes de recursos potestativos de reposición contra providencias de apremio.

Procedencia (Unidad Productora).

Organismo: Delegaciones Provinciales de la Consejería competente en materia de Hacienda.

Unidad: Servicio de Recaudación.

Fecha inicial: 1984. Fecha final: 2008.

Organismo: Agencia Tributaria de Andalucía (Servicios Centrales).

Unidad: Departamento de Aplicación de los Tributos/Unidad de Recaudación.

Fecha inicial: 2009. Fecha final: 2018.

Organismo: Agencia Tributaria de Andalucía/Coordinaciones Territoriales.

Unidad: Unidad de Recaudación.

Fecha inicial: 2009. Fecha final: 2018.

Organismo: Agencia Tributaria de Andalucía/Gerencias Provinciales.

Fecha inicial: 2018. Fecha final: —

Organismo: Agencia Tributaria de Andalucía.

Unidad: Oficinas Liquidadoras/ Oficinas de Información y Asistencia.

Fecha inicial: 202021. Fecha final: —

Resolución: Se podrá eliminar esta serie en su totalidad. La eliminación se llevará a cabo en el Archivo Central a los cinco años de la notificación de la resolución a la persona interesada.

No se podrán eliminar aquellos expedientes que hayan sido recurridos en instancias superiores, que sean objeto de alguna actuación administrativa especial o que correspondan a relaciones jurídicas vigentes. De los expedientes susceptibles de ser eliminados se realizará un muestreo consistente en la conservación de un expediente por año.

ANEXO 4

Código: 263.

Denominación: Expedientes de reclamaciones de tercerías de dominio y mejor derecho.

Procedencia (Unidad Productora).

Organismo: Delegaciones Provinciales de la Consejería competente en materia de Hacienda.

Unidad: Servicio de Recaudación.

Fecha inicial: 1984. Fecha final: 2009.

Organismo: Coordinaciones Territoriales y Departamento de Aplicación de los Tributos de la Agencia Tributaria de Andalucía.

Unidad: Unidad de Recaudación Ejecutiva/Unidad de Recaudación.

Fecha inicial: 2010. Fecha final: 2018.

Organismo: Gerencias Provinciales y Departamento de Aplicación de los Tributos de la Agencia Tributaria de Andalucía

Unidad: Servicio de Recaudación.

Fecha inicial: 2019. Fecha final: –

Resolución: Se podrá eliminar esta serie en su totalidad. La eliminación se llevará a cabo en el Archivo Central a los cinco años de la notificación de la resolución a la persona interesada.

No se podrán eliminar aquellos expedientes que hayan sido recurridos en instancias superiores, que sean objeto de alguna actuación administrativa especial o que correspondan a relaciones jurídicas vigentes. De los expedientes susceptibles de ser eliminados se realizará un muestreo consistente en la conservación de un expediente por año.

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