Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 54 de 21/03/2023

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública

Resolución de 1 de marzo de 2023, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de Andalucía la Fundación Canya S.O.S. Campo de Gibraltar.

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Visto el expediente por el que se solicita la inscripción de procedimiento de constitución en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la Fundación Canya S.O.S. Campo de Gibraltar sobre la base de los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Constitución de la fundación.

La Fundación Canya S.O.S. Campo de Gibraltar fue constituida en escritura de fecha 22.9.2022, otorgada ante don Felipe Díaz Barroso, Notario del Ilustre Colegio de Andalucía, registrada con el número 3305 de su protocolo.

Segundo. Fines.

Los fines de la fundación, de acuerdo con lo dispuesto en sus estatutos, son los siguientes:

«a) Defensa y protección de los animales (perros) por todos los medios legales posibles.

b) Servir de integración de las personas amantes de los animales y de plataforma impulsora de las actividades de aquellas en relación con su defensa y protección.

c) Fomento de los sentimientos a favor de los animales y de un trato cívico e impulsar el destierro de los hábitos de violencia y maltrato respecto a los mismos.

d) Promover acciones sociales y ante las administraciones públicas para que se legisle en el proteccionismo y cuidados animal y prestar su concurso, apoyo y colaboración constante a las autoridades para hacer respetar las leyes y disposiciones vigentes encaminadas a tal fin.

e) Dentro de los medios de la Asociación, dar acogida a los animales que se encuentren en especial situación de desamparo y buscar para los mismos una persona que los acoja, procurándoles una existencia digna.»

Tercero. Domicilio y ámbito de actuación.

El domicilio de la fundación ha quedado establecido en Cortijo Las Albutreras, apartado de correos 23, 11370 Los Barrios (Cádiz), y el ámbito de actuación, conforme dispone la norma estatutaria, se extiende principalmente al territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Cuarto. Dotación.

La dotación inicial de la fundación es de treinta mil euros (30.000,00 euros), íntegramente desembolsada por la entidad fundadora.

Quinto. Patronato.

Presidenta: Doña Eduvigis González Gavira.

Vicepresidenta: Doña Rosalía Méndez Micol.

Secretaria: Doña Verónica Posada Bandrés.

Vicesecretario: Don Antonio Javier González Gavira.

Tesorera: Doña Amanda Jane Buss.

Vocales: Doña Natalia Muñoz Umbría, doña Alba María Moreno Infante, doña Martina Ruiz Jiménez.

Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Resultan de aplicación para la resolución del procedimiento: el artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general; el artículo 79.2 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía; la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía; el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre; y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Segundo. La fundación ha sido constituida por personas legitimadas para ello, dándose cumplimiento a lo establecido en la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Tercero. La entidad que ha solicitado su inscripción registral responde a la definición de fundación del artículo 1 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, estando sus fines comprendidos dentro de la enumeración del artículo 3 de dicho texto legal.

Cuarto. De acuerdo con lo establecido en el artículo 49.2 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, la inscripción de las fundaciones requiere informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y suficiencia dotacional, habiendo obtenido al respecto un pronunciamiento favorable por parte del Protectorado de Fundaciones de Andalucía.

Quinto. La documentación aportada reúne los requisitos exigidos por los artículos 9, 11 y 12 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo.

Sexto. El procedimiento de inscripción ha sido tramitado de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía; y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Esta Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, a quien corresponde las funciones del Registro de Fundaciones de Andalucía, creado mediante el Decreto 279/2003, y todo ello de acuerdo con los artículos 1.i) y 11.5 del Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, vistos los preceptos legales citados y demás de pertinente aplicación,

RESUELVE

Primero. Clasificar a la Fundación Canya S.O.S. Campo de Gibraltar, atendiendo a sus fines, como entidad medioambiental, ordenando su inscripción en la sección quinta, «Fundaciones medioambientales», del Registro de Fundaciones de Andalucía, con el número CA - 1623.

Segundo. Inscribir en el Registro de Fundaciones de Andalucía el nombramiento de los miembros del patronato a que hace referencia el antecedente de hecho quinto de la presente resolución, así como la aceptación de los cargos.

Tercero. Ordenar la notificación de la presente resolución a los interesados y su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.5 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, ante la persona titular de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública.

Sevilla, 1 de marzo de 2023.- El Director General, Esteban Rondón Mata.

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