Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 55 de 22/03/2023

3. Otras disposiciones

Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional

Orden de 2 de marzo de 2023, por la que se autoriza el cambio de titularidad de varios centros docentes privados a favor de la Fundación Diocesana de Enseñanza Manuel Siurot.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00280284.

Visto el expediente tramitado a instancia de don Joaquín Sergio Sierra Cervera, facultado expresamente para ello como Director General de la Fundación Diocesana de Enseñanza Manuel Siurot, nueva entidad titular de los centros docentes privados de educación infantil, de educación primaria y de educación secundaria «Sagrado Corazón de Jesús», con código 21001971 y domicilio en Avda. Santa Marta, 82-B, de Huelva, del centro docente privado de formación profesional «Nuestra Señora de las Mercedes», con código 21000701 y domicilio en C/ María Auxiliadora, 32, de Bollullos Par del Condado (Huelva), y de los centros docentes privados de educación infantil y de educación primaria «San Juan Bautista», con código 21002793 y domicilio en C/ Pozo Nuevo, 14, de San Juan del Puerto (Huelva), por el que se solicita el cambio de titularidad de los mismos a favor de dicha entidad, según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio.

Resultando que los centros docentes privados de educación infantil, de educación primaria y de educación secundaria con código 21001971 tienen autorización administrativa para impartir, respectivamente, nueve unidades de segundo ciclo de educación infantil, dieciocho unidades de educación primaria, doce unidades de educación secundaria obligatoria, cuatro unidades de bachillerato (dos en la modalidad de Ciencias y tecnología y dos en la de Humanidades y ciencias sociales) y seis ciclos formativos de formación profesional de grado medio (dos de Gestión administrativa, uno de Comercio, que ha sido sustituido por el de Actividades comerciales mediante el Real Decreto 1688/2011, de 18 de noviembre, uno de Laboratorio, que ha sido sustituido por el de Operaciones de Laboratorio mediante el Real Decreto 554/2012, de 23 de marzo, y dos de Cuidados auxiliares de enfermería).

Resultando que el centro docente privado de formación profesional con código 21000701 tiene autorización administrativa para impartir un ciclo formativo de formación profesional de grado básico de Servicios administrativos y cuatro ciclos formativos de formación profesional de grado medio (uno de Instalaciones eléctricas y automáticas, uno de Comercio, que ha sido sustituido por el de Actividades comerciales mediante el Real Decreto 1688/2011, de 18 de noviembre, uno de Gestión administrativa y uno de Instalaciones de telecomunicaciones).

Resultando que los centros docentes privados de educación infantil y de educación primaria con código 21002793 tienen autorización administrativa para impartir, respectivamente, tres unidades de segundo ciclo de educación infantil y ocho unidades de educación primaria.

Resultando que, consultados los antecedentes obrantes en la Dirección General de Planificación, Centros y Enseñanza Concertada, aparece debidamente acreditada la titularidad de estos centros a favor del Obispado de Huelva.

Resultando que el Obispado de Huelva cede a la Fundación Diocesana de Enseñanza Manuel Siurot la titularidad de los mencionados centros, mediante acuerdos de cesión de titularidad de centros educativos elevados a público en escritura número mil ciento setenta y cuatro, otorgada en Huelva, a veintinueve de julio de dos mil veintidós, ante don Francisco Javier Maestre Pizarro, notario del Ilustre Colegio de Andalucía.

Vistos la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE del 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE del 4), de Educación; la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (BOE del 30), por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA del 26), de Educación de Andalucía; la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE del 2), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados, para impartir Enseñanzas de Régimen General, y demás normas de vigente aplicación.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Conceder el cambio de titularidad a los centros docentes privados de educación infantil, de educación primaria y de educación secundaria «Sagrado Corazón de Jesús» de Huelva, código 21001971, al centro docente privado de formación profesional «Nuestra Señora de las Mercedes» de Bollullos Par del Condado (Huelva), código 21000701, y a los centros docentes privados de educación infantil y de educación primaria «San Juan Bautista» de San Juan del Puerto (Huelva), código 21002793, que en lo sucesivo la ostentará la Fundación Diocesana de Enseñanza Manuel Siurot, que queda subrogada en la totalidad de los derechos y obligaciones que tuviera contraídas la entidad titular cedente, en relación a dichos centros, quedando todos ellos con la configuración de enseñanzas que se recoge en los resultandos anteriores.

Segundo. Del contenido de la presente orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Tercero. Dichos centros quedan obligados al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente orden.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 2 de marzo de 2023

PATRICIA DEL POZO FERNÁNDEZ
Consejera de Desarrollo Educativo 
y Formación Profesional
Descargar PDF