Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 56 de 23/03/2023

5. Anuncios

5.2. Otros anuncios oficiales

Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural

Anuncio de 13 de marzo de 2023, de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Almería, por el que se fija el día para efectuar el pago de la remesa núm. 1 de mutuos acuerdos, así como de los depósitos previos a la ocupación e indemnizaciones por rápida ocupación de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras del proyecto que se cita.

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EXPROPIACIONES

Pago de expediente de expropiación.

Obras: «Adecuación de la Agrupación de Vertidos de Mojácar (Almería)» clave: A6.304.1326/2111 y «Adecuación de la EDAR de Mojácar (Almería)» clave: A6.304.1326/2011.

Aprobado el expediente de expropiación, de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras de los proyectos de «Adecuación de la Agrupación de Vertidos de Mojácar (Almería)» clave: A6.304.1326/2111 y «Adecuación de la EDAR de Mojácar (Almería)» clave: A6.304.1326/2011, y hecho el libramiento para el abono de la remesa núm. 1 de mutuos acuerdos, así como de los Depósitos Previos a la Ocupación e Indemnizaciones por rápida ocupación relativos a los terrenos afectados, se cita a los propietarios que se relacionan para que comparezcan, ya sea personalmente o mediante representante debidamente autorizado, en los Ayuntamientos de los municipios donde radican los bienes afectados, el día y hora indicados, para el percibo de las cantidades que les correspondan en concepto de Depósitos Previos a la Ocupación y en su caso indemnizaciones por rápida ocupación, así como en concepto de mutuo acuerdo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49 del vigente Reglamento de Expropiación Forzosa de 26 de abril de 1957, e indicando que en el citado acto deberán presentar la siguiente documentación, salvo aquella que ya conste en el expediente:

1. Acreditar su personalidad (DNI, NIE o pasaporte).

2. En el supuesto de personas jurídicas deberá aportarse CIF, y copia compulsada de la Escritura de Constitución, así como DNI del representante legal, y acreditación de su nombramiento, inscrito en el Registro Mercantil, o el que proceda.

3. Título de propiedad referente a la finca afectada: a estos efectos, podrá acreditarse mediante presentación de:

- Certificación registral de dominio y cargas, de fecha actual.

- Escritura pública de propiedad y Nota Simple actual del Registro de la Propiedad.

- En caso de fincas no inscritas en el registro de la propiedad, título justificativo de su derecho completado con certificación negativa del Registro de la Propiedad referida a la misma finca.

4. Para aquellas fincas que consten en el expediente con un gravamen de hipoteca, deberán presentar justificante fehaciente de su cancelación para poder realizar el pago, en otro caso, se consignarán las cantidades en la Caja General de Depósitos a los efectos legales procedentes.

5. Certificado Bancario con código IBAN de la cuenta en la que deberá ser titular el beneficiario de dicho pago.

En caso de no presentar la citada documentación o de incomparecencia en el citado acto, la cantidad devengada será depositada en la Caja General de Depósitos de la Tesorería General de la Junta de Andalucía en Almería, conforme establece el artículo 50 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y 51 del Reglamento que la desarrolla, hasta su comparecencia en esta Delegación Territorial con la documentación solicitada y posterior comprobación de la titularidad.

Los propietarios que se citan, de no haberlo hecho con anterioridad, podrán solicitar el percibo de las cantidades que les corresponden mediante transferencia bancaria para lo cual, y al amparo del artículo 48.2 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, y el artículo 52 y siguientes del Decreto 197/2021, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento de la Tesorería General de la Junta de Andalucía y de la gestión recaudatoria, deberán ponerlo en conocimiento de esta Delegación Territorial, solicitándolo expresamente mediante escrito acompañado de la documentación citada anteriormente, que será presentado en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigiendo la misma a la Delegación Territorial de Almería de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural.

El acto de pago será público, y cualquier persona que se considere con mejor derecho podrá comparecer en el lugar, fecha y hora indicados, a formular las alegaciones que estime oportunas, para lo que deberá ir provista de los documentos en que fundamente su intervención.

La presente publicación se practica a los efectos previstos en el artículo 49 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa de 26 de abril de 1957 y, adicionalmente, de manera previa y complementaria a la publicación en el Boletín Oficial del Estado para los interesados en el procedimiento que sean desconocidos, se ignore el lugar de notificación así como para los que la notificación personal resulte infructuosa atendiendo a lo regulado en el artículo 41.1 Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía en relación con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Almería, 13 de marzo de 2023.- El Delegado, Antonio Bartolomé Mena Rubio.

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