Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 57 de 24/03/2023

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo, Cultura y Deporte

Acuerdo de 21 de marzo de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se declara Municipio Turístico al municipio de Palos de la Frontera (Huelva).

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El Estatuto de Autonomía para Andalucía establece en el artículo 71 que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de turismo, que incluye, en todo caso, la ordenación y la planificación del sector turístico. Asimismo, el artículo 37.1.14.º reconoce como uno de los principios rectores de las políticas públicas de la Comunidad Autónoma el fomento del sector turístico, como elemento económico estratégico de Andalucía.

La figura del Municipio Turístico en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía se encuentra regulada en los artículos 19 y 20 de la Ley 13/2011, de 23 de diciembre, del Turismo de Andalucía. Se considera Municipio Turístico, y como tal podrá solicitar su declaración, aquel que, no superando su población de derecho los cien mil habitantes, cumpla los requisitos que reglamentariamente se establezcan y entre los cuales figuran la población turística asistida, el número de visitantes y la oferta turística, así como un plan municipal de calidad turística que contemple las medidas de mejora de los servicios y prestaciones. La finalidad de la declaración de Municipio Turístico no es otra que promover la calidad en la prestación de los servicios municipales al conjunto de la población turística asistida mediante una acción concertada de fomento.

En desarrollo de la citada ley, se aprobó el Decreto 72/2017, de 13 de junio, de Municipio Turístico de Andalucía, el cual establece, en el Capítulo II, el procedimiento que ha de seguirse para la declaración Municipio Turístico y los efectos de la misma, así como las obligaciones de la Administración de la Junta de Andalucía y de los Municipios Turísticos declarados.

De conformidad con lo previsto en el artículo 4 del Decreto 72/2017, de 13 de junio, el Ayuntamiento de Palos de la Frontera solicitó, con fecha 4 de marzo de 2022, la declaración de Municipio Turístico ante la Delegación Territorial de Turismo en Huelva, acompañando la documentación requerida por el artículo 5 de dicha norma.

La documentación presentada por el Ayuntamiento de Palos de la Frontera acredita fehacientemente el cumplimiento de los requisitos para la declaración de Municipio Turístico de Andalucía, establecidos por el artículo 2 del Decreto 72/2017, de 13 de junio.

Concretamente, el municipio cumple con el requisito de población turística asistida, en su modalidad de Visitas Turísticas, acreditando el número de visitas turísticas en el principal recurso turístico del municipio, el Muelle de las Carabelas, que recibió 255.273 visitas durante el año 2019, superando ampliamente el requisito de un número de visitas superior en 5 veces al de la población municipal, estando repartida dicha afluencia en más de 30 días al año. Para ello, aporta Informe expedido por la Diputación Provincial de Huelva. En este sentido, la población oficial de Palos de la Frontera a 1 de enero de 2019 según datos del INE es de 11.289.

Asimismo, cuenta con una oferta e infraestructura turística suficiente para poder satisfacer las necesidades de la población turística asistida. El municipio de Palos de la Frontera destaca sobre todo por sus recursos turísticos naturales y patrimoniales. Es conocido mundialmente como la Cuna del Descubrimiento de América, puerto de partida de las tres naos capitaneadas por Cristóbal Colón, por lo que se encuentran numerosos lugares catalogados como «Sitio Histórico de los Lugares Colombinos».

Destaca el destino costero local de Mazagón, cuya gestión es compartida con el municipio de Moguer, del que pertenecen al término municipal de Palos de la Frontera las playas de Mazagón, Playa del Vigía, Playa Las Dunas y Playa de la Fontanilla.

En cuanto a la infraestructura turística, cuenta con Puerto Deportivo, 2 Oficinas de Turismo inscritas en el Registro de Turismo de Andalucía y alojamientos turísticos que suman 671 plazas.

El Plan de Calidad Turística de Palos de la Frontera fue aprobado en sesión ordinaria del Pleno el 29 de diciembre de 2021.

Por otro lado, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 del Decreto 72/2017, de 13 de junio, el municipio de Palos de la Frontera acredita cumplir dieciséis de los diecisiete elementos de valoración previstos en el citado artículo:

- Servicios públicos básicos que, según lo previsto en la normativa básica estatal sobre Régimen Local, preste el municipio respecto a la vecindad y a la población turística asistida, cuyo refuerzo se precise para satisfacer sus necesidades.

- Servicios específicos prestados por el municipio que tengan una especial relevancia para el turismo.

- Disponer de planes de accesibilidad para la supresión de barreras arquitectónicas, urbanísticas y de transporte.

- Inversiones previstas en el presupuesto municipal para la promoción e infraestructuras turísticas.

- Existencia de oficinas de turismo accesibles convenientemente señalizadas y equipadas.

- Existencia de recursos turísticos en el término municipal, declarados de interés turístico o de interés cultural.

- Plazas de alojamiento inscritas en el Registro de Turismo de Andalucía.

- Adopción de medidas de defensa y restauración del patrimonio cultural y urbano.

- Existencia de Ordenanzas Fiscales y de Medio Ambiente, en las que figuren debidamente recogidas medidas para la preservación de los valores medioambientales.

- Adopción de medidas tendentes a corregir las desigualdades entre mujeres y hombres, así como las adoptadas en materia de violencia de género, con incidencia en la actividad turística.

- Ubicación del término municipal, total o parcialmente, en alguno de los espacios naturales protegidos de Andalucía o sus Áreas de Influencia Socioeconómica.

- Adopción de medidas de protección y recuperación del entorno natural y del paisaje.

- Existencia de un planeamiento urbanístico que contemple las dotaciones de espacios libres y otras que cumplan las reservas mínimas previstas por la legislación urbanística, justificándose su incidencia sobre la población turística asistida.

- Actuaciones para potenciar la movilidad sostenible no motorizada o la motorizada basada en energías alternativas.

- Distintivos y certificaciones de calidad de los recursos y servicios turísticos que tenga el municipio.

- Oficinas municipales donde se facilite información a la población turística asistida sobre sus derechos como personas consumidoras y usuarias.

La Delegación Territorial de Turismo en Huelva, con fecha 16 de mayo de 2022, emite informe favorable sobre la oferta turística del municipio. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 8 del Decreto 72/2017, de 13 de junio, el Consejo Andaluz del Turismo, con fecha 21 de diciembre de 2022, informa favorablemente al respecto, al igual que hizo el Consejo Andaluz de Gobiernos Locales en su informe de 2 de diciembre de 2022, en el que indica que no formula observaciones al trámite previsto en el artículo 20.2 de la Ley 13/2011, de 23 de diciembre.

Emitidos los informes previos preceptivos y siendo estos favorables, la Secretaría General para el Turismo, con fecha 19 de enero de 2023, realiza la correspondiente propuesta de informe de la declaración del municipio de Palos de la Frontera como Municipio Turístico, para su elevación a la Comisión de Valoración que, reunida el 3 de marzo de 2023, emite informe favorable a la declaración del municipio de Palos de la Frontera como Municipio Turístico.

Instruido el procedimiento, se prescinde del trámite de audiencia en aplicación de lo dispuesto en el artículo 82.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Turismo, Cultura y Deporte, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.2 de la Ley 13/2011, de 23 de diciembre, y en el artículo 11 del Decreto 72/2017, de 13 de junio, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 21 de marzo de 2023,

ACUERDA

Primero. Declaración de Municipio Turístico.

Se declara Municipio Turístico de Andalucía al municipio de Palos de la Frontera, provincia de Huelva, con los efectos y obligaciones previstos en el Decreto 72/2017, de 13 de junio, de Municipio Turístico de Andalucía.

Segundo. Inscripción.

La declaración de Municipio Turístico de Andalucía de Palos de la Frontera será inscrita en el Registro de Turismo de Andalucía, de conformidad con lo previsto en su normativa reguladora.

Tercero. Notificación y publicación.

El presente acuerdo será notificado al municipio interesado en los términos y con los efectos previstos en el artículo 12.2 del Decreto 72/2017, de 13 de junio, y deberá ser publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Cuarto. Eficacia y vigencia.

El presente acuerdo surtirá efectos a partir de su notificación a la entidad interesada, de conformidad con lo establecido en el apartado anterior.

La declaración de Municipio Turístico de Andalucía tendrá vigencia indefinida, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 15.3 y en el Capítulo V del Decreto 72/2017, de 13 de junio, así como en el artículo 20.4 de la Ley 13/2011, de 23 de diciembre, del Turismo de Andalucía.

Sevilla, 21 de marzo de 2023

JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
CARLOS ARTURO BERNAL BERGUA
Consejero de Turismo, Cultura y Deporte
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