Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 57 de 24/03/2023

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública

Resolución de 21 de marzo de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se aprueba y da publicidad al formulario de solicitud de reconocimiento, extinción y modificación del crédito horario sindical.

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El artículo 68 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre; el 41 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; así como el 10.3 de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, otorgan un número de horas mensuales retribuidas a los representantes unitarios y sindicales de las personas trabajadoras, para el desempeño de manera eficaz y regulada de sus tareas de representación y defensa de los intereses de las mismas.

El Acuerdo de la Mesa General de Negociación Común del Personal Funcionario, Estatutario y Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía de 29 de octubre de 2012, regula los créditos y permisos sindicales en todos los ámbitos y sectores de la Administración de la Junta de Andalucía, en lo relativo a la representación unitaria y a la sindical, y en todos los regímenes jurídicos del personal, funcionario, estatutario y laboral.

Dicho Acuerdo establece que la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública es el órgano competente para el reconocimiento de los permisos para la realización de funciones sindicales, en el ámbito de la Administración General de la Junta de Andalucía y para la gestión de los permisos a tiempo completo de todos los sectores, reconocidos a las Organizaciones Sindicales representadas en la Mesa General.

Según lo dispuesto en el artículo 14.2.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas jurídicas estarán obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo.

El artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, ordena que cuando la Administración en un procedimiento concreto establezca expresamente modelos específicos de presentación de solicitudes, éstos serán de uso obligatorio por los interesados.

El Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía, determina en el artículo 6.3.f) que, entre otros, es un criterio de reducción de cargas y simplificación documental, la normalización documental, fundamentalmente de los formularios de solicitud, declaraciones responsables, comunicaciones, certificaciones y documentos de análogo carácter, diseñando modelos que faciliten y agilicen su cumplimentación, con los datos mínimos necesarios para identificar a la persona interesada y facilitando, cuando sea posible, su precumplimentación.

Por todo ello, se hace necesario la normalización del formulario de obligado cumplimiento, de solicitud de reconocimiento, extinción y modificación del crédito horario sindical, así como su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía a efectos informativos, según establece el artículo 12.9 del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre.

Esta Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, en el uso de sus competencias,

RESUELVE

Aprobar y publicar para su general conocimiento, la actualización del formulario de solicitud de reconocimiento, extinción y modificación del crédito horario sindical que se adjunta a la presente resolución.

El citado formulario se podrá obtener en el Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Junta de Andalucía, en la siguiente dirección electrónica:

https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/8069.html

Sevilla, 21 de marzo de 2023.- La Directora General, Natalia Silvia Márquez García.

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