Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 6 de 11/01/2023

3. Otras disposiciones

Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional

Resolución de 9 de diciembre de 2022, de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Sevilla, por la que se conceden subvenciones en el ámbito provincial a entidades locales para el desarrollo de programas socio-educativos de prevención, seguimiento y control del absentismo durante el curso 2022-2023.

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RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE DESARROLLO EDUCATIVO Y FORMACIÓN PROFESIONAL Y DE UNIVERSIDAD, INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN EN SEVILLA POR LA QUE SE CONCEDEN SUBVENCIONES EN EL ÁMBITO PROVINCIAL A ENTIDADES LOCALES PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS SOCIO-EDUCATIVOS DE PREVENCIÓN, SEGUIMIENTO Y CONTROL DEL ABSENTISMO DURANTE EL CURSO 2022-2023

ANTECEDENTES DE HECHOS

Primero. La Orden de la Consejería de Educación de 15 de abril de 2011 (BOJA de 17 de mayo de 2011), establece las Bases reguladoras para la concesión de subvenciones, entre otras, a entidades locales en materia de prevención, seguimiento y control del absentismo escolar (apartado e) del artículo único de la citada orden y el correspondiente Cuadro resumen). La Resolución de 23 de junio de 2022 (BOJA núm. 126, de 4 de julio de 2022), de la Dirección General de Atención a la Diversidad, Participación y Convivencia Escolar, por la que se efectúa la convocatoria para el curso 2022-23 (resuelve primero.1), en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva.

Resolución de 23 de junio de 2022 (BOJA núm. 126, de 4 de julio de 2022), de la Dirección General de Atención a la Diversidad, Participación y Convivencia Escolar, por la que se efectúa la convocatoria pública para la concesión de subvenciones a entidades públicas, asociaciones del alumnado y de padres y madres del alumnado y otras entidades privadas en materia de equidad, participación, mediación intercultural y absentismo escolar en Andalucía para el curso 2022-23 y se realiza la distribución territorial de los créditos correspondientes. Corresponde a esta línea de subvención, actuaciones de las entidades locales para la prevención, seguimiento y control del absentismo escolar mediante la aplicación de medidas de compensación educativa de las desigualdades, una cuantía total máxima de 120.923,35 euros €, desglosada en dos anualidades: 2022-89.643,35 euros y 2023-31.280,00 euros.

Segundo. 1. La Resolución de 23 de junio de 2022 (BOJA núm. 126, de 4 de julio de 2022), de la Dirección General de Atención a la Diversidad, Participación y Convivencia Escolar, realiza la distribución de créditos correspondiente a la convocatoria de subvenciones a entidades públicas, asociaciones de alumnado y de padres y madres del alumnado y otras entidades privadas en materia de equidad, participación, voluntariado, coeducación, mediación intercultural y absentismo escolar en Andalucía para el curso 2022-23; se establece para esta línea de subvención a la Delegación Territorial de Sevilla una cuantía que asciende a 120.923,35 €, en las partidas presupuestarias: 120002/0000/G/42F/46100/41/01. La persona titular de esta Delegación Territorial, con fecha 6 de septiembre de 2022, firmó el acuerdo de inicio del correspondiente expediente de gasto del procedimiento para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a entidades locales para la prevención, seguimiento y control del absentismo escolar mediante la aplicación de medidas de compensación educativa de las desigualdades.

2. Con fecha 21 de septiembre de 2022 se constituye la Comisión Evaluadora Provincial, de acuerdo a lo establecido en el cuadro resumen de la bases reguladoras de la Orden de 15 de abril de 2011, para esa línea de subvenciones (págs. 148 y siguientes del BOJA de 17 de mayo de 2011).

3. En el plazo establecido en la Resolución de 23 de junio de 2022 (BOJA núm. 126, de 4 de julio de 2022), que finalizaba el 25 de agosto 2022, se presentaron un total de 36 solicitudes, de las que 28 entidades fueron requeridas para proceder a la subsanación de su solicitud, conforme al artículo 13 de la Orden de 15 de abril de 2011. Este requerimiento de subsanación fue debidamente publicado en la página web de esta Delegación Territorial el 22 de septiembre de 2022 según lo dispuesto en el apartado 19 del Cuadro Resumen de las Bases reguladoras para esta línea de subvención, de la Orden de 15 de abril de 2011 (BOJA núm. 95, de 17 de mayo).

4. Con fecha 17 de octubre de 2022 la Comisión Evaluadora Provincial se reúne para el estudio y análisis de las entidades que han respondido o no al requerimiento de subsanación: 25 entidades han respondido correctamente al requerimiento de subsanación, 6 no han subsanado correctamente, 4 no han subsanado y 1 se presenta fuera de plazo.

La Comisión Evaluadora, en esta sesión, analiza y valora las 25 solicitudes correctas, teniendo en cuenta los criterios establecidos en el apartado 12.a) del Cuadro resumen para esa línea de subvención con la distribución correspondiente, aprobado todo ello por dicha Comisión Evaluadora y, como tal, quedó recogido en el Acta de esa reunión.

5. Con fecha 19 de octubre de 2022 se realiza la propuesta provisional de resolución, en base a lo que se recoge en el artículo 15 de las bases reguladoras de la orden citada y el apartado 13 del cuadro resumen. En ella figuraban, por un lado, en el Anexo I, las entidades locales beneficiarias provisionales con la cuantía de la subvención propuesta. Por otro lado, en el Anexo II, se relacionaban las entidades excluidas, declarándose el archivo de sus solicitudes, según lo dispuesto en el artículo 13.3 de la Orden de 15 de abril de 2011 (BOJA núm. 95, de 17 de mayo).

6. En esa propuesta provisional de resolución de la Comisión Evaluadora, y en los términos especificados en el artículo 17 de las Bases reguladoras de la Orden de 15 de abril de 2011, se concedió, un plazo de 10 días a partir de su publicación en la web, para que las entidades locales beneficiarias provisionales presenten el formulario-Anexo II junto a la documentación señalada en el apartado 15 del Cuadro resumen para esta línea de subvención y en la Resolución de 23 de junio de 2022 (BOJA núm. 126, de 4 de julio de 2022) de Convocatoria para el curso 2022-23.

7. Finalizado el plazo antes señalado, la Comisión Evaluadora Provincial se reunió el 7 de noviembre de 2022 y se procedió a la comprobación de la documentación presentada por las distintas entidades, proponiéndose las 15 entidades locales beneficiarias definitivas con la subvención concedida, así como las entidades locales que han sido desestimadas por no haber presentado la documentación solicitada en la propuesta provisional, pasando a ser entidades excluidas del procedimiento.

8. A la vista de la misma, se formuló, tal como se recoge en el artículo 18 de las Bases reguladoras de la orden citada y el apartado 13 del Cuadro resumen, la propuesta definitiva de resolución como consecuencia del acta de la comisión evaluadora con fecha 19 de noviembre de 2022. En la propuesta definitiva de resolución emitida por las Comisión Evaluadora figuraban en el apartado primero, las entidades locales beneficiarias definitivas y suplentes, el presupuesto aceptado y la subvención concedida. También figuraban en el apartado segundo, las entidades consideradas como excluidas por haber presentado de modo incorrecto, la reformulación y aportación de documentación según lo establecido en el artículo 17 de la Orden 15 de abril de 2011 (BOJA núm. 95, de 17 de mayo).

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Régimen Jurídico aplicable con carácter general.

Es de aplicación lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de acuerdo con lo establecido en su disposición final primera, desarrollado por su Reglamento aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; en el Título VII del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo; la vigente Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Decreto 282/2010, de 4 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas; Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como otras disposiciones de obligado cumplimiento.

Segundo. Regulación aplicable de carácter específico.

1. La Ley 9/1999, de 18 de noviembre, de Solidaridad en la Educación, en la que se establece que la Consejería de Educación garantizará el desarrollo de programas de compensación educativa y social en la lucha contra el absentismo escolar, y consolidará el compromiso con la igualdad de oportunidades. También, en su artículo 19.1, determina que la Administración de la Comunidad Autónoma adoptará medidas que faciliten que el alumnado cuyas familias se dediquen a tareas agrícolas de temporada o profesiones itinerantes permanezca escolarizado en los centros docentes de su localidad de origen para favorecer un proceso educativo sin interrupciones.

2. El Decreto 167/2003, que desarrolla la ley citada, ordena la atención educativa a los alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales, asociadas a condiciones sociales desfavorecidas y dispone la colaboración con entidades sin ánimo de lucro en planes y programas de lucha contra el absentismo escolar.

3. La resolución del Parlamento Andaluz, en la sesión celebrada los días 25 y 26 de junio de 2003, en la que tomó el Acuerdo de instar al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía a elaborar un Plan Integral de Lucha contra el Absentismo Escolar. Así como el Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, de 25 de noviembre de 2003, que aprobó el Plan Integral para la Prevención, Seguimiento y Control del Absentismo Escolar y la Orden de 19 de septiembre de 2005 que desarrolla determinados aspectos del citado Plan Integral, entre ellos la elaboración de los correspondientes Planes Provinciales de Absentismo escolar.

4. El Decreto 124/2014, de 2 de septiembre, por el que se aprobó el III Plan Integral para la Inmigración, entre cuyos objetivos está el de asegurar el acceso, en condiciones de igualdad y equidad de la población extranjera, a la educación, con medidas de promoción de proyectos de intervención socio-educativa para la prevención del absentismo escolar dirigidos a garantizar la inclusión social de los sectores de la población más desfavorecidos.

5. La orden de la Consejería de Educación de 15 de abril de 2011 (BOJA núm. 95, de 2011), establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro en materia de absentismo escolar (apartado 1.e) del artículo único de la citada orden. Así como la Resolución de 6 de julio de 2021 (BOJA núm. 135, de 15 de julio de 2021), de la Dirección General de Atención a la Diversidad, Participación y Convivencia Escolar por la que se efectúa la convocatoria para el curso 2021-2022 (resuelve primero.1, Línea 4), en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva.

6. El Informe de Gabinete Jurídico DEPI00081/15, de 10 de noviembre de 2015, sobre terminación convencional del procedimiento de concesión de subvenciones, solicitado por la antes Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Sevilla, ante la aparente contradicción existente entre distintos apartados de la Orden de 15 de abril de 2011 sobre la terminación convencional del procedimiento, que concluye considerando que «las bases excluyen la posibilidad de terminación convencional para el procedimiento de concesión de ayudas de que aquí se trata, al resultar ello de manera expresa del artículo 20 de dichas bases en relación con el apartado 18 de los cuadros resúmenes a los que remite ese precepto».

7. Son de aplicación el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías; Decreto del Presidente 13/2022, de 8 de agosto, por el que se modifica el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías; Decreto 154/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, así como la Orden de 7 de noviembre de 2019, por la que se delegan competencias en diversos órganos de la Consejería.

8. Según lo establecido en el artículo 15 de las Bases reguladoras de la Orden de 15 de abril de 2011 y en el apartado 13 del correspondiente Cuadro resumen para la línea de subvención de entidades locales para la prevención, seguimiento y control del absentismo escolar, la persona competente para resolver la concesión de las ayudas es la Delegada Territorial de Educación y Deporte, por delegación del Consejero de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía, y por tanto

RESUELVE

Primero. Conceder a las entidades que se relacionan en el Anexo I de la presente resolución las ayudas económicas cuyo importe se indica, y para los proyectos que se relacionan.

Segundo. Considerar como desestimadas las entidades relacionadas en el Anexo II, por los motivos que se mencionan.

Tercero. De acuerdo con lo recogido en la orden citada, las entidades que figuran en el Anexo I llevarán a cabo en sus proyectos las actividades que tendrán como objeto la consecución de aspectos relacionados con la prevención, seguimiento y control del absentismo escolar en centros docentes sostenidos con fondos públicos. Para ello, se les ha concedido una subvención, que figura como presupuesto aceptado en el citado anexo y, con ese fin, realizarán actuaciones encaminadas a la promoción de las siguientes medidas, tal como queda recogido en el apartado 2.a) del cuadro resumen de las bases reguladoras para esta línea de subvención (pág. 148, del BOJA de 17.5.2011):

- Permanencia del alumnado de familias dedicadas a tareas laborales de temporada o a profesiones itinerantes en las localidades y centros docentes de origen durante todo el curso escolar, para garantizar un proceso educativo sin interrupciones, así como al colectivo del alumnado inmigrante que pudiera estar afectado.

- Colaboración con los centros docentes de la localidad en el seguimiento escolar del alumnado para evitar el absentismo y reforzar su asistencia y permanencia en el sistema educativo.

- Identificar al alumnado que presente indicadores de riesgo de absentismo, al objeto de prevenirlo.

- Control y seguimiento del cumplimiento de la escolarización obligatoria con objeto de garantizar el derecho a la educación de todo el alumnado.

- Atención del alumnado fuera del horario lectivo mediante la organización de actividades socio-educativas e iniciativas que sean necesarias.

- Atención en las localidades de destino de los escolares que se desplacen temporalmente por motivos laborales de los padres y madres.

- Plena incorporación del alumnado inmigrante y de sus familias en el entorno escolar y social.

Cuarto. Las distintas entidades locales, objeto de subvención, llevarán a cabo las siguientes actuaciones:

HERRERA

Proyecto: «Plan estratégico de prevención del absentismo escolar».

Finalidad: Establecer un proceso mediante el cual se faciliten respuestas globalizadas para la prevención y erradicación del absentismo escolar, garantizando la continuidad y regularización de la escolarización en periodo obligatorio, y fomentando a su vez el interés por la formación postobligatoria a nivel de todo el alumnado y positivando los factores de riesgo de la población estudiantil inmigrante.

Actividades:

1. Campaña de sensibilización .

2. Mesa local de prevención en la infancia.

3. Integración activa: «Un/a Herrereño/a más».

4. Programa de televisión local: «Una ventana a la escuela».

5. Cuentacuentos: «La ardilla perezosa» .

6. Escuela de familia: «Paternalidad positiva».

7. Aula de desarrollo personal y estudio.

8. Aula de apoyo a la lectura.

9. Aula de adaptación lingüística.

10. Aula de refuerzo escolar.

Municipio y Centros de actuación:

Herrera: CEIP Nuestra Señora de los Dolores e IES Herrera.

Periodo de ejecución: 1 de octubre de 2022-30 de junio de 2023.

Gastos:

ACTIVIDAD CONCEPTO COSTE 
UNITARIO COSTE 
TOTAL
1. Campaña de sensibilización. - Edición de cartelería, 
dípticos y guías informativas
 (reprografía)

- Material fungible, papel, tóner. 450,00



150,00 450,00



150,00
Coste total de la actividad 600,00
2. Mesa local de prevención en la infancia. - Material fungible(carpetas, 
bolígrafos, lápices, rotuladores,
 folios), tóner y reprografía. 150,00 150,00
Coste total de la actividad 150,00
3. Integración activa: «Un/a 
Herrereño/a más» . Monitor 9h a 42,5 euros/hora
(16/01/2023 a 27/02/2023)

- IRPF 15% (9h a 7,5 euros/h)


- Material fungible (carpetas, 
bolígrafos, lápices, rotuladores,
 folios), tóner y reprografía.
 42,50


7,50



60,00 382,50


67,50



60,00
Coste total de la actividad 510,00
4. Programa de televisión local: «Una 
Ventana a la escuela» . - Material audiovisual 
no inventariable, pendrives y
 material fungible.


-Material reprografía y tóner.
 200,00


100,00 200,00


100,00
Coste total de la actividad 300,00
5. Cuentacuentos: «La ardilla perezosa». - Factura Grupo de Teatro: 
12 sesiones una por curso)

- Material fungible, tóner. 70,00


30,00 840,00


30,00
Coste total de la actividad 870,00
6. Escuela de familia: «Paternalidad
 Positiva». Monitor 15h a 42,5 euros/hora
- Nóminas(08/03/2023 a 26/05/2023)

- IRPF 15% (9h a 7,5 euros/h)
 


42,50


7,50



 737,50


112,50
Coste total de la actividad 850,00
7. Aula de desarrollo personal y estudio. Monitor 120h a 17 euros/coste hora
Del 01/11/2022 a 30/06/2023)

- IRPF 15% (9h a 7,5 euros/h)

- Material fungible (carpetas, cuadernos de trabajo, témperas, cartulinas, bolígrafos, lápices...), tóner y reprografía.
 
17,00


3,00


120,00 2.042,00


360,00


120,00
Coste total de la actividad 2.520,00
8. Aula de apoyo a la lectura. Monitor 120h a 17 euros/hora
Del 01/11/2022 a 30/06/2023)

- IRPF 15% (9h a 7,5 euros/h)

- Material fungible (carpetas,
 Cuadernos de trabajo, témperas, cartulinas, bolígrafos, lápices...), tóner y reprografía.
 
17,00


3,00


120,00 2.042,00

360,00


120,00
Coste total de la actividad 2.520,00
9. Aula de adaptación lingüística. Monitor 120h a 17 euros/hora
Del 01/11/2022 a 30/06/2023)

- IRPF 15% (9h a 7,5 euros/h)

- Material fungible (carpetas, cuadernos de trabajo, témperas, cartulinas, bolígrafos, lápices...), tóner y reprografía.
 
17,00


3,00


120,00 2.042,00

360,00


120,00
Coste total de la actividad 2.520,00
10. Aula de refuerzo escolar. Monitor 120h a 17 euros/hora
Del 01/11/2022 a 30/06/2023)

- IRPF 15% (9h a 7,5 euros/h)

- Material fungible (carpetas,
 Cuadernos de trabajo, témperas, cartulinas, bolígrafos, lápices...), tóner y reprografía.
 
17,00


3,00


120,00 2.042,00

360,00


120,00
Coste total de la actividad 2.520,00
COSTE TOTAL PROYECTO 13.360,00

Presupuesto aceptado: 13.360 €

Subvención concedida: 13.360 €

Porcentaje: 100%

ISLA MAYOR

Proyecto: Prevención del absentismo escolar y fomento de la igualdad y la integración social.

Finalidad: Prevenir y disminuir el absentismo escolar de nuestro municipio a través de la colaboración conjunta de los cuatro centros educativos que tenemos entre Isla Mayor y su núcleo de población dependiente, Poblado Alfonso XIII, los Servicios Sociales comunitarios, las Fuerzas de Seguridad Local, Las Asociaciones de Madres y Padres, Los Concejales/as Delegados/as de Educación, así como cualquier otro agente social implicado.

Actividades:

Actividad 1. Campaña de sensibilización y prevención dirigida a la población general.

Actividad 2. Identificación del alumnado con indicadores de riesgo.

Actividad 3. Actividades socioeducativas dirigidas al alumnado.

Actividad 4. Actividades socioeducativas dirigidas a las familias.

Municipio y Centros de actuación:

Isla Mayor: IES Lago Ligur; CEIP Florentina Bou; CEIP Félix Hernández.

Poblado Alfonso XIII: CEIP Nuestra Sra. del Carmen.

Periodo de ejecución: 9.1.2023 a 9.6.2023.

Gastos:

ACTIVIDAD CONCEPTO COSTE 
UNITARIO COSTE 
TOTAL
1. CAMPAÑA DE SENSIBILIZACIÓN/ 
PREVENCIÓN DIRIGIDA A LA 
POBLACIÓN GENERAL. Sueldo: 15,48 euros/hora
10 horas/mes
6 meses

7,45 euros/h/mes 154,80



74,50 928,80



447,00
Coste total de la actividad 1.375,80
2.IDENTIFICACIÓN E INTERVENCIÓN DEL ALUMNADO CONINDICADORES DE RIESGO Sueldo: 15,48 euros/hora
20 horas/mes
6 meses

7,45 euros/h/mes 309,60



149,00 1.857,60



894,00
Coste total de la actividad 2.751,60
3.ACTIVIDADES SOCIOEDUCATIVAS
 DIRIGIDAS AL ALUMNADO Sueldo: 15,48 euros/hora
30 horas/mes
6 meses

7,45 euros/h/mes 464,40



223,50 2.786,40


1.341,00
Coste total de la actividad 4.127,40
4.ACTIVIDADES SOCIOEDUCATIVAS
 DIRIGIDAS A LAS FAMILIAS Sueldo: 15,48 euros/hora
20 horas/mes
6 meses

7,45 euros/h/mes 309,60



149,00 1.857,60



894,00
Coste total de la actividad 2.751,60
MATERIAL DIDÁCTICO PARA ACTIVIDADES 100,00 100,00
Coste 100,00
COSTE TOTAL PROYECTO 11.106,40

Presupuesto aceptado: 11.106,40 €

Subvención concedida: 11.106,40 €

Porcentaje: 100%

VILLAVERDE DEL RÍO

Proyecto: Prevención, Seguimiento y Control del Absentismo Escolar y Atención al Alumnado Inmigrante.

Finalidad:

Desarrollar medidas de acompañamiento escolar, actividades extraescolares y otras que inciden positivamente en la prevención del absentismo escolar.

Facilitar la asistencia escolar e integración social del alumnado inmigrante para prevenir situaciones de desventaja o exclusión de este colectivo.

Sensibilizar a las familias mediante campañas de escolarización, especialmente en la etapa de educación infantil.

Colaborar con los centros docentes de la localidad en la prevención y control del absentismo escolar.

Actividades:

1. Prevención, control y seguimiento del absentismo escolar.

2. Actividades en horario extraescolar.

3. Acciones de sensibilización.

4. Coordinación con otros agentes locales.

Municipio y Centros de actuación:

Villaverde del Río: CEIP Nuestra Señora de Aguas Santas; CEIP Alpesa e IES Pepe Ruiz Vela.

Periodo de ejecución: 1.9.2022-31.7.2023.

Gastos:

ACTIVIDAD CONCEPTO COSTE 
UNITARIO COSTE 
TOTAL
1. PREVENCIÓN, CONTROL Y
 SEGUIMIENTO DEL ABSENTISMO ESCOLAR Sueldo: 10 horas/mes
9 meses (octubre 2022-junio-2023)

Coste Seguridad Social 
566,67


200,00 5.100,00



1.800,00
Coste total de la actividad 6.900,00
2. ACTIVIDADES EN HORARIO
 EXTRAESCOLAR Material escolar y material taller
 de apoyo (cuadernos, bolígrafos,
 reglas, lápices colores…)
Cuadernillo de actividades
Material fungible de taller de 
apoyo (folios, lápices, rotuladores,
 Libretas…) 200,00

200,00

150,00 200,00

200,00

150,00
Coste total de la actividad 550,00
COSTE TOTAL PROYECTO 7.450,00

Presupuesto aceptado: 7.450 €

Subvención concedida: 6.900 €

Porcentaje: 92,62%

Cofinanciación y otras aportaciones: 550 €

VILLANUEVA DE SAN JUAN

Proyecto: Programa de atención socioeducativa/compensatoria y apoyo escolar para la prevención seguimiento y control del absentismo escolar así como la atención al alumnado inmigrante en el curso escolar 2022-2023.

Finalidad: realizar actuaciones que garanticen una escolarización plena y atención de los/as menores en edad escolar del municipio, priorizando la especial atención a aquellos colectivos más vulnerables, hijos-as de familias desfavorecidas socio-culturalmente y de familias emigrantes temporeras, así como la atención del alumnado inmigrante que con motivo de campañas agrícolas se instalase en el municipio. que permitan paliar las carencias y necesidades detectadas en el proceso de escolarización.

Actividades:

1. Programa de atención socioeducativa/compensatoria y apoyo escolar para la prevención seguimiento y control del absentismo escolar así como la atención al alumnado inmigrante en el curso escolar 2022-23.

Municipio y Centros de actuación:

Villanueva de San Juan: CEIP Nuestra Sra. del Rosario e IES Flavio Irnitano.

Periodo de ejecución: 12.9.2022 a 23.6.2023 (adaptados a las necesidades de alumnado/campañas/centros educativos durante 4 meses)

Gastos:

ACTIVIDAD CONCEPTO COSTE 
UNITARIO COSTE 
TOTAL
1. PROGRAMA DE ATENCIÓN SOCIOEDUCATIVA/COMPENSATORIA Y APOYO ESCOLAR Monitor (20h/semana 
Durante 4 meses)
- Salario bruto/mes durante
 4 meses.
- Salario neto mensual
-Seguros sociales/mes durante
 4 meses. 
554,25

507,70

195,75 2.217,00



783,00
Coste total de la actividad 3.000,00
COSTE TOTAL PROYECTO 3.000,00

Presupuesto aceptado: 3.000 €

Subvención concedida: 3.000 €

Porcentaje: 100%

PRUNA

Proyecto: «Todos los menores dentro del aula»

Finalidad: Actuaciones que garanticen una escolarización plena, continuada y sin interrupciones de los menores en edad escolar del municipio, prestando especial atención a aquellos colectivos más vulnerables de la localidad y a familias inmigrantes-emigrantes temporeras, debido a en estos colectivos inciden diversos factores (Laborales, culturales, familiares,...) que dificultan una normal escolarización de los menores.

Actividades:

1. Mesa de trabajo por centro en materia de absentismo.

2. Programa de sensibilización «El valor de la Educación para el desarrollo personal».

3. Actividades socioeducativas y/o de carácter compensatorio y de apoyo escolar.

4. Actividades y control de asistencia.

5. Reuniones municipales en materia de absentismo escolar.

Municipio y Centros de actuación:

Pruna: CEIP Maestro CEIP La Inmaculada e IES Maestro José Zamudio.

Periodo de ejecución: 1.1.2023 a 30.6.2023.

Gastos:

ACTIVIDAD CONCEPTO COSTE 
UNITARIO COSTE 
TOTAL
1.PROGRAMA DE INTERVENCIÓN
 «TODOS LOS MENORES DENTRO
 DE LAS AULAS» Monitor absentismo escolar
 (6 MESES: Del 1/01/2023 al 
30/06/2023

- Salario bruto/mes


-Seguros sociales/mes 
753,30



246,70
4.519,80


1.480,20
Coste total de la actividad 6.000,00
COSTE TOTAL PROYECTO 6.000,00

Presupuesto aceptado: 6.000 €

Subvención concedida: 6.000 €

Porcentaje: 100%

ALGÁMITAS

Proyecto: Programa de atención socioeducativa/compensatoria y apoyo escolar para la prevención seguimiento y control del absentismo escolar así como la atención al alumnado inmigrante en el curso escolar 2022-2023.

Finalidad:

- Propiciar la permanencia del alumnado perteneciente a familias emigrantes temporeras e inmigrantes en su medio, con actuaciones de coordinación e implicación de todas las áreas que prevengan situaciones de absentismo-fracaso-rendimiento escolar.

- Colaborar con los Centros Educativos en el seguimiento escolar del alumnado para evitar el absentismo , reforzar su asistencia y permanencia en el sistema educativo.

- Prevenir y abordar los casos de absentismo, apoyando a los equipos educativos en el tratamiento de los mismos y realizando el seguimiento de los planes de intervención educativa que desarrollen.

- Intervenir con el alumnado que presente indicadores de riesgo de absentismo, sensibilizando, responsabilizando y apoyando a las familias que se impliquen en el proceso socio-educativo.

- Establecer las estrategias y recursos que posibiliten la detección de las situaciones de absentismo y la puesta en marcha de los mecanismos que erradiquen el absentismo y el abandono prematuro del sistema educativo del alumnado.

- Crear un espacio socio-educativo fuera del horario lectivo mediante la organización de actividades socioeducativas y de apoyo escolar que permita paliar las carencias y necesidades detectadas en el proceso de escolarización y de incorporación social .

- Favorecer la conciliación laboral de los padres/madres con necesidad de desplazarse para desarrollar la actividad laboral.

Actividades:

1. Actuaciones socioeducativas y/o de carácter compensatorio y apoyo-refuerzo.

2. Seguimiento y control de la asistencia escolar.

3. Reuniones municipales en materia de absentismo escolar/ mesas de trabajo.

4. Actividades lúdicas- deportivas y culturales. Ludoteca.

5. Actividades de ocio y tiempo libre (excursiones-salidas-conocimiento del entorno. Reciclaje, cuidado del medioambiente...).

Municipio y Centros de actuación:

Algámitas: CEIP Andalucía Francisco Soria e IES Flavio Irnitano.

Periodo de ejecución: 12.9.2022-23.6.2023.

Gastos:

ACTIVIDAD CONCEPTO COSTE 
UNITARIO COSTE 
TOTAL
PROGRAMA ATENCIÓN SOCIOEDUCATIVA/
COMPENSATORIA Y APOYO ESCOLAR PARA 
LA PREVENCIÓN, SEGUIMIENTO Y 
CONTROL DEL ABSENTISMO ESCOLAR 
ASÍ COMO ALUMNADO INMIGRANTE EN 
EL CURSO ESCOLAR 2022-23 Monitor absentismo escolar
 (4 MESES: Del 1/01/2023 al 
30/06/2023

- Salario bruto/mes
-Seguros sociales/mes
- Salario neto/mes 
554,25


195,75
507,70 2.217,00

783,00
Coste total de la actividad 3.000,00
COSTE TOTAL PROYECTO 3.000,00

Presupuesto aceptado: 3.000 €

Subvención concedida: 3.000 €

Porcentaje: 100%

EL SAUCEJO

Proyecto: Prevención absentismo El Saucejo.

Finalidad:

- Sensibilizar e implicar a las familias en la importancia de la enseñanza de sus hijos e hijas, haciendo hincapié en el hecho de que la consecución de un título educativo es primordial para alcanzar la igualdad entre hombres y mujeres.

-Coordinar e implicar a todas las áreas socioeducativas para prevenir situaciones de absentismo, fracaso y rendimiento escolar.

- Prevenir y abordar los casos de absentismo escolar, apoyando a los equipos educativos en la intervención y seguimiento de los planes que sedesarrollen.

- Establecer estrategias y recursos que posibiliten la detección de casos de absentismo e impulsar los mecanismos de erradicación de la desescolarización, absentismo y abandono prematuro del sistema educativo.

- Crear un espacio socioeducativo dirigido a los alumnos y alumnas absentistas que permita paliar carencias y necesidades en el proceso de escolarización.

Actividades:

1. Colaboración con el CEIP y el IES de la localidad en el seguimiento escolar del alumnado.

2. Actividades socioeductivas y de convivencia.

Municipio y Centros de actuación:

El Saucejo: CEIP Los Sauces e IES Flavio Irnitano.

Periodo de ejecución: 2.11.2022-30.6.2023

Gastos:

ACTIVIDAD CONCEPTO COSTE 
UNITARIO COSTE 
TOTAL
1. COLABORACIÓN CON EL CEIP Y EL IES DE LA LOCALIDAD EN EL SEGUIMIENTO ESCOLAR DEL ALUMNADO. MONITOR (4h durante 7 meses)
Sueldo bruto: (2 noviembre-22
 a 30 junio 2023)

Coste Seguridad Social

Material fungibles (folios, pegamento,
libreta, cintas, pinturas dedo, etc.)
materiales fotocopiables (fichas)
 
655,00


250,29


 5.240,00



2.002,22
Coste total de la actividad 7.592,32
2. ACTIVIDADES SOCIOEDUCTIVAS Y DE CONVIVENCIA MONITOR (4h durante 7 meses)
Sueldo bruto: (2 noviembre-22
 a 30 junio 2023)

Coste Seguridad Social

Material fungibles (folios, pagmenteo
libreta, cintas, pinturas dedo, etc.)
materiales fotocopiables (fichas)
 
655,00


250,29


 5.240,00



2.002,22
Coste total de la actividad 7.592,32
COSTE TOTAL PROYECTO 15.184,64

Presupuesto aceptado: 15.184,64 €

Subvención concedida: 15.184,64 €

Porcentaje: 100%

ESTEPA

Proyecto: Tod@s educamos.

Finalidad:

- Detectar las problemáticas, estudiar y valorar las medidas de actuación a aplicar.

- Mantener las actuaciones de acercamiento a los padres/madres al centro, con canales de comunicación efectivos para evitar el abandono y el absentismo escolar.

- Mantener el control policial en las inmediaciones de los cenntros educativos en horario escolar.

- Favorecer el desarrollo personal, familiar y social de estos menores en riesgo.

- Desarrollar una programación que potencie un a utilización saludable de ocio y tiempo libre para un desarrollo integral del menor.

- Fortalecer la campaña de concentración que fomente la importancia de la educación de cara a las posibilidades de futuro.

- Consolidar las pautas de coordinación e intercambio de información entre los agentes sociales implicados en cada caso.

Actividades:

1. Campaña sobre el derecho a la educación.

2. Ante la expulsión.

3. Taller socioeducativo.

Municipio y Centros de actuación:

Estepa: IES Aguilar y Cano e IES Ostippo.

Periodo de ejecución: 1.9.2022-30.6.2023

Gastos:

ACTIVIDAD CONCEPTO COSTE 
UNITARIO COSTE 
TOTAL
1. CAMPAÑA SOBRE EL DERECHO A LA EDUCACIÓN…. PREMIOS A CARTELES:
1.er PREMIO
2.º PREMIO
3.er PREMIO

ANUNCIO PUBLICITARIO
 RADIO LOCAL (cuña diaria
 22 h/20días/mes/4 meses)
 50,00

30,00

20,00


22,00 100,00


1.760,00
Coste total de la actividad 1.860,00
2. ANTE LA EXPULSIÓN FORMACIÓN JÓVENES 
MENTORES DE ENERO A JUNIO 2023
6 sesiones IES Ostippo
6 sesiones IES Aguilar y Cano
112,50 euros/sesión//12 sesiones

Material fungible (cartulinas,
 pintura, tela)
 
112,50 


200,00 

1.350,00

200,00
Coste total de la actividad 1.550,00
3. TALLER SOCIOEDUCATIVO ACT. PIENSA Y ACTÚA

4 Monitores/10 horas/
20 euros/hora

PLANTACIÓN DE PINOS
150 plantones/1,50 (IVA inc.)

Autobús excursión Parque
 Acuático 20,00


1,50



525,00 800,00


225,00
525,00
Coste total de la actividad 1.550,00
COSTE TOTAL PROYECTO 4.960,00

Presupuesto aceptado: 4.960,00 €

Subvención concedida: 4.960,00 €

Porcentaje: 100%

AGUADULCE

Proyecto: Proyecto de prevención y control del absentismo escolar

Finalidad:

1. Potenciar una mayor coordinación e implicacion entre entidades involucradas en la prevención de absentismo escolar.

2. Concienciar y sensibilizar a padres, madres y alumnado de la importancia del derecho y deber de la obligatoriedad escolar hasta los 16 años.

3. Prevenir posibles casos de absentismo escolar así como el abandono prematuro del sistema educativo.

4. Asegurar la integración escolar y social del alumnado de familias inmigrantes, así como el resto de familias.

5. Atender y ofrecer al alumnado fuera del horario lectivo; actividades y talleres educativos, culturales y de ocio y tiempo libre.

Actividades:

1. Participación en comisiones locales y técnicas.

2. Taller de refuerzo educativo y apoyo escolar.

3. Sesiones de información, orientación y asesoramiento a familias.

4. Ludoteca.

Municipio y Centros de actuación:

Aguadulce: CEIP José Páez Moriana.

Periodo de ejecución: 1.10.2022-30.6.2023

Gastos:

ACTIVIDAD CONCEPTO COSTE 
UNITARIO COSTE 
TOTAL
1. TALLER DE REFUERZO 
EDUCATIVO Y APOYO ESCOLAR. 1 MONITOR/A (TITULACIÓN:
DIPLOMADO Y/O GRADO MAGISTERIO)
DURACIÓN: 2 MESES
NÚM. HORAS DEDICACIÓN AL MES: 80 HORAS
Salario bruto
Seguros sociales/cuota patronal

MATERIAL FUNGIBLE (TONER, FOLIOS, 
CARPETAS, LÁPICES, GOMAS...) 


677,62

222,38

180,00 



1355,24

444,76

180,00
Coste total de la actividad 1.980,00
2. LUDOTECA 1 MONITOR/A (TITULACIÓN :
DIPLOMADO Y/O GRADO MAGISTERIO)
DURACIÓN: 2 MESES
NÚM. HORAS DEDICACIÓN AL MES: 80 HORAS
Salario bruto
Seguros sociales/cuota patronal

MATERIAL FUNGIBLE (cartulinas,
 pinturas, folios, tóner, lápices, 
rotuladores, gomas, papel continuo...) 


677,62

222,38

180,00 



1355,24

444,76

180,00
Coste total de la actividad 1.800,00
Cofinanciación y otras aportaciones 360,00
COSTE TOTAL PROYECTO 3.960,00

Presupuesto aceptado: 3.960,00 €

Subvención concedida: 3.600,00€

Porcentaje: 90,90%

Cofinanciación y otras aportaciones: 360,00€

LAS CABEZAS DE SAN JUAN

Proyecto: «Actuaciones socioeducativas para la prevención, seguimiento y control del absentismo escolar y la atención del alumnado inmigrante en Las Cabezas de San Juan».

Finalidad: reducir y/ o eliminar el absentismo escolar. Se trata de modificar la conducta absentista para garantizar la asistencia regular al colegio de la población comprendida entre los 3 y 16 años en el municipio de Las Cabezas, así como la plena incorporación del alumnado inmigrante y de sus familias en el entorno social y escolar. Para ello, se tratará de cubrir los siguientes objetivos específicos:sensibilizar a nivel social e institucional sobre el problema del absentismo escolar y la necesidad de colaboración para detectar y tratar de solucionar los casos. Coordinación con los centros educativos y agentes sociales, para el seguimiento del tema. Motivación y estimulación de los menores a través de actividades lúdicas, formativas, etc. fomentando la participación activa. Detección de los casos que presentan el problema y estudio de las características individuales y sociofamiliares a fin de poder adoptar las medidas pertinentes para solucionar el problema. Asesoramiento e información a las familias de la importancia que tiene para los/ as menores y jóvenes la asistencia al colegio y la formación básica para sus vidas. Dotar a los/as jóvenes de los recursos necesarios para desenvolverse en nuestra sociedad. Motivar al alumnado de secundaria para que sigan en el sistema educativo lo máximo posible a fin de poder formarse en cualquier ámbito que le permita el acceso al mundo laboral y mejore su calidad de vida.

Actividades:

Actividad 1. Campañas de sensibilización.

Actividad 2. La riqueza de la multiculturalidad.

Actividad 3. Programa «Aprendiendo a ser y sentir».

Actividad 4. Programa mediación familia-escuela.

Actividad 5. Dinamización de las AMPAS.

Actividad 6. Actividades de coordinación con centros educativos y otras instituciones.

Municipio y Centros de actuación:

Las Cabezas de San Juan: Centros de Educación Infantil y Primaria de la localidad.

Periodo de ejecución: 1.9.2022-30.6.2023

Gastos:

ACTIVIDAD CONCEPTO COSTE 
UNITARIO COSTE 
TOTAL
1. LA RIQUEZA DE LA
 MULTICULTURALIDAD. - MATERIAL EDUCATIVO.

- PRODUCTOS DE ALIMENTACIÓN.

- ACCESORIOS VARIOS (pañuelos,
castañuelas...) 100,00

200,00

200,00 100,00

200,00

200,00
Coste total de la actividad 500,00
APRENDIENDO A SER Y SENTIR 1 PERSONAL TÉCNICO:
DURACIÓN: 3.10.2022 AL 30.6.2023
NÚM. HORAS: 10 h/semana.
Salario neto: 354,03
Seguros sociales: 116,82
Salario bruto: 470,85 470,85 

4.237,65


Coste total de la actividad 4.237,65
MEDIACIÓN FAMILIA Y ESCUELA 1 PERSONAL TÉCNICO:
DURACIÓN: 3.10.2022 AL 30.6.2023
NÚM. HORAS: 10 h/semana.
Salario neto: 354,03
Seguros sociales: 116,82
Salario bruto: 470,85 470,85 

4.237,65


Coste total de la actividad 4.237,65
COSTE TOTAL PROYECTO 8.975,30

Presupuesto aceptado: 8.975,30 €

Subvención concedida: 8.975,30 €

Porcentaje: 100%

SALTERAS

Proyecto: Acciones socioeducativas para la prevención, control, seguimiento e intervención ante el absentismo escolar en el municipio de Salteras.

Finalidad: apoyar la incorporación social del alumnado activándose un proceso de ayuda y acompañamiento en el desarrollo de competencias personales, sociales y laborales de manera que la persona se sitúe en una situación favorable para ejercer sus derechos educativos y de ciudadanía en igualdad de oportunidades.

Actividades:

1. Programa «Tú sí que puedes» en Ed. Primaria: Acciones socioeducativas de refuerzo e intervención social para el apoyo personal, social y familiar del alumnado más vulnerable, para la integración y protección de los menor@s.

2. Programa «Tú sí que puedes» en Educación Secundaria: Acciones socioeducativas para compensar desigualdades y minimizar los riesgos mediante el entrenamiento de habilidades sociales y vitales para el crecimiento personal del alumnado favoreciendo la convivencia, la relación con su entorno social y educativo, facilitando su incorporación y participación social.

Municipio y Centros de actuación:

Salteras: CEIP Antonio Rodríguez Almodóvar; CEIP F. Pérez Cerpas e IES Pésula.

Periodo de ejecución: 1.10.2022 a 30.6.2023

Gastos:

ACTIVIDAD CONCEPTO COSTE 
UNITARIO COSTE 
TOTAL
1. Acción socioeducativa en Ed. 
Secundaria «TÚ SI QUE PUEDES» 1 MONITOR/A
DURACIÓN: 1.10.22-30.6.23 (9 MESES)
NÚM. HORAS 12h/semana(3h/día durante 
4 días/semana)
Salario bruto

Seguros sociales/cuota patronal

GASTOS MATERIAL FUNGIBLE (soportes fungibles 
no inventariables, ortográficos no inventariables,
desplazamiento grupo-entradas) 


427,84

161,12

699,36 


3.850,36

1.450,08

699,36
Coste total de la actividad 6.000,00
1. Acción socioeducativa en Ed. 
Primaria «TÚ SI QUE PUEDES» 1 MONITOR/A
DURACIÓN:01/10/22-30/06/23 (9 MESES)
NÚM. HORAS 12h/semana (3h/día durante 
4 días/semana)
Salario bruto

Seguros sociales/cuota patronal

GASTOS MATERIALES ACTIVIDADES (fungibles de 
papelería, manualidades, fungibles informáticos no
 inventariables, traslado grupo-entradas) 


427,84

161,12


699,36 


3.850,36

1.450,08


699,36
Coste total de la actividad 6.000,00
COSTE TOTAL PROYECTO 12.000,00

Presupuesto aceptado: 12.000 €

Subvención concedida: 12.000 €

Porcentaje: 100%

LA PUEBLA DE LOS INFANTES

Proyecto: Programa municipal contra el absentismo escolar.

Finalidad:

- Garantizar una asistencia regular a clase de todo el alumnado en edad obligatoria y en especial del alumnado con riesgo de absentismo.

- Detectar los casos de absentismo, para modificar la conducta absentista y garantizar la asistencia del alumno a la escuela en la etapa de escolarización obligatoria.

- Detectar problemas familiares, sociales, personales y educativos relacionados con el absentismo escolar.

- Favorecer líneas de acción preventivas para la adquisición de hábitos que aseguren comportamientos adecuados posteriores.

- Realizar actuaciones de concienciación sobre el valor de la educación y de la asistencia regular a clase como factores garantes de una adecuada socialización, éxito escolar e inserción profesional, especialmente a aquellas familias en las que se den más factores de riesgo asociados al absentismo.

- Incrementar una coordinación eficaz entre las instituciones implicadas en la prevención y control del absentismo (Sistema Educativo, Servicios Sociales, Policía Local y otras áreas del Ayuntamiento).

- Incrementar los contactos con las familias que permitan el estudio de las situaciones que puedan estar provocando absentismo para establecer con los padres y madres posibles soluciones al problema movilizando los recursos familiares que contribuyan a superar la situación.

- Aunar criterios de actuación en los centros educativos del municipio.

- Evaluar los resultados derivados de la intervención realizada en cada caso especificando en esta el perfil del alumno/a absentista y la causa del mismo

- Eliminar o aminorar la brecha digital presente en este sector de la población.

Actividades:

1. Programa socioeducativo.

2. Otros programas de servicios sociales (habilidades parentales, ribete...)

Municipio y Centros de actuación:

La Puebla de los Infantes: CEIP José de Calasanz e IES Celti.

Periodo de ejecución: 3.10.2022 a 3.6.2023

Gastos:

ACTIVIDAD CONCEPTO COSTE 
UNITARIO COSTE 
TOTAL
PROGRAMA SOCIOEDUCATIVO 1 MONITOR/A
DURACIÓN:03/10/22-03/06/23 
(8 MESES)

Salario bruto

Seguros sociales/cuota patronal

 


469,81

234,44

 


3.974,48

1.875,52


Coste total de la actividad 5.850,00
COSTE TOTAL PROYECTO 5.850,00

Presupuesto aceptado: 5.850,00 €

Subvención concedida: 5.000,00 €

Porcentaje: 85,47%

Cofinanciación y otras aportaciones: 850,00 €

CAÑADA DEL ROSAL

Proyecto: PRoyecto para la intervención socioeducativa para la prevención, seguimiento y control del absentismo escolar en el CEIP Andalucía y en el IES Cañada Rosal.

Finalidad:

- Disminuir el número de niños/as absentistas.

- Ayudar a los niños/as en las tareas escolares.

- Crear hábitos de estudio.

- Fomentar hábitos saludables.

- Hacer partícipes a los padres, madres y tutores de la educación de sus hijos/as, nietos/as, sobrinos/as…

- Colaborar con los centros educativos.

- Integrar alumnos/as inmigrantes.

- Coordinar todos los miembros de la Comisión Municipal de Absentismo y de las Mesa Técnicas.

Actividades:

1. Taller de Apoyo escolar.

2. Taller de Habilidades sociales.

3. Taller de Artes gráficas.

4. Taller de Juegos cooperativos.

5. Taller de Medio ambiente.

6. Taller de Lectura y Cuentacuentos.

7. Taller de Juegos.

8. taller de Manualidades.

Municipio y Centros de actuación:

Cañada del Rosal: CEIP Andalucía e IES Cañada Rosal.

Periodo de ejecución: 15.1.2023 a 15.6.2023.

Gastos:

ACTIVIDAD CONCEPTO COSTE 
UNITARIO COSTE 
TOTAL
TALLERES EN HORARIO 
EXTRAESCOLAR PARA LA 
PREVENCIÓN, CONTROL Y 
TRATAMIENTO DEL ABSENTISMO 
ESCOLAR EN ALUMNADO DE 
ED. PRIMARIA. 2 TÉCNICOS DE MONITORES/AS DE TALLERES:
DURACIÓN: 5 MESES
NÚM. HORAS 18,5h/semana.

Salario bruto MENSUAL
Seguros sociales MENSUAL

 




1.889,38
389,52







5.946,90
1.947,60


Coste total de la actividad 7.894,50
TALLERES EN HORARIO
EXTRAESCOLAR PARA LA 
PREVENCIÓN, CONTROL Y 
TRATAMIENTO DEL ABSENTISMO 
ESCOLAR EN ALUMNADO DE 
ED. SECUNDARIA. 1 MONITOR/A
DURACIÓN: 1.10.22-30.6.23 (9 MESES)
NÚM. HORAS 12h/semana (3h/día durante 
4 días/semana)
Salario bruto MENSUAL

Seguros sociales MENSUAL

 



386,00

126,42


 



1.930,00

632,10



Coste total de la actividad 2.562,10
COSTE TOTAL PROYECTO 10.456, 60 €

Presupuesto aceptado: 10.456, 60 €

Subvención concedida: 9.500 €

Porcentaje: 90,85%

Cofinanciación y otras aportaciones: 956,60 €

UMBRETE

Proyecto: Proyecto de prevención del absentismo escolar en el municipio de Umbrete. (Curso escolar 2022/2023).

Finalidad:

- Prevenir el Absentismo Escolar de los grupos de riesgo en el I.E.S.

- Individualizar la atención y minimizar el número de expulsiones del IES, respondiendo a la demanda implícita de un sector del alumnado que tienen dificultades de integración social y de acatamiento de normas, a través de la colaboración con el IES en la puesta en funcionamiento de un aula de convivencia.

Actividades:

1. Aula de convivencia y compensación.

Municipio y Centros de actuación:

Umbrete: IES Pino Rueda.

Periodo de ejecución: 1.10.2022 a 30.6.2023.

Gastos:

ACTIVIDAD CONCEPTO COSTE 
UNITARIO COSTE 
TOTAL
AULA DE CONVIVENCIA 
Y COMPENSACIÓN 1 TÉCNICO:
DURACIÓN: 9 MESES
NÚM. HORAS 10H/semana.

Salario bruto MENSUAL: 600,00
Salario neto MENSUAL: 400,00
Seguros sociales MENSUAL: 200,00

 


600,00
400,00
200,00

 






5.400,00
Coste total de la actividad 5.400,00
COSTE TOTAL PROYECTO 5.400,00

Presupuesto aceptado: 5.400,00 €

Subvención concedida: 5.400,00 €

Porcentaje: 100%

FUENTES DE ANDALUCÍA

Proyecto: Programa de apoyo socio-educativo (PAE) municipal, para la prevención, seguimiento y control del absentismo escolar y atención al alumnado inmigrante, mediante la aplicación de medidas de compensación educativa de las desigualdades, de acuerdo con lo establecido en la Ley 9/1999, en el municipio de Fuentes de Andalucía.

Finalidad:

- Ofrecer actividades de enriquecimiento y compensación a las familias y sus menores, para potenciar la inclusión y adaptación al proceso educativo y fortalecer su permanencia.

- Apoyar a los/as alumnos/as a las tareas escolares diarias y en el desarrollo de hábitos de estudios.

- Crear habilidades sociales y resolución de conflictos.

- Fomentar normas de conductas dentro del aula y fuera.

- Crear hábitos saludables en los participantes.

- Hacer partícipes a la familia de la educación de sus menores.

- Colaborar con los proyectos educativos de cada centro.

- Detección y seguimiento del alumnado con faltas de asistencias continuas, aunque no lleguen a ser absentistas.

- Seguimiento de los/as alumnos/as incluidos en el (PAF) con las Mesas Técnicas y las Comisiones de Absentismo Escolar.

- Facilitar la inclusión del alumnado inmigrante y sus familias.

- Desarrollar medidas generales y específicas de atención a la diversidad en horario extraescolar.

-Apoyar la conciliación laboral, familiar y personal de las familias.

Actividades:

- Taller de apoyo educativo.

- Taller de refuerzo educativo.

- Taller de juegos de mesa.

- Taller de desarrollo emocional.

- Taller derechos del niño.

- Taller celebramos la Navidad.

- Taller de la paz.

- Taller de carnaval.

- Taller Día de Andalucía.

- Taller 8 de Marzo.

Municipio y Centros de actuación:

Fuentes de Andalucía: CEIP Santa Teresa de Jesús; CEIP Santo Tomás de Aquino e IES Alarifes Ruiz Florindo.

Periodo de ejecución: 12.9.2022-20.6.2023.

Gastos:

ACTIVIDAD CONCEPTO COSTE 
UNITARIO COSTE 
TOTAL
TALLERES 1 TÉCNICO/A PARA LOS TALLERES:
DURACIÓN: SEPT. 22 A JUNIO-23 (10 MESES)
NÚM. HORAS 10H/semana.

Salario bruto MENSUAL: 1.500,00 X 10

Seguros sociales MENSUAL: 475,00 X 10


--------------------------------------------------------
1 TÉCNICO/A PARA LOS TALLERES:
DURACIÓN: SEPT. 22 A JUNIO-23 (10 MESES)
NÚM. HORAS 10H/semana.

Salario bruto MENSUAL: 1.500,00 x 10

Seguros sociales MENSUAL: 475,00 x 10


 1.500,00

475,00





1.500,00

475,00 15.000,00

4.750,00





15.000,00

4.750,00
Coste total de la actividad 39.500,00
COSTE TOTAL PROYECTO 39.500, 00

Presupuesto aceptado: 39.500,00 €

Subvención concedida: 12.937,01 €

Porcentaje: 32,75%

Cofinanciación y otras aportaciones: 26.562,99 €

Quinto. Las entidades beneficiarias cumplen los requisitos que, como se señala en el artículo 3.1 de las bases reguladoras, están recogidos en el apartado 4.a).2.º del Cuadro Resumen.

Sexto. Como recoge el apartado 4.c) del Cuadro resumen de la Orden de 15 de abril de 2011, se establece como excepción a los requisitos señalados en el artículo 3.3 de las Bases reguladoras, que deben cumplir las entidades beneficiarias de esta línea de subvención, el no hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes y no tener deudas en periodo ejecutivo de cualquier ingreso de Derecho Público de la Junta de Andalucía.

Séptimo. El plazo de ejecución de las actividades subvencionadas comprenderá desde el 1 de septiembre de 2022 al 31 de agosto de 2023.

Octavo. De acuerdo con lo establecido en el artículo 25.1 de la Orden de 15 de abril de 2011, la forma de pago de estas subvenciones, tal como recoge el apartado 24 del Cuadro Resumen, será la de pago anticipado, con justificación diferida hasta el 31 de agosto de 2023, en un único libramiento por el total de la subvención concedida en un único libramiento por el total de la subvención concedida a las entidades beneficiarias de una cuantía inferior a 6.000€, una vez publicada la resolución.

En el caso de una cuantía igual o superior a 6.000€, se realizará en dos pagos: un primero por un importe de hasta el 50% de la ayuda concedida, una vez publicada la resolución y un segundo pago-liquidación por el importe restante, una vez efectuada la justificación del primer libramiento en los seis meses siguientes tras su abono.

Noveno. La cuantía de las subvenciones son las indicadas en el Anexo I. Estas ayudas tienen carácter de subvención mediante régimen de concurrencia competitiva y su financiación se efectúa con cargo a la partida presupuestaria: 120002/0000/G/42F/46100/41/01, siendo la cuantía destinada al fin reseñado de 120.923,35 euros, realizándose el abono de las mismas mediante transferencia bancaria, a las cuentas designadas por las propias entidades beneficiarias.

Décimo. Las entidades beneficiarias reseñadas en el Anexo I tendrán las obligaciones previstas en el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones y en el artículo 24 de la Orden de 15 de abril de 2011 anteriormente citada.

a) Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de las subvenciones en la forma y plazos establecidos.

b) Justificar ante el órgano concedente o, en su caso, la entidad colaboradora, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención.

c) Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente o, en su caso, la entidad colaboradora, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.

d) El sometimiento a las actuaciones de comprobación y control financiero que corresponden a la Intervención General dela Junta de Andalucía, en relación con las subvenciones y ayudas concedidas, y a las previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas y de la Cámara de Cuentas de Andalucía, facilitando cuanta información le sea requerida por dichos órganos.

e) Comunicar al órgano concedente o, en su caso, la entidad colaboradora, la obtención de otras subvenciones, ayudas,ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas, de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.

Asimismo, se comunicará cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención.

f) Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable a la persona beneficiaria en cada caso, así como cuantos estados contables y registros específicos sean exigidos en el apartado 22 del Cuadro resumen, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.

g) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos,en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.

h) Hacer constar en toda información o publicidad que se efectúe de la actividad u objeto de la subvención que la misma está subvencionada por la Administración de la Junta de Andalucía, indicando la Consejería o Agencia que la ha concedido, utilizando un lenguaje no sexista. En los supuestos de subvenciones financiadas con fondos comunitarios, se deberá cumplir con las disposiciones que sobre información y publicidad se dicten por la Unión Europea. En todo caso, se deberán adoptar las medidas específicas de información y publicidad que se indican en el apartado 23.a) del Cuadro resumen:

1.º Hacer constar en toda la información o publicidad que se efectúe de las actividades, que éstas han sido subvencionadas por la Junta de Andalucía a través de la Consejería competente en materia de educación.

2.º En el caso de editarse materiales didácticos o publicitarios, e imputarse gastos de este tipo, deberá adjuntarse un ejemplar de los mismos en el que figurará inexcusablemente la referencia de la financiación de la Junta de Andalucía.

i) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 28 de la orden citada.

j) Comunicar al órgano concedente el cambio de domicilio o de la dirección de correo electrónico durante el período en el que la subvención es susceptible de control.

Decimoprimero. Asimismo, en aplicación de lo establecido en el apartado Duodécimo de la Resolución de 23 de junio de 2022 (BOJA núm. 126, de 4 de julio de 2022), que convoca estas ayudas para el curso 2021-22 y en cumplimiento del artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero de Protección Jurídica del menor, cuya aplicación se regula a través de la Instrucción 1/2016, de 5 de febrero, de la Secretaría General para la Administración Pública, que, cuando las subvenciones se destinen en todo o en parte al desempeño de funciones que impliquen contacto habitual con menores, una vez identificada la persona a contratar e inmediatamente antes de la formalización del contrato, será obligatorio para la entidad solicitante de la subvención, la aportación de la declaración responsable de que todo el personal al que corresponde la realización de esas tareas cuenta con el Certificado Negativo del Registro Central de delincuentes sexuales.

Decimosegundo. Estas ayudas serán compatibles con la percepción de otras subvenciones, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

Decimotercero. Conforme al artículo 46 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, las personas beneficiarias, las entidades colaboradoras, en su caso, y los terceros relacionados con el objeto de la subvención o su justificación estarán obligados a prestar colaboración y facilitar cuanta documentación sea requerida en el ejercicio de las funciones de control que corresponden a la Intervención General de Junta de Andalucía, así como a los órganos que, de acuerdo con la normativa comunitaria, tengan atribuidas funciones de control financiero, a cuyo fin tendrán las facultades:

a) El libre acceso a la documentación objeto de comprobación, incluidos los programas y archivos en soportes informáticos.

b) El libre acceso a los locales de negocio y demás establecimientos o lugares en que se desarrolle la actividad subvencionada o se permita verificar la realidad y regularidad de las operaciones financiadas con cargo a la subvención.

c) La obtención de copia o la retención de las facturas, documentos equivalentes o sustitutivos y de cualquier otro documento relativo a las operaciones en las que se deduzcan indicios de la incorrecta obtención, disfrute o destino de la subvención.

d) El libre acceso a información de las cuentas bancarias en las entidades financieras donde se pueda haber efectuado el cobro de las subvenciones o con cargo a las cuales se puedan haber realizado las disposiciones de los fondos.

Decimocuarto. La negativa al cumplimiento de estas obligaciones se considerará resistencia, excusa, obstrucción o negativa a los efectos previstos en el artículo 28, sin perjuicio de las sanciones que, en su caso, pudieran corresponder.

Decimoquinto. Las entidades objeto de subvenciones estarán sujetas a lo que se establece en el artículo 27 de las Bases reguladoras de la Orden de 15 de abril de 2011, y en los apartados 24 y 26 de su Cuadro Resumen, teniendo como plazo máximo para la presentación de dicha justificación, hasta el 31 de agosto del año académico subvencionado para las entidades locales beneficiarias de una cuantía inferior a 6.000€ con un único pago y atendiendo al cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de la finalidad u objetivos previstos en el acto de concesión de la subvención. En el caso de una cuantía igual o superior a 6.000 € el plazo previsto de justificación es de seis meses tras el abono del primer pago, que supone el 50% de la cantidad subvencionada, y de tres meses tras el abono del segundo pago, que equivale al 50% de la cantidad subvencionada, y en cualquier caso, nunca después del 31 de agosto del año académico subvencionado, tal y como se recoge con carácter general en el apartado 26.b) del Cuadro resumen de esta línea de subvención.

Con carácter adicional y para mejor justificación de los gastos, las entidades beneficiarias estarán obligadas a aportar cualquier otra documentación que se prevea de forma específica para la subvención concedida.

La modalidad de justificación será la de cuenta justificativa con aportación de un certificado de la intervención de la entidad local, acreditativo del empleo de las cantidades a la finalidad para las que fueron concedidas. Esta cuenta justificativa estará integrada por:

- Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.

- Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas.

Decimosexto. Como se señala en el artículo 28 de las Bases reguladoras de la Orden de 15 de abril de 2011 y tal como se concreta en el apartado 27 del Cuadro resumen, se producirá reintegro:

1. Además de los casos de nulidad y anulabilidad de la resolución de concesión previstos en el artículo 36 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, procederá también el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora correspondiente desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, en los siguientes casos:

a) Obtención de la subvención falseando las condiciones requeridas para ello u ocultando aquéllas que lo hubieran impedido.

b) Incumplimiento total o parcial del objetivo, de la actividad, del proyecto o la no adopción del comportamiento que fundamentan la concesión de la subvención.

c) Incumplimiento de la obligación de justificación o la justificación insuficiente.

d) Incumplimiento de la obligación de adoptar las medidas de difusión.

e) Resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de comprobación y control financiero previstas en los artículos 14 y 15 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, así como el incumplimiento de las obligaciones contables, registrables o de conservación de documentos cuando de ello se derive la imposibilidad de verificar el empleo dado a los fondos percibidos, el cumplimiento del objetivo, la realidad y regularidad de las actividades subvencionadas, o la concurrencia de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

f) Incumplimiento de las obligaciones impuestas por el órgano concedente a las personas o entidades beneficiarias y a las entidades colaboradoras, así como de los compromisos por éstas asumidos, con motivo de la concesión de la subvención, siempre que afecten o se refieran al modo en que se han de conseguir los objetivos, realizar la actividad, ejecutar el proyecto o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención.

g) Incumplimiento de las normas medioambientales al realizar el objeto de la subvención o ayuda. En este supuesto, la tramitación del expediente de reintegro exigirá previamente que haya recaído resolución administrativa o judicial firme, en la que quede acreditado el incumplimiento por parte de la persona beneficiaria de las medidas en materia de protección del medio ambiente a las que viniere obligada.

h) Incumplimiento de las obligaciones impuestas por la Administración a las personas o entidades beneficiarias, y a las entidades colaboradoras, así como de los compromisos por éstas asumidos, con motivo de la concesión de la subvención, distintos de los anteriores, cuando de ello se derive la imposibilidad de verificar el empleo dado a los fondos percibidos, el cumplimiento del objetivo, la realidad y regularidad de las actividades subvencionadas, o la concurrencia de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

i) La adopción, en virtud de lo establecido en los artículos 107 a 109 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,de una decisión de la cual se derive una necesidad de reintegro.

j) Cualquiera de las causas específicas de reintegro contempladas en el apartado 27.a) del Cuadro resumen.

2. En el supuesto de que el importe de las subvenciones resulte ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada, procederá el reintegro del exceso obtenido sobre el coste de la actividad subvencionada, así como la exigencia del interés de demora correspondiente.

3. Los criterios de graduación que se aplicarán a los incumplimientos de condiciones impuestas con motivo de la concesión de las subvenciones serán los establecidos en el apartado 27.b) de cada cuadro resumen. Cuando no se consigan íntegramente los objetivos previstos,pero el cumplimiento se aproxime de modo significativo al cumplimiento total, se valorará el nivel de consecución y el importe de la subvención será proporcional a dicho nivel. Este nivel de consecución con respecto a los objetivos previstos,deberá alcanzar, al menos el siguiente porcentaje: 50%.

4. Las cantidades a reintegrar tendrán la consideración de ingresos de derecho público. El interés de demora aplicable en materia de subvenciones será el interés legal del dinero incrementado en un 25%, salvo que la Ley de Presupuestos Generales del Estado o la normativa comunitaria aplicable establezcan otro diferente. El destino de los reintegros de los fondos de la Unión Europea, en su caso, tendrá el tratamiento que en su caso determine la normativa comunitaria.

5. La incoación, instrucción y la resolución del procedimiento de reintegro corresponde a los órganos señalados en el apartado 27.c) del Cuadro resumen. El procedimiento, cuyo plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de doce meses desde la fecha del acuerdo de iniciación, tendrá siempre carácter administrativo.

6. La resolución de será notificada a la persona o entidad interesada con indicación de la forma y plazo en que deba efectuarse.

7. Según se recoge en el apartado 7.b) del Cuadro resumen la subvención concedida es compatible con otras subvenciones,ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales. Asimismo, de acuerdo con el artículo 19.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, el importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.

Decimoséptimo. Asimismo, según se recoge en el artículo 23 de las Bases reguladoras de la Orden de 15 de abril de 2011, sobre modificación de la resolución de concesión:

1. El procedimiento para modificar la resolución de concesión se iniciará siempre de oficio por acuerdo del órgano que la otorgó, bien por propia iniciativa, como consecuencia de petición razonada de otros órganos o bien a instancia de la persona beneficiaria.

2. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención, indicadas en el apartado 21.a) del Cuadro resumen, podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión. En el supuesto de que se obtengan de manera concurrente otras aportaciones fuera de los casos permitidos en estas bases reguladoras, se acordará la modificación de la resolución de concesión en los términos previstos en el artículo 28.

3. Salvo previsión expresa en contrario establecida en el apartado 21.b) del Cuadro resumen, la persona o entidad beneficiaria de la subvención podrá instar del órgano concedente la iniciación de oficio del procedimiento para modificar la resolución de concesión, incluida la ampliación de los plazos de ejecución y justificación, sin que en ningún caso pueda variarse el destino o finalidad de la subvención, ni alterar la actividad, programa, actuación o comportamiento para los que se concedió la subvención ni elevar la cuantía de la subvención obtenida que figura en la resolución de concesión. La variación tampoco podrá afectar a aquellos aspectos propuestos u ofertados por la persona o entidad beneficiaria que fueron razón de su concreto otorgamiento. La ampliación del plazo de justificación no podrá exceder de la mitad del inicialmente establecido y en ningún caso podrá perjudicar derechos de terceras personas.

4. El escrito por el que se inste la iniciación de oficio deberá estar suficientemente justificado, presentándose de forma inmediata a la aparición de las circunstancias que lo motiven y con antelación a la finalización del plazo de ejecución y de justificación inicialmente concedido. En el plazo máximo de 15 días desde que el escrito haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación, se notificará a la persona o entidad interesada el acuerdo por el que se adopte la decisión de iniciar o no el procedimiento. La denegación deberá motivarse expresamente.

5. La resolución de modificación será dictada y notificada en un plazo no superior a dos meses, y siempre antes de finalizar el plazo que, en su caso, sea modificado. La resolución se adoptará por el órgano concedente de la subvención tras la instrucción del correspondiente procedimiento en el que, junto a la propuesta razonada del órgano instructor, se acompañarán los informes pertinentes y las alegaciones que, en su caso, hubiera presentado la persona o entidad beneficiaria.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse alternativamente, o recurso potestativo de reposición, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes ante el mismo órgano que dictó el acto, siendo el plazo máximo para dictar y notificar la resolución de este recurso de un mes; o de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación. Si optara por interponer el recurso potestativo de reposición, no podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Esta desestimación por silencio se producirá si transcurre un mes desde su interposición sin que se notifique resolución expresa.

Sevilla, 9 de diciembre de 2022.- El Delegado, Miguel Ángel Araúz Rivero.

N.º
ORDEN ENTIDAD LOCAL CIF IMPORTE
SOLICITADO PRESUPUESTO
 ACEPTADO SUBVENCIÓN
CONCEDIDA PORCENTAJE 2022 2023
ANEXO I
1 HERRERA P4105000F 13.360,00 € 13.360,00 € 13.360,00 € 100,00 % 6.680,00 € 6.680,00 €
2 ISLA MAYOR P4110500H 11.106,40 € 11.106,40 € 11.106,40 € 100,00 % 5.553,20 € 5.553,20 €
3 VILLAVERDE DEL RÍO P4110100G 6.900,00 € 7.450,00 € 6.900,00 € 92,62 % 3.450,00 € 3.450,00 €
4 VILLANUEVA DE SAN JUAN P4110000I 3.000,00 € 3.000,00 € 3.000,00 € 100,00 % 3.000,00 € -
5 PRUNA P4107600A 6.000,00 € 6.000,00 € 6.000,00 € 100,00 % 6.000,00 € -
6 ALGÁMITAS P4100800D 3.000,00 € 3.000,00 € 3.000,00 € 100,00 % 3.000,00 € -
7 EL SAUCEJO P4109000B 15.184,64 € 15.184,64 € 15.184,64 € 100,00 % 7.592,32 € 7.592,32 €
8 ESTEPA P4104100E 4.960,00 € 4.960,00 € 4.960,00 € 100,00 % 4.960,00 € -
9 AGUADULCE P4100100I 3.600,00 € 3.960,00 € 3.600,00 € 90,90 % 3.600,00 € -
10 LAS CABEZAS DE SAN JUAN P4102000I 8.975,30 € 8.975,30 € 8.975,30 € 100,00 % 4.487,65 € 4.487,65 €
11 SALTERAS P4108500B 12.000,00 € 12.000,00 € 12.000,00 € 100,00 % 6.000,00 € 6.000,00 €
12 LA PUEBLA DE LOS INFANTES P4107800G 5.000,00 € 5.850,00 € 5.000,00 € 84,47 % 5.000,00 € -
13 CAÑADA DEL ROSAL P4110300C 9.500,00 € 10.456,60 € 9.500,00 € 90,85 % 4.750,00 € 4.750,00 €
14 UMBRETE P4109400D 5.400,00 € 5.400,00 € 5.400,00 € 100,00 % 5.400,00 € -
15 FUENTES DE ANDALUCÍA P4104200C 20.000,00 € 39.500,00 € 12.937,01 € 32,75 % 6.468,51 € 6.468,50 €
16 MONTELLANO P4106400G 10.530,00 € 10.530,00 € - SUPLENTE - -
17 LA LUISIANA P4105600C 7.000,00 € 7.000,00 € - SUPLENTE - -
18 PILAS P4107500C 2.141,55 € 2.141,55 € - SUPLENTE - -
19 LA ALGABA P4100700F 34.743,04 € 34.743,04 € - SUPLENTE - -
20 PEÑAFLOR P4107400F 6.000,00 € 6.000,00 € - SUPLENTE - -
21 LA CAMPANA P4102200E 12.000,00 € 12.000,00 € - SUPLENTE - -
22 BADOLATOSA P4101400B 11.500,00 € 11.500,00 € - SUPLENTE - -
23 LANTEJUELA P4105200B 3.060,00 € 3.060,00 € - SUPLENTE - -
CUANTÍA SUBVENCIÓN 120.923,35 € 75.941,68 € 44.981,67 €

N.º 
ORDEN ENTIDADES
 LOCALES CIF MOTIVO EXCLUSIÓN
ANEXO II
1 OSUNA P4106800H No presentar el Anexo II (art. 17.4.a) de las Bases reguladoras de estas subvenciones de la Orden de 15 de abril de 2011, BOJA núm. 95, de 17.5.2011.
2 LA RODA DE ANDALUCÍA P4108200I No presentar el Anexo II (art. 17.4.a) de las Bases reguladoras de estas subvenciones de la Orden de 15 de abril de 2011, BOJA núm. 95, de 17.5.2011.

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