Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 64 de 04/04/2023

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos

Resolución de 14 de marzo de 2023, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Jaén, por la que se concede autorización administrativa previa al proyecto que se cita, en el término municipal de Marmolejo (Jaén). (PP. 1214/2023).

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Expedientes: AT-24/2020.

AAU/JA/071/2021.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 12 de noviembre de 2020, la sociedad Greenalia Solar Power Zumajo II, S.L.U., con C.I.F. B44507572 y domicilio social en Plaza de María Pita, núm. 10, piso 1.º, código postal 15001, término municipal de A Coruña (España), solicita autorización administrativa previa, autorización ambiental unificada y la declaración, en concreto, de utilidad pública de la instalación eléctrica referenciada. Con fecha 26 de noviembre de 2020, se emite comunicado en el que se informa al titular de la admisión a trámite de dicha solicitud.

Segundo. Con fecha 3 de junio de 2021, el Ayuntamiento de Marmolejo (Jaén) emite Informe de Compatibilidad Urbanística en el cual concluye que «... la instalación proyectada es Compatible con el Planeamiento Urbanístico...».

Tercero. Con fecha 18 de enero de 2022, Red Eléctrica de España, S.A.U., como propietaria de la instalación de transporte a la que se solicita conexión, emite Informe de Cumplimiento de Condiciones Técnicas para la Conexión (ICCTC) en el que indica que procede otorgar permiso de conexión de las instalaciones solicitadas en el punto de conexión de la Red de Transporte «S.E. Guadalquivir Medio 400 kV en una posición nueva». De igual manera, con fecha 20 de enero de 2022, Red Eléctrica de España, S.A.U., emite Informe de Verificación de las Condiciones Técnicas de Conexión (IVCTC), relativo a la solicitud de conexión realizada por Premier Engineering and Procurement, S.L., en su calidad de Interlocutor Único de Nudo (IUN), en la S.E. Guadalquivir Medio 400 kV para las instalaciones de generación solicitadas. Esta comunicación supone la cumplimentación de los procedimientos de acceso y conexión, y constituye los permisos de acceso y conexión a la red de transporte necesarios para el otorgamiento de la autorización administrativa, según lo establecido en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.

Cuarto. Con fecha 10 de enero de 2022, se sometió al trámite de información pública el Acuerdo de 21 de diciembre de 2021, de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Jaén, por el que se abre un período de información pública sobre el proyecto «Subestación Eléctrica Transformadora Promotores Guadame y su Línea de evacuación», en el término municipal de Marmolejo (Jaén), en el procedimiento de autorización ambiental unificada (expediente AAU/JA/071/2021), mediante su anuncio publicado en el BOJA núm. 5, durante el plazo de 30 días hábiles, conforme establecen los artículos 19 y 32.2 del Decreto 356/2010, no habiéndose recibido ninguna alegación por interesado.

Quinto. De acuerdo con el artículo 125 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el expediente se ha sometido al trámite de información pública mediante la inserción de anuncio en el BOP de Jaén núm. 5, de fecha 10 de enero de 2021, y en el tablón de anuncios del ayuntamiento de Marmolejo (Jaén), durante el plazo de 30 días, sin que se hayan recibido alegaciones en el plazo establecido para ello.

Sexto. La instalación de referencia, conforme al Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de gestión integrada de la calidad ambiental (GICA), se encuentra sometida al instrumento de prevención y control ambiental de autorización ambiental unificada por procedimiento simplificado (AAU)* por estar incluida en el epígrafe 2.6 bis de dicho anexo, y al trámite establecido en la Instrucción Conjunta 1/2021 de la Dirección General de Energía y de la Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático, sobre tramitación coordinada de los procedimientos de Autorizaciones Administrativas de las instalaciones de energía eléctrica, sometidas a autorización ambiental unificada. En virtud de ello, la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Jaén, emite informe favorable de carácter vinculante, con fecha 21 de diciembre de 2022, relativo a la solicitud de Autorización Ambiental Unificada según expediente AAU/JA/071/2021, para el proyecto «SET Promotores Guadame 132/400 kV y Línea de evacuación SET Promotores Guadame-SET Guadalquivir Medio», en el término municipal de Marmolejo (Jaén).

Séptimo. De conformidad con el artículo 127 del citado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se ha dado cumplimiento al trámite de información a las Administraciones y organismos afectados por la instalación, aceptándose, por parte del promotor, todos los condicionados interpuestos por estas administraciones y organismos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Las competencias autonómicas en materia de energía se encuentran establecidas en el artículo 49 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía.

De acuerdo con la distribución de competencias vigente, las instalaciones energéticas que son competencia de esta Comunidad Autónoma de Andalucía son aquellas instalaciones de producción de energía eléctrica, incluyendo sus infraestructuras de evacuación, de potencia eléctrica instalada igual o inferior a 50 MW y las instalaciones de transporte secundario, distribución y acometidas de tensión inferior a 380 kV así como las líneas directas conectadas a instalaciones de generación de competencia autonómica, siempre y cuando todas ellas se ubiquen o su trazado discurra por territorio andaluz y su aprovechamiento no afecte a otro territorio.

Segundo. Esta Delegación Territorial es competente para tramitar y resolver los procedimientos de otorgamiento de autorizaciones administrativas reguladas en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, en virtud de lo previsto en el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, en la Resolución de 11 de marzo de 2022 de la Dirección General de Energía, por la que se delegan determinadas competencias en los órganos directivos territoriales provinciales competentes en materia de Energía, y en el Decreto 300/2022, de 30 de agosto, por el que se modifica el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía.

Vistos los antecedentes de hecho y los fundamentos de derecho anteriormente expuestos, esta Delegación Territorial, en el uso de las competencias atribuidas,

RESUELVE

Primero. Conceder autorización administrativa previa al proyecto de infraestructuras de evacuación denominado «Infraestructuras Comunes de Evacuación S.E.T. Promotores Guadame/S.E.T. Guadalquivir Medio», cuyas características se describen a continuación:

Solicitante: Greenalia Solar Power Zumajo II, S.L.U., con C.I.F. B44507572.

Domicilio social: Plaza de María Pita, núm. 10, piso 1.º, código postal 15001, término municipal de A Coruña (España).

Finalidad: Proyecto de Infraestructuras de evacuación que consistirá principalmente en la ejecución de una subestación eléctrica denominada SET Promotores Guadame 132kV/400kV, donde se evacuará la energía eléctrica generada por una serie de plantas solares fotovoltaicas con un total de 625 MWn, y una Línea eléctrica aérea de evacuación, en 400 kV, que conectará la subestación eléctrica denominada SET Promotores Guadame 132kV/400kV con una nueva posición en la subestación eléctrica denominada SET Guadalquivir Medio 400 kV, propiedad de Red Eléctrica de España, S.A., todo ello ubicado en el término municipal de Marmolejo (Jaén).

Expedientes: AT-24/2020 - AAU/JA/071/2021.

Características principales de la instalación:

Subestación Eléctrica Transformadora Promotores Guadame 132kV/400kV:

• La subestación eléctrica ocupará parte de la parcela 106 del polígono 20, dentro del término municipal de Marmolejo (Jaén), con referencia catastral 23059A020001060000AG, y tendrá una superficie construida aproximada de 10.098,40 m².

• Las coordenadas UTM H30 de los 4 vértices del perímetro de la subestación son las siguientes:

COORDENADAS UTM HUSO 30 DE LOS VÉRTICES DEL PERÍMETRO
DE LA SUBESTACIÓN ELÉCTRICA
X Y
395078.283 4211755.381
395024.606 4211877.456
395093.858 4211907.907
395147.506 4211785.819

• La configuración de la subestación se proyecta como simple barra con dos parques de 132 kV y 400 kV en intemperie. Las posiciones principales de la misma se incluyen a continuación:

• Parque de 132 kV:

- L.A.A.T. 1: Enlace Entronque Zumajo I - SET Promotores Guadame (195,40 MWn).

- L.A.A.T. 2: Enlace Entronque Guadame IV - SET Promotores Guadame (152,80 MWn).

- L.A.A.T. 3: Enlace SET Mirabal Solar - SET Promotores Guadame (127,8 MWn).

- L.A.A.T. 4: Enlace Set Doña María - SET Promotores Guadame (149 MWn).

• Transformación 132 kV/400 kV:

- Transformador de Potencia 1, de 350 MVA, con relación de transformación 132 kV/400 kV.

- Transformador de Potencia 2, de 350 MVA, con relación de transformación 132 kV/400 kV.

• Parque de 400 kV.

• Sistema de Control y Protecciones.

• Sistema de Medida.

• Sistema de Servicios Auxiliares.

• Sistema de Telecomunicaciones.

• Sistema de Puesta a tierra.

• Sistema de Seguridad.

• Sistema de Protección Contraincendios (PCI).

Línea de evacuación SET Promotores Guadame-SET Guadalquivir Medio:

• Línea eléctrica aérea que conectará la subestación eléctrica Promotores Guadame con el punto final de conexión en una nueva posición en la subestación eléctrica Guadalquivir Medio 400 kV, propiedad de Red Eléctrica de España, S.A., con una longitud aproximada de 345 metros.

• Origen: Pórtico SET Promotores Guadame (Coord. UTM H30 X= 395.055,6848 ; Y= 4.211.857,9897).

• Final: Pórtico SET Guadalquivir Medio (Coord. UTM H30 X= 395.232,7761 ; Y= 4.211.968.6552).

• Tensión nominal: 400 kV.

• Categoria: Especial.

• Zona por la que disc.: Zona A.

• Disposición cableado: Tresbolillo.

• Núm. de circuitos: 1.

• Núm. de cables por fase: 2.

• Conductor de fase: Aluminio-acero tipo LA-280 (HAWK).

• Cond. Protec./Com.: OPGW-130 (doble).

• Apoyos: 2 apoyos metálicos de celosía tronco-piramidales de sección cuadrada.

• Función: Final de Línea.

• Denominación: 400-IME-AM-III-48-Especial.

• Cimentación apoyos: Tetrabloque.

• Coordenadas UTM HUSO 30 de los apoyos:

- Apoyo 1: X= 395017.9168 ; Y= 4211937.9928.

- Apoyo 2: X= 395211.8896 ; Y= 4212011.4461.

• A continuación se indica relación de parcelas afectadas por las infraestructuras de evacuación, todas ellas en el polígono 20 del término municipal de Marmolejo (Jaén).

PARCELAS AFECTADAS POR LAS INFR. DE EVACUACIÓN
NÚM. PARCELA REFERENCIA CATASTRAL
9002 23059A02009002 
65 23059A02000065
66 23059A02000066
67 23059A02000067
106 23059A02000106
108 23059A02000108

Segundo. Estas autorizaciones se conceden de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y con lo establecido en el Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada, se establece el régimen de organización y funcionamiento del registro de autorizaciones de actuaciones sometidas a los instrumentos de prevención y control ambiental, de las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y de las instalaciones que emiten compuestos orgánicos volátiles, y se modifica el contenido del Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental (GICA), debiendo cumplir las condiciones que en el mismo se establecen.

Tercero. En base al artículo 128.4 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en el plazo de 1 mes deberá presentar la solicitud de aprobación del proyecto de ejecución, contado a partir de la fecha de la presente resolución, indicando que se producirá su caducidad si transcurrido dicho plazo aquélla no ha sido solicitada, pudiendo solicitar el peticionario, por razones justificadas, prórrogas del plazo establecido.

Cuarto. Según el artículo 130 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, el peticionario deberá presentar, junto con la correspondiente solicitud, el proyecto de ejecución elaborado conforme a los Reglamentos técnicos en la materia. En la elaboración del mismo deberá tener en cuenta el cumplimiento de los condicionados que han sido establecidos por Administraciones, organismos, empresas de servicio público o de interés general, los cuales han sido trasladados al titular y aceptados por el mismo. En particular, el titular de la instalación deberá cumplir el condicionado impuesto en el Informe de carácter Vinculante de la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Jaén de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul relativo a la solicitud de autorización ambiental unificada presentada (AAU/JA/071/2021).

Quinto. La administración dejará sin efecto la presente autorización en cualquier momento en que se constate el incumplimiento de las condiciones impuestas en la misma. En tal supuesto la administración, previo el oportuno expediente, acordará la revocación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

Sexto. Esta autorización se otorga en el ejercicio de las competencias atribuidas a esta Delegación Territorial y sin perjuicio e independientemente de las demás autorizaciones, permisos, licencias y comunicaciones que sea necesario obtener de otros organismos y administraciones conforme a la legislación general y sectorial, cuyos condicionantes habrán de respetarse, y a salvo de los legítimos derechos e intereses de terceros.

Notifíquese esta resolución al solicitante, en la forma prevista en los arts. 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con la advertencia de que la misma no agota la vía administrativa y que contra ella cabe interponer recurso de alzada, directamente o por conducto de esta Delegación Territorial, ante la Consejería de Política Industrial y Energía en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con los arts. 121 y 122 de la referida ley.

Jaén, 14 de marzo de 2023.- El Delegado, Javier Calvente Gallego.

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