Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 64 de 04/04/2023

3. Otras disposiciones

Universidades

Resolución de 30 de marzo de 2023, de la Universidad de Cádiz, por la que se publica la Oferta de Empleo Público de personal docente e investigador de la Universidad de Cádiz para el año 2023.

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El artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), establece que las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que deban proveerse serán objeto de la Oferta de Empleo Público (OEP).

El artículo 20.Dos.1.a) de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado (PGE) para el año 2023, establece que la tasa de reposición de efectivos se fijará en los sectores prioritarios en un 120 por ciento y en los demás sectores en un 110 por ciento. El artículo 20.Dos.3.I) de la citada ley establece que se consideran sectores prioritarios a efectos de la tasa de reposición: «plazas de los Cuerpos de Catedráticos de Universidad y de Profesores Titulares de Universidad, de profesores contratados doctores de Universidad regulados en el artículo 52 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y a las plazas de personal de administración y servicios de las Universidades, siempre que por parte de las Administraciones Públicas de las que dependan se autoricen las correspondientes convocatorias.

Dentro del límite de la tasa de reposición correspondiente a los Cuerpos de Catedráticos de Universidad y de Profesores Titulares de Universidad y a los profesores contratados doctores previsto en el párrafo anterior, cada Universidad estará obligada a destinar, como mínimo, un 15 por ciento del total de plazas que oferte, a la incorporación, en aquella categoría para la que esté acreditado, de personal investigador doctor que haya obtenido el certificado I3 dentro del marco del Programa Ramón y Cajal. En el supuesto de que no se utilicen todas las plazas previstas en esta reserva, estas se podrán ofertar a otros investigadores de programas de excelencia, nacionales o internacionales y que hayan obtenido el certificado I3. En este caso, la Universidad deberá aportar un certificado del Ministerio de Universidades en el que conste que los programas ofertados reúnen los requisitos establecidos en este apartado.»

Asimismo, el apartado del 1 del citado artículo 20.Tres de la Ley de PGE de 2022, establece que «para calcular la tasa de reposición de efectivos el porcentaje de tasa máximo autorizado se aplicará sobre la diferencia entre el número de empleados fijos que, durante el ejercicio presupuestario anterior, dejaron de prestar servicios y el número de empleados fijos que se hubieran incorporado en el referido ejercicio, por cualquier causa salvo los supuestos previstos en el apartado tres.4, o reingresado desde situaciones que no conlleven la reserva de puestos de trabajo. A estos efectos se computarán los ceses por jubilación, retiro, fallecimiento, renuncia, declaración en situación de excedencia sin reserva de puesto de trabajo, pérdida de la condición de funcionario de carrera o la extinción del contrato de trabajo, o en cualquier otra situación administrativa que no suponga la reserva de puesto de trabajo o la percepción de retribuciones con cargo a la Administración en la que se cesa. Igualmente, se tendrán en cuenta las altas y bajas producidas por los concursos de traslados a otras Administraciones Públicas, así como las producidas como consecuencia de lo dispuesto en el apartado seis.3 de este artículo y en el apartado Uno.3 de las disposiciones adicionales vigésima primera, vigésima segunda y vigésima tercera respecto de la movilidad del personal con una relación preexistente, fija e indefinida en el sector de que se trate. Las plazas de profesor contratado doctor que queden vacantes como consecuencia del acceso a un Cuerpo docente universitario, se podrán incluir en la tasa de reposición del ejercicio siguiente.»

A su vez, el artículo 13.1 de la Ley 1/2022, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2023, establece que «durante el año 2023 se podrá proceder a la incorporación de nuevo personal en el sector público andaluz, hasta el máximo que se establezca por la legislación básica estatal».

De acuerdo con lo anterior, la tasa de reposición de efectivos de personal docente e investigador en la Universidad de Cádiz para el año 2023 supone un total de 69 plazas, correspondientes a las altas y bajas producidas durante el pasado año 2022 en el colectivo de personal docente e investigador y conforme al cálculo señalado anteriormente:

Sector prioritario, 55 bajas, incrementadas en un 20%: 66 plazas

Sector no prioritario, 3 bajas, incrementadas en un 10%: 3 plazas.

La Mesa de negociación de temas comunes de los empleados públicos de la Universidad de Cádiz ha acordado, en su reunión de 23 de marzo de 2023, los criterios de reparto de las plazas correspondientes a la tasa de reposición del año 2023, acordándose con los representantes la presente propuesta de Oferta de Empleo Público del personal docente e investigador.

Por todo lo anterior, conforme a lo establecido en la normativa indicada, en los Estatutos de la Universidad de Cádiz y según el Acuerdo del Consejo de Gobierno de nuestra Universidad de 30 de marzo de 2023, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público del personal docente e investigador de la Universidad de Cádiz para el año 2023,

RESUELVO

Primero. Publicar la Oferta de Empleo Público del personal docente e investigador de la Universidad de Cádiz para el año 2023.

Segundo. Esta Oferta de Empleo Público incluye las necesidades de recursos humanos de carácter permanente en el ámbito docente e investigador con asignación presupuestaria que no pueden ser cubiertas con los efectivos de personal existentes, que se detallan en el anexo, dentro del contexto global de restricción presupuestaria que afecta a todas las Administraciones Públicas. Falta, sin embargo, reseñar las necesidades de recursos humanos de carácter permanente en el ámbito del personal de administración y servicios, sin que ello afecte al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria establecidos para dicha Universidad, ni de los demás límites fijados en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

Tercero. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 28 de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía, se reservará en las convocatorias de plazas de nuevo ingreso incluidas en la Oferta de Empleo Público, las plazas correspondientes hasta completar el cupo del 10% de plazas de nuevo ingreso (7 plazas), para su cobertura entre personas con discapacidad, siempre que superen los procesos selectivos y acrediten su discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas propias del puesto objeto de convocatoria.

Cuarto. Asimismo, la presente oferta de empleo incluye las plazas del Cuerpo de Catedráticos a convocar por promoción interna, de acuerdo con lo establecido en el artículo 62.2 de la Ley Orgánica de Universidades.

Quinto. Las convocatorias de los procesos selectivos derivados de esta oferta se publicarán en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, según corresponda, para garantizar la publicidad exigida en el artículo 62.1 de la Ley 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y se ejecutarán dentro del plazo máximo establecido en el artículo 70 del Estatuto Básico del Empleado Público.

Cádiz, 30 de marzo de 2023.- El Rector, P.D. de competencias (Resolución UCA/R83REC/2019, de 29.7, BOUCA del 29), el Vicerrector de Profesorado, Manuel Antonio García Sedeño.

ANEXO 1

RELACIÓN DE PLAZAS INCLUIDAS EN LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DEL PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR DE LA UNIVERSIDAD DE CÁDIZ PARA EL AÑO 2023

A) Personal docente e investigador (PDI).

Subgrupo Cuerpo/Categoría Núm. de plazas
A1 Profesor/a Titular de Universidad 56 (¹)
1 Profesor/a Contratado/a Doctor 8 (²)
1 Profesor/a Contratado/a Doctor Vinculado Instituciones Sanitarias 5

(¹) De estas plazas, se destinarán 2 a personal investigador doctor que haya finalizado el Programa Ramón y Cajal y haya obtenido el certificado I3. En el supuesto de que no se utilicen todas las plazas previstas en esta reserva, estas se podrán ofertar a otros investigadores de programas de excelencia, nacionales o internacionales y que hayan obtenido el certificado I3.

(²) Estas plazas se destinarán a personal investigador doctor que haya finalizado el Programa Ramón y Cajal y haya obtenido el certificado I3. En el supuesto de que no se utilicen todas las plazas previstas en esta reserva, estas se podrán ofertar a otros investigadores de programas de excelencia, nacionales o internacionales y que hayan obtenido el certificado I3.

- Plazas que se convocan por promoción interna de acuerdo con lo establecido en el artículo 62.2 de la Ley Orgánica de Universidades:

Subgrupo Cuerpo/Categoría Núm. de plazas
A1 Catedrático/a de Universidad 56

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