Anuncio de 29 de marzo de 2023, de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía IDEA, por el que se da publicidad a la convocatoria para la cobertura del puesto directivo de la Subdirección General.
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Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 34.3 del Decreto 122/2014, de 26 de agosto, por el que se modifica el Decreto 26/2007, de 6 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, que exige que la selección del personal se efectúe mediante convocatoria pública en medios oficiales, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de las convocatorias para la selección del personal de la Agencia, por el presente y para general conocimiento, se dispone la publicación de la resolución, cuyo tenor literal a continuación se transcribe:
RESOLUCIÓN DEL DIRECTOR GENERAL DE LA AGENCIA DE INNOVACIÓN Y DESARROLLO DE ANDALUCIA, IDEA, POR LA QUE SE FORMALIZA LA CONVOCATORIA PARA LA COBERTURA DEL PUESTO DE SUBDIRECCIÓN GENERAL
El artículo 13. 1 y 2 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público establece, respecto del personal directivo profesional de las Administraciones Públicas, manifiesta que:
«1. Es personal directivo el que desarrolla funciones directivas profesionales en las Administraciones Públicas, definidas como tales en las normas específicas de cada Administración.
2. Su designación atenderá a principios de mérito y capacidad y a criterios de idoneidad, y se llevará a cabo mediante procedimientos que garanticen la publicidad y concurrencia.»
A su vez, el artículo 70.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, determina que «es personal directivo de las Agencias Públicas Empresariales el que ocupa puestos de trabajo determinados como tales en los Estatutos, en atención a la especial responsabilidad, competencia técnica y relevancia de las tareas asignadas. Su régimen jurídico será el previsto en el artículo 13 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y en la normativa de desarrollo dictada por la Comunidad Autónoma de Andalucía».
Igualmente, la disposición adicional quinta de la Ley 1/2011, de 17 de febrero, de Reordenación del sector público de Andalucía, establece que:
1. El personal directivo de las agencias es el que ocupa los puestos de trabajo determinados como tales en los estatutos de estas, en atención a la especial responsabilidad, competencia técnica y relevancia de las tareas a ellos asignadas.
3. Su régimen jurídico será el previsto en el artículo 13 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y en la normativa de desarrollo dictada por la Comunidad Autónoma de Andalucía. En el mismo sentido se pronuncia el artículo 25 de la Ley de Presupuestos, y el artículo 5.2 del Decreto 122/2014, de 26 de agosto, por el que se modifica el Decreto 26/2007, de 6 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, establece que son órganos de gestión: La Subdirección General, la Secretaría General, las Gerencias Provinciales y la estructura directiva de que se dote la Agencia.
En virtud de cuanto antecede y en uso de las facultades que me confiere el artículo 13 de los Estatutos de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía,
RESUELVO
Primero. Aprobar la convocatoria pública para la cobertura del puesto directivo de la Subdirección General de la Agencia.
Segundo. Aprobar las bases por las que se regulará la citada convocatoria y que serán las siguientes:
BASES
1. Normas generales.
Es objeto de las presentes bases establecer las normas para la provisión del puesto de trabajo en régimen laboral de alta dirección de Subdirección General, en los Servicios Centrales de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, IDEA, cuyo perfil profesional se indica seguidamente, al amparo de lo previsto en los Estatutos de la entidad.
Denominación: Subdirección General.
Descripción del puesto y atribuciones principales:
a) Ejercer cuantas funciones y competencias le sean delegadas por la Dirección General.
b) Sustituir a las personas titulares de la Dirección General o de la Secretaría del Consejo Rector en caso de vacante, enfermedad, ausencia o impedimento legítimo.
Régimen laboral: Sometido a la relación laboral de carácter especial de alta dirección (Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto). Su régimen jurídico será el previsto en el artículo 13 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, en la normativa de desarrollo dictada por la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el artículo 25 de la Ley 1/2022, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2023 y en la normativa de general y particular aplicación.
La retribución para este puesto directivo vendrá marcada por lo establecido en la Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2023, y será fijado de acuerdo con el régimen retributivo de esta entidad; incluirá las retribuciones básicas, así como otros conceptos que pudieran ser de aplicación según la normativa de desarrollo citada por la Comunidad Autónoma Andaluza. La información de estas retribuciones se encuentra publicada en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía, sección Transparencia Entidades Instrumentales.
El centro de trabajo estará ubicado en los Servicios Centrales de esta entidad.
2. Requisitos mínimos.
Para ser admitidas a la realización del proceso selectivo, las personas aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación los siguientes requisitos mínimos:
Poseer titulación universitaria oficial de licenciatura o Grado en Ciencias Económicas, Empresariales, Administración y Dirección de Empresas o Derecho. Estar en posesión de título universitario oficial expedido por el Ministerio de Educación y Ciencia, o bien la convalidación u homologación pertinente emitida por dicho Ministerio conforme al marco legal de aplicación.
Experiencia de un mínimo de dos años en el desempeño de funciones directivas y un mínimo de dos años de experiencia en el ámbito del sector público.
No estar incurso/a en ninguna de las incompatibilidades que determina la legislación vigente.
Cumplir los requisitos generales de participación en procesos selectivos para acceso al empleo público previstos en el artículo 56.1 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
3. Aspectos a valorar.
La convocatoria dispondrá de un Comité Calificador, de conformidad con lo previsto en el artículo 25 de la Ley 1/2022, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2023; la valoración del mérito, capacidad e idoneidad de los aspirantes al puesto de alta dirección corresponderá exclusivamente a este Comité Calificador, el cual estará compuesto por personal o titulares de órganos de la Consejería de adscripción del ente, así como por un representante del propio ente, seleccionados conforme a los principios de profesionalidad e idoneidad. Dicho comité valorará a las personas aspirantes que cumplan los requisitos, teniendo en cuenta los siguientes aspectos:
Experiencia en procesos de reestructuración y liquidación de entidades y operaciones mercantiles.
Experiencia en ejecución de la actividad presupuestaria, gestión de gasto y contabilidad.
Experiencia en la planificación y coordinación de la actividad de centros directivos.
Formación Post Grado o Máster en Organización y/o Dirección Empresas.
4. Solicitudes de participación y documentación a presentar.
Quienes deseen participar en el proceso de selección deberán cumplimentar el modelo de Solicitud de Participación y Autobaremación, disponible en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía (apartado Empleo Público: Ofertas de Empleo de entidades Instrumentales). Toda la información asociada a este proceso selectivo se publicará igualmente en este Portal de Transparencia.
El lugar de presentación de solicitudes y documentación acreditativa exigida en la convocatoria será a través de alguno de los siguientes medios:
En formato papel en el Registro General de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, bien en la sede de los Servicios Centrales, bien en las Gerencias Provinciales; o en cualquier Registro oficial habilitado para ello.
En formato electrónico, según lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La documentación será presentada preferentemente por medios electrónicos.
En el caso de presentar la solicitud en lugar distinto al Registro General de la Agencia IDEA, y al objeto de agilizar el procedimiento, la persona interesada deberá comunicarlo dentro del plazo de los 2 días hábiles posteriores a la presentación de dicha solicitud, mediante correo electrónico a la dirección seleccion@agenciaidea.es, aportando copia de la solicitud y de toda la documentación que le acompañe.
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días naturales, a contar desde el siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.
No se admitirán solicitudes de participación remitidas por otras vías. Tanto la no entrega de solicitudes o documentación como su presentación fuera de plazo, serán causa automática de exclusión del proceso de selección.
Será igualmente causa de exclusión del proceso de selección, cualquier falsedad, anomalía o irregularidad detectada en los datos o documentos aportados.
Para formar parte del proceso selectivo se deberá presentar:
Fotocopia del título de la licenciatura o grado exigido como requisito de acceso.
Fotocopia del DNI o documento que acredite la nacionalidad.
Solicitud de participación y autobaremación del proceso de selección cumplimentada y firmada, conteniendo los datos personales del candidato/a, junto con la declaración responsable de cumplimiento de requisitos mínimos exigibles, así como de estar en posesión de la formación y experiencia profesional alegada por la persona aspirante.
Fotocopia de la documentación acreditativa de la formación complementaria y la experiencia profesional susceptible de valoración, distinta de la exigida para poder concurrir, y toda la documentación que acredite que el aspirante reúne los méritos valorables y autobaremados.
Certificado de vida laboral actualizado.
Para acreditar documentalmente tales extremos, se enviarán las fotocopias de los documentos que los acrediten, la cual deberá ir numerada y con su índice correspondiente. La documentación original acreditativa de la formación y experiencia profesional podrá ser requerida en cualquier momento del procedimiento por el Comité Calificador.
Únicamente se tendrán en cuenta los méritos y servicios que puedan ser justificados como máximo a la fecha en que expire el plazo de presentación de solicitudes. Asimismo, no se considerará la documentación justificativa de méritos no incorporada ni autobaremada durante el plazo de presentación de solicitudes.
5. Proceso de selección.
El proceso de selección constará de las siguientes fases:
Preselección.
Se realizará por el área de la agencia con competencias en materia de personal, y se comprobará el cumplimiento de los requisitos recogidos en las letras a), b) y c) del apartado 2 de esta convocatoria.
En esta fase se realizarán las siguientes actuaciones:
Revisión del registro de las solicitudes recibidas y de la documentación aportada con las mismas en tiempo y forma. Se realizará una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes.
Comprobación del cumplimiento por las candidaturas de los requisitos establecidos en la convocatoria.
Redacción del informe de preselección.
Baremación de méritos.
El Comité Calificador comprobará las solicitudes de participación y autobaremación, procediendo a su estudio y revisión, elaborando un listado provisional de candidaturas admitidas y excluidas, en orden de mayor a menor puntuación, de acuerdo con los aspectos recogidos en el apartado 3 y con arreglo a los criterios de valoración definidos en el baremo del Anexo I y cuya puntuación máxima será de 80 puntos.
Contra este listado podrá presentarse reclamaciones en los 3 días hábiles siguientes a su publicación, presentándose alegación, preferiblemente al correo seleccion@agenciaidea.es o mediante escrito dirigido al Registro de la Agencia, enviando correo electrónico al mail anteriormente mencionado dentro del plazo estipulado.
Transcurrido el plazo para reclamar o resueltas en su caso las reclamaciones planteadas, se publicará listado definitivo. Las tres primeras candidaturas pasarán a la fase de entrevista personal.
Para superar la fase de baremación de méritos (experiencia y formación), se exigirá una puntuación mínima de al menos del 50% de la puntuación asignada.
La publicación de los listados indicados se realizará conforme al apartado 4.º de esta convocatoria.
Entrevista personal.
Las tres candidaturas que hayan obtenido mayor puntuación en el listado definitivo serán convocadas a la entrevista personal, cuya puntuación máxima será de 20 puntos.
En la entrevista personal se determina el ajuste del candidato/a al puesto ofertado, y la idoneidad de la persona aspirante al mismo, valorándose las competencias personales y la adaptación al puesto. La entrevista personal deberá superar al menos el 50% de la puntuación asignada a esta fase, para considerarse superada.
El Comité Calificador podrá en cualquier momento contrastar todos los datos, documentos y méritos aportados por las personas interesadas, así como solicitar las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos, requisitos o datos alegados, así como aquellos otros que se consideren precisos para una ajustada valoración.
Las comunicaciones con las candidaturas serán por correo electrónico y con acuse de recibo, mediante la dirección de correo electrónico indicado por la persona candidata en su solicitud.
En caso de empate en la puntuación total en el proceso selectivo, este será resuelto según la candidatura con mayor puntuación obtenida en la entrevista personal.
Resolución del proceso y publicidad.
El Comité Calificador emitirá informe de propuesta de designación, en el que se indique la candidatura que ha superado el proceso de selección. Este informe será elevado a la Dirección General de la entidad, la cual concluirá mediante una resolución de adjudicación.
El resultado del proceso será publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en la web de la Agencia y en el Portal de Transparencia del Portal de la Junta de Andalucía.
Incidencias y recursos.
El Comité Calificador estará facultado para resolver cuantas dudas se presenten, así como la toma de decisiones necesarias para el buen desarrollo del proceso selectivo.
De conformidad con lo establecido en los vigentes Estatutos de esta entidad y para cuanto no esté previsto en las presentes bases, se estará a lo dispuesto en la legislación de carácter general y demás normas de aplicación.
Las presentes bases y cuantos actos administrativos deriven de ellas agotarán la vía administrativa, pudiendo las personas interesadas interponer bien recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la Agencia IDEA, de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso contencioso-administrativo en los términos previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de dos meses, en ambos casos a contar desde la publicación y/o notificación del correspondiente anuncio o resolución de que se trate.
ANEXO I
BAREMO DE PUNTUACIÓN: SUBDIRECCIÓN GENERAL
1. Méritos: Máximo 80 puntos.
Se valorarán los siguientes méritos:
A) Méritos profesionales en experiencia (hasta 70 puntos):
◦ Por cada mes completo de experiencia en procesos de reestructuración y liquidación de entidades y operaciones mercantiles (0,25 por mes), máximo: 30 puntos.
◦ Por cada mes completo de experiencia en el desempeño de funciones directivas similares al puesto ofertado (0,25 por mes), máximo: 25 puntos.
◦ Por cada mes completo de experiencia en participación en órganos de gobierno de entidades. (0,25 por mes), máximo: 15 puntos.
A estos efectos, la puntuación indicada se computará para los periodos de tiempo superiores a la experiencia mínima exigida.
B) Méritos formativos (hasta 10 puntos):
Formación en Post Grado o Máster en Organización y/o Direccion de Empresas: 10 puntos.
2. Entrevista personal: Máximo 20 puntos.
Sevilla, 29 de marzo de 2023.- El Director General, Miguel Ángel Figueroa Teva.
Descargar PDFBOJA nº 64 de 04/04/2023