Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 69 de 13/04/2023

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Universidades

Resolución de 31 de marzo de 2023, de la Universidad de Sevilla, por la que se convoca concurso público para la contratación de Profesorado Asociado de Ciencias de la Salud, mediante contrato laboral de duración determinada a tiempo parcial.

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De conformidad con lo dispuesto en los arts. 2.2.e) y 48 de la Ley 6/2001, Orgánica de Universidades, de 21 de diciembre, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril; en el art. 43 del Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades; el Estatuto de la Universidad de Sevilla; el Real Decreto 1558/1986, de 28 de junio, por el que se establecen las bases generales del régimen de conciertos entre las Universidades y las Instituciones Sanitarias; el Convenio Marco para la utilización de las Instituciones Sanitarias en la educación y la docencia, y el Concierto entre la Junta de Andalucía y la Universidad de Sevilla (Acuerdo de 26 de marzo de 1996); el Acuerdo de 17 de marzo de 2015, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, por el que se autoriza la modificación del Convenio-Marco suscrito ente las Consejerías de Salud y Educación y Ciencia y las Universidades de Almería, Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Málaga y Sevilla, para la utilización de las Instituciones Sanitarias en la investigación y la docencia, y la Adenda al citado Convenio-Marco suscrito el 2 de junio de 2015, entre la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales y las Universidades de Almería, Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Málaga y Sevilla.

Atendiendo a la existencia de plazas vacantes de Profesorado Asociado de Ciencias de la Salud y concurriendo necesidades urgentes e inaplazables para su cobertura mediante el correspondiente concurso,

El Rector de la Universidad de Sevilla, en el uso de las atribuciones que le confieren los artículos 20 de la LOU y 20 del Estatuto de la Universidad de Sevilla, ha resuelto convocar a concurso, las plazas que se relacionan en el anexo de la presente resolución, dotadas en el estado de gastos del presupuesto de la Universidad de Sevilla, incluidas en la vigente RPT y con sujeción a las siguientes bases:

1. Normas generales.

1.1. Este concurso se regirá por lo dispuesto en la LOU, la LAU y el EUS, y por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, por la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, así como por las presentes bases y, con carácter supletorio, por lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como en el I Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador de las Universidades Públicas de Andalucía.

1.2. Se convoca concurso público para cubrir, mediante contrato laboral especial de duración determinada a tiempo parcial, las plazas de Profesorado Asociado de Ciencias de la Salud que se indican en Anexo I con las características que igualmente se señalan en el mismo.

1.3. Los candidatos propuestos para ocupar las plazas deberán realizar las funciones asignadas en la normativa y acuerdos vigentes, respetar el calendario y horario establecido por el centro y las actividades docentes asignadas por el departamento.

1.4. Los candidatos propuestos deberán presentar la documentación necesaria para solicitar la compatibilidad en el momento de la firma del contrato.

2. Requisitos de los candidatos.

Para ser admitido a estas pruebas selectivas deberán reunirse los siguientes requisitos:

2.1. Requisitos generales.

A) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Estatuto Básico del Empleado Público.

B) Edad. Tener cumplidos 16 años y no haber superado los 70.

C) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas que se deriven del correspondiente nombramiento y no padecer enfermedad ni defecto físico que impida el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de Universidad y a Facultativo Especialista de Área.

D) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado, además de no encontrarse inhabilitado para el ejercicio de la profesión médica. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos del acceso al empleo público.

2.2. Requisitos específicos.

2.2.1. Estar en posesión del título académico que habilita para el ejercicio de la profesión. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estar en posesión de la credencial que acredite la homologación.

2.2.2. Estar en posesión del título de especialista en ciencias de la salud correspondiente a la especialidad a la que viene referida la plaza, en su caso. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estar en posesión de la credencial que acredite la homologación.

2.2.3. De conformidad con la claúsula séptima del Convenio Marco suscrito entre las Consejerías de Salud y de Educación y Ciencia y la Universidad de Sevilla, los aspirantes deberán ser personal de plantilla que preste servicios en cada una de las Instituciones Sanitarias concertadas.

Los requisitos establecidos en la presente base deberán cumplirse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.

Los adjudicatarios de las plazas deberán acreditar, en el momento de la firma del contrato, que prestan servicio en la plaza asistencial correspondiente, y cesarán, en todo caso, como Profesor Asociado (C.I.S.) en todo caso cuando, por cualquier motivo, causen baja en la plaza asistencial que ocupen en la Institución Sanitaria Concertada.

2.2.4. Los candidatos admitidos al concurso que no resulten adjudicatarios de plazas pero hayan superado el umbral mínimo establecido en los baremos específicos elaborados por las correspondientes comisiones, se considerarán incluidos en una bolsa cuya vigencia será de dos cursos académicos y podrán ser contratados como profesorado interino cuando existan necesidades sobrevenidas urgentes debidamente autorizadas por el Vicerrectorado de Personal Docente e Investigador. No obstante lo anterior, si el adjudicatario de una plaza causa baja en la misma por cambio de destino (Hospital o Unidad de Gestión Clínica) se considerará incluido a efectos de bolsa y durante los dos cursos académicos siguientes a la presente convocatoria, en los listados vigentes de candidatos a plazas de ASCIS del mismo Departamento, área y especialidad, en su caso, en el centro receptor al que hayan sido destinados, siempre que sean centros incluidos en el Convenio Marco suscrito entre las Consejerías de Salud y de Educación y Ciencia y la Universidad de Sevilla.

2.2.5. Cada uno de los candidatos será personalmente responsable de la veracidad de la documentación aportada y estará obligado a presentar la documentación original en cualquier momento a requerimiento de la Administración. El falseamiento de la documentación aportada justificativa de los requisitos o de los méritos alegados implicará la exclusión del concursante de la lista, reservándose la Universidad el ejercicio de las acciones legales a que haya lugar en derecho.

3. Solicitudes.

3.1. La solicitud se efectuará mediante instancia-currículum, por duplicado, debidamente cumplimentada, según modelo establecido por la Universidad de Sevilla, y que está disponible en el portal electrónico de la misma (http://docentes.us.es Oferta de Empleo Público - PDI Laboral - Impresos). Los aspirantes que opten a más de una plaza, identificadas por el código que les corresponda en el Anexo I de esta convocatoria, deberán presentar solicitud individualizada para cada una de ellas.

3.2. El plazo de presentación de instancias será de 15 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas.

3.3. De conformidad con lo establecido en el artículo 39 del Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos aprobado por Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, y en lo dispuesto en el Reglamento sobre Administración Electrónica de la Universidad de Sevilla, aprobado por Acuerdo 7.1 de Consejo de Gobierno de 20 de diciembre de 2022, las solicitudes deberán presentarse obligatoriamente de forma telemática (requiere certificado digital de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre) a través del procedimiento de «Presentación de instancias y solicitudes. Modelo genérico», disponible en la Sede Electrónica de la Universidad de Sevilla (https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do) indicando como destinatario en la solicitud «Universidad de Sevilla».

3.4. La solicitud deberá formalizarse necesariamente atendiendo al siguiente procedimiento:

- Incluir de forma expresa en el apartado EXPONE el siguiente texto:

«Habiéndose publicado Resolución del Rector de la Universidad de Sevilla por la que se convoca concurso público para la contratación de Profesores Asociados de Ciencias de la Salud, mediante contrato laboral de duración determinada a tiempo parcial…»

- En el apartado SOLICITA deberá incluirse de forma expresa el siguiente texto:

«Ser admitido en la convocatoria, declarando bajo juramento o promesa lo siguiente: 1) Que los datos consignados en esta solicitud, currículum y resto de la documentación aportada son veraces, copia fiel de los documentos originales y que me comprometo a probar documentalmente los mismos si así se me solicita; 2) Que conozco que la falta de veracidad de la información o el falseamiento de la documentación requerida para la evaluación de mi currículum comporta la invalidez de los méritos afectados, sin perjuicio de la responsabilidad que de tal circunstancia se pudiera derivar; 3) Que reúno las condiciones y requisitos necesarios para el desempeño de la plaza, comprometiéndome, en caso de obtenerla, a realizar las actividades asignadas según lo dispuesto en el contrato».

4. Abono de derechos.

4.1. Los aspirantes deberán justificar haber abonado a la Universidad de Sevilla dentro del plazo de presentación de solicitudes, la cantidad de 31 euros en concepto de derechos de examen por cada plaza solicitada. El ingreso o transferencia bancaria deberá efectuarse en el Banco de Santander, en la cuenta núm. ES770049.2588.71.2114241655 (dígito bancario: 750), con el título Universidad de Sevilla abierta en dicha entidad, haciéndose constar los siguientes datos: nombre y apellidos del interesado y número de la plaza a la que se concursa. La falta del justificante de ingreso determinará la exclusión del aspirante, considerándose que es un requisito insubsanable. En ningún caso la realización del ingreso supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud correspondiente de participación.

4.2. Estarán exentos de pago:

a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por ciento, debiendo acompañar a la solicitud, certificado que acredite tal condición.

b) Las víctimas de terrorismo, sus cónyuges e hijos, siempre y cuando se acredite tal circunstancia con informe preceptivo de la institución correspondiente.

c) Las familias numerosas de categoría especial tendrán derecho a una exención del 100% de la tasa, y a una bonificación del 50% los que fueran de categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.

5. Documentación acreditativa de los requisitos de admisión y de los méritos alegados.

5.1. Cada solicitud deberá contener instancia-currículum debidamente cumplimentada y firmada por cada una de las plazas a las que se concursa y, además, deberá ir acompañada de la siguiente documentación:

a) Copia del título universitario que habilita para optar a la plaza (anverso y reverso). En caso de candidatos con títulos extranjeros deberán estar en posesión de la correspondiente homologación o declaración de equivalencia.

b) Copia del título de especialista en ciencias de la salud correspondiente a la especialidad a la que viene referida la plaza, en su caso. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estar en posesión de la credencial que acredite la homologación.

c) Certificación oficial de vinculación al Servicio Andaluz de Salud, según modelo publicado en la web: http://docentes.us.es – Oferta de Empleo Público – PDI Laboral – Impresos, en la que debe especificarse el Centro, Unidad de Gestión Clínica, Servicio o Sección en la que realiza su labor asistencial, puesto, turno de trabajo y régimen de dedicación.

d) Documentos que se estimen convenientes para la debida justificación de los méritos en un único archivo PDF, debiendo indicarse en el modelo de curriculum el número de página de inicio en dicho documrento PDF para cada mérito aportado.

e) Declaración responsable firmada, según modelo publicado en la web del Vicerrectorado de Personal Docente e Investigador de esta Universidad

(http://docentes.us.es – Oferta de Empleo Público – PDI Laboral – Impresos) de la veracidad de los documentos aportados que serán copia fiel de los originales. La falta de veracidad de la información o el falseamiento de la documentación aportada comportará la invalidez de los méritos afectados, sin perjuicio de la responsabilidad que tal circunstancia pudiera derivar.

5.2. La acreditación de los servicios prestados en la Universidad de Sevilla se hará mediante certificación que deberá solicitarse en el Servicio de Gestión de Personal Docente de esta Universidad. Por lo que respecta a la actividad docente, la certificación se solicitará en el Área de Ordenación Académica.

En el supuesto de servicios prestados en otra Universidad, la acreditación deberá hacerse mediante certificación expedida por el Secretario General de la misma en la que se haga constar la efectiva impartición de la docencia. En el caso de Universidades extranjeras, la certificación deberá ser expedida por figura homóloga a la de Secretario General y habrá de aportarse debidamente traducida al castellano por traductor jurado oficial.

6. Admisión de aspirantes.

6.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se hará pública la relación provisional de admitidos y excluidos en cada plaza con indicación, en su caso, de la causa de exclusión. Esta publicación se efectuará mediante exposición de las correspondientes listas en el Tablón electrónico oficial de la Universidad de Sevilla y, a título informativo, en el portal electrónico (https://docentes.us.es - Oferta de Empleo Público-Convocatorias).

6.2. Contra esta resolución, los interesados podrán presentar reclamación ante el Sr. Rector en el plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del listado provisional, con objeto de subsanar las causas de exclusión que figuren en dicho listado.

6.3. La documentación que se aporte para subsanar deberá presentarse necesariamente por Registro telemático, acompañada de la correspondiente instancia o escrito de remisión, indicando la Resolución de la convocatoria y el número de la plaza a la que se concursa y solicitando la subsanación a los efectos de la admisión al concurso. Los aspirantes que, dentro del plazo otorgado, no subsanen el defecto o la causa de exclusión o no aleguen justificadamente sobre la falta de cumplimiento del requisito preceptivo que corresponda en su caso y que se halle así establecido en las presentes bases, serán definitivamente excluidos del proceso selectivo en la posterior publicación de las listas definitivas.

6.4. Una vez revisada la documentación aportada por los interesados en el trámite de subsanación y resueltas las alegaciones de los aspirantes excluidos en su caso, se publicarán las listas definitivas de admitidos y excluidos en el Tablón electrónico oficial de la Universidad de Sevilla y, a título informativo, en la siguiente dirección https://docentes.us.es

6.5. Frente a la resolución que eleve a definitivas las listas de aspirantes admitidos y excluidos, y a tenor de lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, los aspirantes podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el Sr. Rector en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación, o bien recurso contencioso-administrativo conforme a lo establecido en los artículos 46.1 y 83 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. No podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa o la desestimación presunta del recurso de reposición.

6.6. Los datos personales recogidos en la solicitud de participación al presente concurso serán incoporados a la base de datos de la Universidad de Sevilla para la gestión interna de la relación empresa/empleados y cedidos a otras Administraciones Públicas en cumplimiento de la normativa laboral, de seguridad social y tributaria, y a cualquier entidad obligada por ley. De acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Profección de Datos Personales y garantía de derecho digitales, y el Reglamento 2016/679 de la Unión Europea, los interesados pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, dirigiendo un escrito a la Sra. Delegada de Protección de Datos de la Universidad de Sevilla, Rectorado, C/ San Fernando, 4, Sevilla, e-mail: dpd@us.es

7. Desarrollo del concurso.

7.1. Los méritos de los candidatos serán valorados conforme al baremo general aprobado por Consejo de Gobierno de 13 de marzo de 2018 y el baremo específico para plazas de Profesor Asociado C.I.S. elaborado por la correspondiente Comisión, en el que vendrá determinado el umbral mínimo de puntuación que han de alcanzar los candidatos para poder optar a la plaza. Dichos baremos se encuentran disponibles en la siguiente dirección: https://docentes.us.es – Oferta de Empleo Público – PDI Laboral – Normativas.

7.2. Los méritos de los aspirantes serán juzgados por las Comisiones de Contratación constituidas de conformidad con el artículo 90 del Estatuto de la Universidad de Sevilla.

7.3. Las Comisiones se considerarán órganos colegiados a tenor de lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. El nombramiento como miembro de las Comisiones de Contratación es irrenunciable, salvo cuando concurra alguna de las causas previstas en la mencionada Ley 40/2015, de 1 de octubre. En este caso, la apreciación de la causa alegada corresponderá al Rector.

7.4. El artículo 23 de la mencionada Ley 40/2015 dispone que las autoridades y el personal al servicio de las Administaciones en quienes se den algunas de las circunstancias señaladas en el apartado siguiente, se abstendrán de intervenir en el procedimiento y lo comunicarán al Rector, quien resolverá lo procedente. Se establecen como motivos de abstención los siguientes:

a) Tener interés personal en el asunto de que se trate o en otro en cuya resolución pudiera influir la de aquél, ser administrador de sociedad o entidad interesada, o tener cuestión litigosa pendiente con algún interesado.

b) Tener vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable o parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo con cualquiera de los interesados, con los administradores de entidades o sociedades interesadas y también con los asesores, representantes legales o mandatarios que intervengan en el procedimiento, así como compartir despacho profesional o estar asociado con éstos para el asesoramiento, la representación o el mandato.

c) Tener amistad íntima o enemistad manifiesta con alguna de las personas mencionadas en el apartado anterior.

d) Haber intervenido como perito o como testigo en el procedimiento de que se trate.

e) Tener relación de servicio como persona natural o jurídica interesada directamente en el asunto, o haberle prestado en los dos últimos años, servicios profesionales de cualquier tipo y en cualquier circunstancia o lugar.

7.5. En los casos previstos anteriormente, podrá promoverse recusación por parte de los interesados en cualquier momento de la tramitación del procedimiento. El incidente de recusación será resuelto por el Rector en el plazo de tres días, una vez recabado el informe del recusado y realizadas las comprobaciones que se consideren oportunas. El incidente de recusación suspenderá el procedimiento selectivo hasta su resolución.

7.6. En los casos de abstención, renuncia y recusación que impidan la actuación de los miembros titulares de la Comisión, éstos serán sustituidos por los suplentes designados mediante resolución expresa del Rectorado, sin que sea admisible ninguna actuación de la Comisión previa a la comunicación del nombramiento expreso.

7.7. Según lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la Administración podrá exigir de oficio en vía administrativa, a sus autoridades y demás personal a su servicio, la responsabilidad en que hubieran incurrido por dolo, culpa o negligencia grave.

8. Resolución del concurso.

8.1. En el plazo de 25 días hábiles desde la recepción de la documentación, las Comisiones deberán resolver el concurso y elevar la correspondiente propuesta de adjudicación. Para ello, deberán cumplimentar las actas que se pondrán a su disposición por parte del Servicio de Programación Docente junto con los listados de admitidos y excluidos y la documentación aportada por los candidatos.

8.2. El acta resultante del proceso de baremación será publicada en el Tablón electrónico oficial de la Universidad de Sevilla y, a título informativo en el siguiente enlace: https://docentes.us.es – Oferta de Empleo Público – PDI Laboral. Dicha publicación surtirá efectos de notificación a los interesados de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

8.3. Contra las propuestas de adjudicación, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Sr. Rector de esta Universidad en el plazo de un mes a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación.

Cualquier incidencia o acto de trámite que se produzca relativo a la tramitación de los recursos que, en su caso, se interpongan, será publicada para general conocimiento en el Tablón Electrónico oficial de la Universidad de Sevilla y, a título informativo en elsiguiente enlace: https://docentes.us.es y surtirá los mismos efectos de notificación previstos en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

9. De la contratación.

9.1. Iniciación.

9.1.1. El plazo para la firma del contrato será de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación del acta conteniendo la propuesta de adjudicación. Los adjudicatarios deberán contactar en dicho plazo con el Servicio de Gestión de Personal Docente (contratospdi@us.es) manifestando su aceptación de la propuesta. Si el adjudicatario no formaliza el contrato en el plazo establecido, se entenderá que renuncia al contrato.

9.1.2. En el acto de la firma del contrato los adjudicatarios aportarán:

a) Copia del DNI o documento equivalente.

b) En el caso de extranjeros no nacionales de países miembros de la Unión Europea, deberán aportar la exención del permiso de trabajo de conformidad con lo dispuesto en el art. 68.6 del R.D. 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Ejecución de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009.

c) Certificado médico oficial acreditatito de poseer la capacidad funcional para el desempeño de sus tareas. En el supuesto de que se necesite algun tipo de adaptación al puesto de trabajo, el adjudicatario deberá aportar informe del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la Universidad de Sevilla.

d) Declaración jurada de no haber sido separado de la Administración Estatal, Institucional o Local, ni de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, en virtud de expediente disciplinario, y/o hallarse inhabilitado para el ejercicio de la Función Pública. Los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea o de algún Estado al que, en virtud de los Tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de libre circulación de trabajadores, deberán acreditar, de conformidad con lo establecido en el artículo 7.2 del R.D. 543/2001, de 18 de mayo, no haber sido objeto de sanción disciplinaria o condena penal que impidan, en su Estado, el acceso a la función pública.

e) Solicitud de autorización o reconocimiento de compatibilidad.

f) En todo caso, para la firma del contrato será necesario estar en posesión del certificado electrónico expedido por la FNMT.

9.2. La autorización para el disfrute de vacaciones, licencias o similares durante el periodo docente para el que se contrata el profesor, deberá ser informada favorablemente por el Departamento, ya que la misma estará condicionada a la cobertura de la actividad docente asignada.

9.3. Los contratos serán renovados en los mismos términos de la vigencia inicial. Dicha renovación se dará siempre que se siga acreditando el ejercicio de la actividad en la plaza asistencial que ocupen en la Institución Sanitaria concertada, se mantengan las necesidades docentes que motivaron el contrato, y salvo que exista informe motivado en contra de la renovación por el Departamento.

10. Régimen de dedicación.

El personal asistencial contratado como profesor asociado desarrollará el conjunto de sus actividades docentes y asistenciales en una misma jornada. La dedicación horaria de dicho personal será la establecida en la base decimotercera.dos del Real Decreto 1558/1986, de 28 de junio, por el que se establecen las bases generales del régimen de conciertos entre las Universidades y las Instituciones Sanitarias.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación. No obstante, y sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro que se estime procedente, puede optarse por interponer recurso de reposición, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, en cuyo caso no podrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente mencionado en tanto no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Sevilla, 31 de marzo de 2023.- El Rector, Miguel Ángel Castro Arroyo.

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