Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 78 de 26/04/2023

3. Otras disposiciones

Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul

Resolución de 17 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad, por la que se somete al trámite de información pública el proyecto de orden por la que se aprueba el plan anual para la prevención, vigilancia y extinción de incendios forestales de Andalucía para el año 2023.

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El Real Decreto-ley 15/2022, de 1 de agosto, por el que se adoptan medidas urgentes en materia de incendios forestales, indica que las Comunidades Autónomas, ante el riesgo general de incendios forestales, elaborarán y aprobarán planes anuales para la prevención, vigilancia y extinción de incendios forestales. Los referidos planes, que deberán ser objeto de publicidad previa a su desarrollo, comprenderán la totalidad de las actuaciones a desarrollar y abarcarán la totalidad del territorio de la Comunidad Autónoma correspondiente.

El articulo 45.1.c) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece que cuando el proyecto normativo afecte a los derechos e intereses legítimos de la ciudadanía y la naturaleza de la disposición lo aconseje, será sometido a información pública, durante un plazo razonable y no inferior de quince días hábiles. La participación de la ciudadanía podrá producirse por cualquier medio admisible en Derecho, entre otros, por vía telemática en los términos previstos reglamentariamente.

Finalmente, el artículo 10.1 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, relativo a la participación pública en asuntos con incidencia medioambiental, indica que se debe informar a la ciudadanía, a través de los medios apropiados, sobre cualquier iniciativa de elaboración de propuestas de planes y programas medioambientales, así como de disposiciones de carácter general en la materia, de modo que la ciudadanía pueda formular observaciones y alegaciones antes de que se adopte la decisión sobre el plan, programa o disposición de carácter general, debiendo indicar la forma en que lo pueden hacer y que éstas sean debidamente tenidas en cuenta por la Administración Pública.

Con fecha 13 de abril de 2023, la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul acuerda el inicio del procedimiento de elaboración del proyecto de orden por la que se aprueba el Plan Anual para la Prevención, Vigilancia y Extinción de Incendios Forestales de Andalucía para el año 2023.

El objeto del presente proyecto normativo es aprobar el Plan Anual para la Prevención, Vigilancia y Extinción de Incendios Forestales de Andalucía para el año 2023, exigido por el Real decreto-ley 15/2022, que debe incluir la totalidad de las actuaciones a desarrollar en materia de prevención, vigilancia y extinción de incendios forestales y abarcará la totalidad del territorio de la comunidad autónoma.

En virtud de lo anteriormente expuesto, de acuerdo con lo previsto en el artículo 133.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el artículo 45.1.c) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

RESUELVO

Primero. Someter a información pública el proyecto de orden citado, por un plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la finalidad de que la ciudadanía, los organismos, las entidades y los colectivos interesados formulen las alegaciones que estimen pertinentes.

Segundo. El texto del proyecto de orden quedará expuesto para su general conocimiento:

a) En formato electrónico, en el Portal de la Junta de Andalucía, en la Sección de Transparencia dentro del apartado de publicidad activa, directamente accesible a través de la siguiente url:

https://juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos/detalle/409594.html

La documentación correspondiente a este proyecto normativo se encuentra accesible en la citada dirección electrónica, en cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa establecidas en el artículo 13 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.

b) En formato papel, en la sede de la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad de la Consejería Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, sita en la Avda. Manuel Siurot, núm. 50, de Sevilla, dentro del siguiente horario: de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas, con las excepciones previstas por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Tercero. Las alegaciones que se deseen formular al proyecto de decreto deberán dirigirse a la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad de la Consejería Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, y se podrán realizar:

a) Preferentemente en formato electrónico y abierto a través del canal de Administración electrónica:

http://www.juntadeandalucia.es/medioambiente/site/cae

b) En formato papel, en la sede de la Consejería Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, sita en la Avda. Manuel Siurot, núm. 50, de Sevilla 41071, o bien en cualquier otro registro administrativo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 82 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Cuarto. Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 17 de abril de 2023.- El Director General, Juan Ramón Pérez Valenzuela.

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