Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 8 de 13/01/2023

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Salud y Consumo

Resolución de 27 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueban las listas definitivas de personas aspirantes que superan el concurso-oposición, correspondiente a las pruebas selectivas por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas básicas vacantes de Celador/a, para personas con discapacidad intelectual se anuncia la publicación de dichas listas, se indican las plazas que se ofertan y se inicia el plazo para solicitar destino, convocada mediante de Resolución de 11 de octubre de 2021, de la Agencia Pública Empresarial Sanitaria Hospital de Poniente de Almería.

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De conformidad con lo establecido en las bases 10 y 11 del anexo de la Resolución de 22 de julio de 2021, de la Dirección Gerencia de la Agencia Pública Empresarial Sanitaria Hospital de Poniente de Almería (BOJA núm. 144, de 28 de julio), por la que se aprueban las bases generales de las convocatorias que han de regir los procesos selectivos de concurso-oposición por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas básicas vacantes de categorías y especialidades de los Hospitales de la Agencia Pública Empresarial Sanitaria Hospital de Poniente de Almería, aprobadas mediante el Decreto 168/2020, de 6 de octubre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público extraordinaria para la estabilización de empleo temporal en las Agencias Públicas Empresariales Sanitarias (BOJA núm. 197, de 20 de octubre), la Resolución de 22 de diciembre de 2020, de la Agencia Pública Empresarial Sanitaria Hospital de Poniente, por la que se convoca Oferta Pública de Empleo para la cobertura de puestos con carácter indefinido (BOJA núm. 250, de 30 de diciembre), modificada por la corrección de errores de la misma (BOJA núm. 28, de 11 de febrero de 2021), y la Resolución de 9 de julio de 2021 (BOJA núm. 134, de 14 de julio), y aprobadas mediante el Decreto 227/2020, de 29 de diciembre, por el que se aprueba la oferta de empleo pública ordinaria para el año 2020 de los centros sanitarios adscritos a las Agencias Públicas Empresariales Sanitarias (BOJA extraordinario núm. 90, de 30 de diciembre), y el Decreto 198/2021, de 20 de julio, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2021 de los Centros Sanitarios adscritos a las Agencias Públicas Empresariales Sanitarias (BOJA extraordinario núm. 64, de 21 de julio) (con correcciones de errores publicadas en BOJA núm. 196, de 11 de octubre, y BOJA núm. 201, de 19 de octubre), así como en la Resolución de 11 de octubre de 2021, de la Agencia Pública Empresarial Sanitaria Hospital de Poniente de Almería (BOJA núm. 199, de 15 de octubre de 2021), por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas básicas vacantes de Celador/a de los Hospitales de la Agencia Pública Empresarial Sanitaria Hospital de Poniente de Almería aprobado por el Decreto 168/2020, de 6 de octubre, Decreto 227/2020, de 29 de diciembre, Resolución de 22 de diciembre (Boja núm. 250, 30 de diciembre de 2020), y el Decreto 198/2021, de 20 de julio, para personas con discapacidad intelectual y se aprueban las bases específicas que han de regir dicho proceso selectivo (con corrección de errores públicadas en BOJA núm. 204, de 22 de octubre); resueltas por los respectivos Tribunales Calificadores las alegaciones presentadas a las resoluciones por las que se aprueban las listas provisionales de personas aspirantes que superan el concurso-oposición; y en uso de las atribuciones que tiene conferidas en virtud de lo dispuesto en la disposición transitoria cuarta del Decreto 292/2021, de 28 de diciembre, por el que se disuelve la Agencia Pública Empresarial Sanitaria Hospital de Poniente de Almería, se designa órgano liquidador, se establecen medidas en materia de personal y otras medidas organizativas de carácter transitorio; y en el Decreto 156/2022, de 9 de agosto (BOJA extraordinario núm. 28, de 11 de agosto), por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Consumo, esta Dirección General

RESUELVE

Primero. Aprobar, a propuesta de los Tribunales Calificadores, las listas definitivas de personas aspirantes que han superado el concurso-oposición por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas básicas vacantes de Celador/a, para personas con discapacidad intelectual.

Las citadas listas se publican por orden alfabético y de puntuación, indicando el sistema de acceso por el que participa cada aspirante, la puntuación asignada por los Tribunales Calificadores en cada uno de los apartados del baremo de méritos, y las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso, de oposición y la total del concurso-oposición.

Segundo. Aprobar la lista definitiva de personas aspirantes que no han superado el concurso-oposición, ordenada alfabéticamente, con indicación de la puntuación asignada por los Tribunales Calificadores en cada uno de los apartados del baremo de méritos (en los casos en los que ha sido necesario baremar para la resolución del concurso-oposición), la puntuación total obtenida en la fase de concurso, la puntuación obtenida en la fase de oposición y la puntuación total obtenida en el concurso-oposición.

Tercero. Aprobar las listas definitivas de personas aspirantes excluidas del concurso oposición en la fase de concurso, con indicación de la causa de exclusión.

Cuarto. Publicar, como Anexo II a esta resolución, la relación de causas de exclusión.

Quinto. Anunciar que las citadas listas definitivas se encontrarán expuestas al público en la página web del Hospital Universitario Poniente, así como en su página web

(https://www.hospitaldeponiente.es/empleo_seleccion_ope2021.php)

a partir del mismo día de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sexto. Aprobar la relación de plazas que se ofertan en el concurso-oposición, conforme a la distribución por centros de destino que se indica en el Anexo I de la presente resolución.

Séptimo. En el plazo de 15 días hábiles, a contar desde el día hábil siguiente al de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, aquellas personas aspirantes que han superado el concurso-oposición deberán presentar la solicitud de petición de Centro de Destino de forma electrónica, a través del formulario electrónico correspondiente al sistema normalizado de petición de destinos de la Ventanilla Electrónica de la persona Candidata (VEC) disponible en la página web del Servicio Andaluz de Salud (www.sspa.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud).

En virtud de lo dispuesto en la base 11 del Anexo I de las bases generales, y al objeto de garantizar la obtención de un centro de destino de entre los solicitados, todas las personas aspirantes que han superado el concurso-oposición, con independencia de la puntuación obtenida, han de solicitar por orden de preferencia todos los centros de destinos ofertados, especificando para ello los códigos de centros indicados en el Anexo I. En dicha solicitud de petición de centro de destino la persona aspirante declarará bajo su responsabilidad que:

a) No ha sido separado/a del servicio mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse inhabilitado/a con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas, y de no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública para los aspirantes que no posean la nacionalidad española.

b) No haber sido condenado/a por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluya la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos o aportar original de la certificación negativa en vigor del mismo en el acto de la firma del contrato indefinido.

c) No poseer la condición de personal laboral indefinido en la misma categoría y en su caso especialidad a la que se pretende acceder en la Agencia, cualquiera que sea su situación administrativa. Se acreditará mediante la declaración responsable de la persona aspirante en el acto de la firma del contrato indefinido.

d) No padece enfermedad ni defecto físico que le imposibiliten para el ejercicio de sus funciones. Y las personas aspirantes que tengan reconocida la condición de discapacidad, que poseen la capacidad funcional para el desempeño de las funciones propias de la categoría/especialidad a la que se opta, lo acreditará mediante la presentación del original del certificado médico en vigor en el acto de la firma del contrato indefinido.

Las personas aspirantes que concurran por el cupo de plazas reservadas a personas con discapacidad podrán solicitar la alteración del orden de prelación establecido para la elección de plaza y demandar un ámbito territorial concreto, alegando para ello motivos de dependencia personal, dificultades de desplazamiento y otros análogos. La Dirección General de Personal resolverá, en cada caso, en función de la discapacidad acreditada y los cuidados que requiera la persona con discapacidad, limitando la alteración del citado orden de prelación al mínimo requerido para posibilitar la elección de plaza a la persona con discapacidad. La Dirección General de Personal podrá solicitar a la persona aspirante los informes y certificados que estime precisos, así como requerir informe a órganos técnicos, sanitarios o asistenciales. La dependencia personal solo podrá ser acreditada mediante resolución de reconocimiento de la situación de dependencia, emitida por la Consejería competente en materia de discapacidad de la Junta de Andalucía u órgano equivalente de otra Comunidad autónoma, en la que se indique el grado y nivel de dependencia reconocido de conformidad con el Real Decreto 174/2011, de 11 de febrero (BOE núm. 42, de 18 de febrero), y el Decreto 168/2007, de 12 de junio (BOJA núm. 119, de 18 de junio), en el ámbito de la Comunidad Autónoma Andaluza. La dificultad de desplazamiento, entendida como limitación para trasladar el domicilio habitual, deberá ser consecuencia de la discapacidad reconocida y será acreditada, al menos, mediante el Dictamen Técnico Facultativo emitido, en el procedimiento de reconocimiento del grado de discapacidad, por alguno de los Centros de Valoración y Orientación de la Consejería competente en la materia de la Junta de Andalucía u órgano equivalente de otra Comunidad Autónoma, de conformidad con el R.D. 1971/1999, de 23 de diciembre (BOE núm. 22, de 26 de enero de 2000). La persona aspirante deberá acompañar dicho dictamen de los informes médicos, psicológicos y/o sociales que considere oportuno.

Octavo. La petición de centro de destino y las declaraciones responsables requeridas en la presente resolución deberá ser presentadas de forma electrónica a través de la VEC, acreditándose a través de la firma mediante cualquiera de los sistemas de firma electrónica que son admitidos (certificados expedidos por la FNMT, sistema de clave concertada permanente expedidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria AEAT o de un código de usuario y clave de acceso). Una vez cumplimentada el formulario de registro en todos sus extremos, la persona interesada firmará electrónicamente y realizará el registro telemático de la petición de destino, generándose automáticamente un justificante de la recepción de los documentos electrónicos presentados en el que se dejará constancia del asiento de entrada que se asigna al documento, así como fecha y hora que acredite el momento exacto de presentación y el no rechazo de la misma.

La documentación acreditativa de la dependencia personal y/o dificultades de desplazamiento deberá ser presentada, de forma electrónica a través del Registro Telemático de la Junta de Andalucía (Presentación Electrónica General), al que se accederá desde la web https://juntadeandalucia.es/servicios.html accediendo con el certificado digital emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.

Noveno. Finalizado el plazo de presentación de la petición de destinos citado en el apartado sexto, no se admitirán modificaciones en la relación de destinos solicitados.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante este órgano en el plazo de un mes, conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo, conforme a lo establecido en los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. En el caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta.

Sevilla, 27 de diciembre de 2022.- La Directora General, Carmen Bustamante Rueda.

ANEXO I

RELACIÓN DE PLAZAS QUE SE OFERTAN POR CENTROS DE DESTINO

CÓDIGO DESCRIPCIÓN Núm. Plazas
4002 HAR GUADIX 1

ANEXO II

CAUSAS DE EXCLUSIÓN

E03 DESISTIMIENTO
E04 TIENE RECONOCIDA UNA INVALIDEZ TOTAL PARA EL EJERCICIO DE LAS FUNCIONES PROPIAS DE ESTA CATEGORÍA O TIENE RECONOCIDA UNA INVALIDEZ ABSOLUTA
E09 SUPERAR LA EDAD DE JUBILACIÓN
E15 IDENTIFICACIÓN DE MANIFIESTAS INEXACTITUDES, FALSEDAD U OMISIÓN, DE CARÁCTER ESENCIAL, DE DATOS O INFORMACIONES INCORPORADAS EN LA SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN PRESENTADA EN LA FASE DE CONCURSO BAJO DECLARACIÓN RESPONSABLE
E16 EXISTENCIA DE MANIFIESTAS INEXACTITUDES, FALSEDAD U OMISIÓN, DE CARÁCTER ESENCIAL, DE DATOS O INFORMACIONES INCORPORADAS EN LA SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN PRESENTADA EN LA FASE DE CONCURSO BAJO DECLARACIÓN RESPONSABLE
E37 NO ACREDITA POSEER LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA NI EN SU DEFECTO ENCONTRARSE EN ALGUNO DE LOS SUPUESTOS ESTABLECIDOS EN LAS BASES DE LA CONVOCATORIA
E38 IDENTIFICACIÓN DE UNA POSIBLE INEXACTITUD, FALSEDAD U OMISIÓN, DE CARÁCTER ESENCIAL, A LA DECLARACIÓN BAJO JURAMENTO O PROMESA DE NO POSEER LA CONDICIÓN DE PERSONAL FIJO EN LA CATEGORÍA Y RÉGIMEN JURÍDICO A LA QUE SE CORRESPONDE LA PRESENTE SOLICITUD INCUMPLIENDO EL REQUISITO EXIGIDO EN LOS TÉRMINOS EXIGIDOS EN LAS BASES GENERALES DE LA CONVOCATORIA
E40 LA PERSONA INTERESADA NO PUEDE CONTINUAR EN EL PROCESO POR FALLECIMIENTO
E41 DE ACUERDO CON LAS BASES DE LA CONVOCATORIA LAS PERSONAS CONCURSANTES DEBERÁN PROCEDER A LA AUTOBAREMACIÓN DE SUS MÉRITOS EN EL PLAZO HABILITADO AL EFECTO. NO ACREDITA EN PLAZO CUMPLIR CON ESTE REQUISITO
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