Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 82 de 03/05/2023

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud y Consumo

Resolución de 25 de abril de 2023, de la Dirección Gerencia, por la que se modifica y amplía la Resolución de 23 de septiembre de 2022, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud.

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El artículo 73.2 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, dispone que «las Administraciones Públicas podrán asignar a su personal funciones, tareas o responsabilidades distintas a las correspondientes al puesto de trabajo que desempeñen siempre que resulten adecuadas a su clasificación, grado o categoría, cuando las necesidades del servicio lo justifiquen sin merma en las retribuciones».

Asimismo, el artículo 39.2 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, establece que «el personal estatutario podrá ser destinado en comisión de servicios, con carácter temporal, al desempeño de funciones especiales no adscritas a una determinada plaza o puesto de trabajo. En este supuesto, el interesado percibirá las retribuciones de su plaza o puesto de origen».

Con fecha 23 de septiembre de 2022,se dictó resolución de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud por la que se encomendaban a don Alfonso García Rosa funciones de coordinación de la accesibilidad en la actividad sanitaria concertada del Servicio Andaluz de Salud, así como la implementación de nuevas tecnologías sanitarias.

En base a las competencias otorgadas por el artículo 12.1.b), c), d), e), y f), del Decreto 156/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Consumo,

RESUELVO

Primero. Las Subdirecciones mencionadas en el apartado primero de la Resolución de 23 de septiembre, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, darán cuenta directamente ante la Dirección Gerencia a través del Coordinador de la accesibilidad en la actividad sanitaria concertada e implementación de nuevas tecnologías sanitarias del Servicio Andaluz de Salud que pasa a denominarse Coordinador Adjunto a la Dirección Gerencia.

Segundo. Se asumirán directamente desde la Dirección Gerencia a través de su Coordinador Adjunto las competencias que hasta ahora desempeñaba la Subdirección de Ordenación y Organización, excepción hecha de la Unidad de Gestión de Informes que dependerá de la Dirección General de Humanización, Planificación, Coordinación y Cuidados, quedando el resto de unidades (Servicio de Riesgos Patrimoniales, Servicio de Organización y Administración Interior, Unidad Antifraude y Unidad de Producción Normativa) adscritas al Coordinador Adjunto a la Dirección Gerencia.

Tercero. La Asesoría Jurídica del Servicio Andaluz de Salud depende de la Dirección Gerencia. Del desempeño de sus funciones, ejercicio y resultados dará cuenta a la Dirección Gerencia a través del Coordinador Adjunto a la Dirección Gerencia.

La presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante el titular de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, en el plazo de un mes, o ser impugnada directamente, a elección del recurrente, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, en el plazo de dos meses, ambos plazos contados desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y los artículos 8.2.a) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.

Sevilla, 25 de abril de 2023.- El Director Gerente, Diego Agustín Vargas Ortega.

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