Extracto de la convocatoria de las subvenciones previstas en la Orden de 11 de julio de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras, en régimen de concurrencia competitiva, de medidas de apoyo urgente a las agencias de viajes.
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BDNS: 688610.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Primero. Convocatoria.
Se convocan, en la modalidad de concesión de concurrencia no competitiva, las subvenciones para las agencias de viajes reguladas en la Orden de 11 de julio de 2022, de medidas de apoyo urgentes a las agencias de viajes.
Segundo. Objeto.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 1 de la Orden de 11 de julio de 2022, el objeto de las subvenciones que se convocan es financiar las necesidades de capital circulante o de explotación de las agencias de viajes, con la finalidad de contribuir a mantener a estas empresas ante el impacto económico que ha generado la pandemia provocada por el COVID-19 y las medidas adoptadas para contenerla, ayudando a sostener la continuidad de su empresa o negocio, evitando el cese definitivo del mismo y, por tanto, la destrucción de empleo, siempre y cuando no se superen las necesidades de liquidez de la empresa.
Tercero. Beneficiarios.
1. Podrán solicitar las subvenciones las pymes que desarrollen la actividad de agencias de viajes con centro productivo en la Comunidad Autónoma de Andalucía y las que presten dicha actividad en la modalidad on line, a través de los servicios de la sociedad de la información, que hayan experimentado una caída de ventas o ingresos de, al menos, un veinte por ciento, en el ejercicio 2021 respecto al ejercicio 2019, a causa del impacto económico negativo provocado en su actividad por la crisis sanitaria y las medidas acordadas para paliarla, y que cumplan con los requisitos establecidos por el artículo 6 de la Orden de 11 de julio de 2022.
Cuarto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por lo establecido en la Orden de 11 de julio de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras, en régimen de concurrencia no competitiva, de medidas de apoyo urgentes a las agencias de viajes.
Quinto. Créditos disponibles.
1. Las subvenciones se financiarán con fondos procedentes de la Unión Europea, correspondientes al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, con cargo a la partida presupuestaria 1600170000 G/75D/47001/00 A1B31001T1, del programa presupuestario 75D del presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el ejercicio 2021, y por el importe total de 4.000.000,00 euros.
Sexto. Presentación de las solicitudes.
1. Las solicitudes irán dirigidas a la persona titular de la Dirección General de Turismo y se cumplimentarán en el modelo del Anexo I, que se publica la convocatoria de estas subvenciones, y que estará disponible en la oficina virtual de la Consejería competente en materia de turismo, a la que se podrá acceder a través del catálogo de procedimientos administrativos disponible en la siguiente dirección:
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/24819/datos-basicos.html
2. El plazo para la presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
3. La solicitud y, en su caso, los documentos anexos se presentarán única y exclusivamente de forma telemática.
Sevilla, 17 de abril de 2023.- La Directora General, María Rueda Fernández.
Descargar PDFBOJA nº 82 de 03/05/2023