Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 105 de 31/05/2024

1. Disposiciones generales

Consejería de Salud y Consumo

Extracto de la Orden de 24 de mayo de 2024, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, en materia de salud y consumo para 2024.

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BDNS (Identificación): 762518.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE num. 276, de 18 de noviembre), y el artículo 12.1 de las bases reguladoras tipo para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, aprobadas mediante Orden de 20 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva (BOJA núm. 249, de 30 de diciembre), en adelante Bases Reguladoras Tipo, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA.

Primero. Convocatoria y objeto.

Convocar subvenciones conforme a lo dispuesto en la Orden de la Consejería de Salud y Consumo de 1 de agosto de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, en materia de salud y consumo (BOJA núm. 151, de 8 de agosto), modificada por la Orden de 10 de agosto de 2023 (BOJA núm. 157, de 17 de agosto), en proyectos destinados a la siguiente Línea:

- Línea de Proyectos de I+D+i en salud de colaboración internacional, en el marco del programa Horizonte Europa.

Segundo. Personas beneficiarias.

Los requisitos generales que han de acreditar las entidades interesadas, la presentación y tramitación, el procedimiento para la concesión de las subvenciones, su abono, la justificación de gasto y destino se regirán por lo previsto en la citada Orden de 1 de agosto de 2022.

Tercero. Financiación y cuantía máxima de las subvenciones a otorgar con la convocatoria.

1. La concesión de las subvenciones estará limitada por las disponibilidades presupuestarias existentes, de acuerdo con el artículo 119.2.j) del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo (BOJA núm. 53, de 18 de marzo).

2. Las subvenciones se concederán con cargo a los créditos asignados a las partidas y programas presupuestarios siguientes del programa 41K, por una cuantía máxima de 250.000,00 €, con la siguiente distribución:

Ejercicio Partida Presupuestaria Crédito
2024 1300010000 G/41K/44602/00 01 125.000,00 €
2025 1300010000 G/41K/44602/00 01 125.000,00 €

Cuarto. Plazo y lugar de presentación de solicitudes.

1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 12.2 de las Bases Reguladoras Tipo, el plazo de presentación de las solicitudes será de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de la presente convocatoria y de su extracto.

2. El lugar de presentación de las solicitudes de subvención será exclusivamente en el Registro Telemático Único de la Administración de la Junta de Andalucía, según lo previsto en el artículo 10.c) del Cuadro Resumen correspondiente, a través de la siguiente dirección electrónica: https://ws094.juntadeandalucia.es/V_virtual/SolicitarTicket?v=PEG

3. Los formularios de solicitud y, en su caso, de alegaciones y otras posibles actuaciones a realizar se encuentran publicados en BOJA, junto con la convocatoria, y que igualmente se puede acceder a ellos través del Sistema Nacional de Publicación de Subvenciones.

Quinto. Cuantía máxima a conceder por solicitud presentada y duración de los proyectos subvencionables.

1. La cuantía máxima a conceder a cada solicitud presentada, que reúna los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria, será la siguiente:

Un máximo de 250.000,00 € por cada proyecto en los que el grupo participe como coordinador en la asociación europea y 125.000,00 € por cada proyecto en los que el grupo participe como asociado en la asociación europea.

2. Los proyectos tendrán una duración máxima de cuatro años, y deberán realizarse en los ejercicios presupuestarios 2024 a 2028, salvo modificación de la resolución de concesión.

Sevilla

CATALINA MONTSERRAT GARCÍA CARRASCO
Consejera de Salud y Consumo
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