Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 11 de 16/01/2024

1. Disposiciones generales

Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa

Corrección de errores de la Resolución de 26 de diciembre de 2023, de la Agencia Digital de Andalucía, por la que se convoca la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigida a entidades asociativas sin ánimo de lucro en zonas desfavorecidas de Andalucía, para la dinamización de centros de competencias digitales durante el ejercicio 2024 al amparo de la Orden de 9 de noviembre de 2021. Línea CAPI Mantenimiento y se acuerda la ampliación del plazo establecido en el apartado tercero de su resuelvo cuarto.

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Advertido error en la Resolución de 26 de diciembre de 2023, de la Agencia Digital de Andalucía, por la que se convoca la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigida a entidades asociativas sin ánimo de lucro en zonas desfavorecidas de Andalucía, para la dinamización de centros de competencias digitales durante el ejercicio 2024 al amparo de la Orden de 9 de noviembre de 2021. Línea CAPI Mantenimiento (BOJA núm. 2, de 3 de enero de 2024), se procede a su corrección como se indica a continuación:

En el resuelve quinto, apartado 2, letra a), donde dice:

22.248,18 euros,

Debe decir:

22.693,15 euros.

En el resuelve quinto, apartado 3, donde dice:

9.554,41 euros,

Debe decir: 9.109,44 euros.

Considerando que el plazo de presentación de solicitudes establecido en el apartado tercero del resuelvo cuarto de la Resolución de 26 de diciembre de 2023, de la Agencia Digital de Andalucía, por la que se convoca la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigida a entidades asociativas sin ánimo de lucro en zonas desfavorecidas de Andalucía, para la dinamización de centros de competencias digitales durante el ejercicio 2024 al amparo de la Orden de 9 de noviembre de 2021. Línea CAPI Mantenimiento, está próximo a su finalización, de conformidad con el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, procede su ampliación en cinco días hábiles.

El órgano competente para adoptar la presente resolución es la persona titular de la Dirección Gerencia de la Agencia Digital de Andalucía, de conformidad con lo establecido en el artículo 115.1 del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía y la disposición adicional única de la Orden de 9 de noviembre de 2021, que delega en la persona titular de la Dirección Gerencia de la Agencia Digital de Andalucía la competencia para efectuar las convocatorias de las subvenciones que se regulan en la misma, así como según lo dispuesto en los Estatutos de la Agencia Digital de Andalucía, aprobados mediante Decreto 128/2021, de 30 de marzo.

En el ejercicio de estas competencias,

RESUELVO

Primero. Corregir los errores advertidos en la Resolución de 26 de diciembre de 2023, de la Agencia Digital de Andalucía, por la que se convoca la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigida a entidades asociativas sin ánimo de lucro en zonas desfavorecidas de Andalucía, para la dinamización de centros de competencias digitales durante el ejercicio 2024 al amparo de la Orden de 9 de noviembre de 2021. Línea CAPI Mantenimiento

Segundo. Ampliar en cinco días hábiles el plazo de presentación de solicitudes establecido en el apartado tercero del resuelvo cuarto de la Resolución de 26 de diciembre de 2023, de la Agencia Digital de Andalucía, por la que se convoca la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigida a entidades asociativas sin ánimo de lucro en zonas desfavorecidas de Andalucía, para la dinamización de centros de competencias digitales durante el ejercicio 2024 al amparo de la Orden de 9 de noviembre de 2021. Línea CAPI Mantenimiento.

Tercero. La presente resolución surtirá efectos el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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