Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 12 de 17/01/2024

3. Otras disposiciones

Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda

Orden de 11 de enero de 2024, por la que se aprueba el Plan de Inspección de Vivienda Protegida 2024.

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El Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, establece en el artículo 10, las competencias de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, las cuales son desarrolladas en el Decreto 160/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda.

El artículo 1 del referido Decreto 160/2022, de 9 de agosto, atribuye a la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, la competencia de inspección en materia de vivienda, correspondiendo la coordinación, desarrollo y ejercicio de dicha competencia a la Secretaría General de Vivienda según lo preceptuado en su artículo 6, señalando en el apartado 3.g) del mismo que dentro de esas competencias se encuentran el seguimiento e inspección en desarrollo de las medidas adoptadas por la Comunidad Autónoma para promover el derecho a la vivienda y su efectiva ocupación.

El Estatuto de Autonomía para Andalucía configura en su artículo 56.1 la competencia exclusiva de nuestra Comunidad Autónoma en materia de vivienda, que incluye la planificación y el establecimiento de prioridades y objetivos en esta materia y la adopción de las medidas necesarias para su alcance.

En este sentido el Decreto 91/2020, de 30 de junio, por el que se regula el Plan Vive en Andalucía, de vivienda, rehabilitación y regeneración urbana de Andalucía 2020-2030, en su artículo 2 fija como objetivos prioritarios intervenir desde lo público para asegurar el acceso de los ciudadanos a una vivienda digna y adecuada, garantizar el acceso de la ciudadanía a un alquiler asequible, la recuperación de viviendas desocupadas y mejorar permanentemente el conocimiento de la realidad en relación con el acceso a la vivienda. Todo ello, garantizando mejorar permanentemente el conocimiento de la realidad en relación con el acceso a la vivienda, garantizando la sostenibilidad de una actividad investigadora de calidad y orientada a la utilidad para la mejor actuación y gestión por parte de las Administraciones Públicas.

Para ello, el plan de inspección constituye el instrumento fundamental desde el que se dota de una mayor eficacia y organización a las labores inspectoras en el sector de la vivienda protegida, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51.1 de la Ley 1/2010, de 8 de marzo, reguladora del Derecho a la Vivienda en Andalucía.

En el marco de las actuaciones del Plan Vive en Andalucía, los objetivos del Plan de Inspección de Vivienda Protegida 2024 van dirigidos a evitar la desocupación de las viviendas protegidas y garantizar el acceso a alquiler de las mismas por personas que cumplan los requisitos legales para ello, detectando las transmisiones irregulares, en particular a personas jurídicas fuera de los supuestos legalmente permitidos o su explotación como viviendas turísticas, así como a la averiguación de posibles situaciones en las que la vivienda protegida se cede en arrendamiento por un precio superior al permitido. Todo ello, sin perder de vista los principios generales de prevención y la creación de conciencia y solidaridad ciudadana sobre una materia tan sensible para la ciudadanía como es el acceso a la vivienda.

En virtud de lo expuesto, de conformidad con las competencias atribuidas por el Decreto 160/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda,

DISPONGO

Artículo único. Aprobación del Plan de Inspección de Vivienda Protegida 2024.

Disposición final primera. Desarrollo y ejecución.

Se faculta a la Secretaria General de Vivienda para la adopción de las medidas necesarias en orden al desarrollo y ejecución del mismo.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente orden surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 11 de enero de 2024

ROCÍO DÍAZ JIMÉNEZ
Consejera de Fomento, Articulación del Territorio
y Vivienda
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