Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 126 de 01/07/2024

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa

Resolución de 24 de junio de 2024, de la Dirección Gerencia de la Agencia Digital de Andalucía, por la que se acuerda someter a información pública el Proyecto de la I Estrategia Andaluza de Emprendimiento Digital y Transformación Digital de la PYME 2030.

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Elaborado el Proyecto de la I Estrategia de Emprendimiento Digital y Transformación Digital de la PYME 2030, examinado el mismo y habida cuenta que su contenido afecta a los derechos e intereses legítimos de la ciudadanía, de conformidad a lo señalado en el apartado 2 del acuerdo cuarto (proceso de elaboración y aprobación) del Acuerdo de 4 de julio de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la formulación de la I Estrategia Andaluza de Emprendimiento Digital y Transformación Digital de la PYME 2030,

RESUELVO

Primero. Someter a información pública el borrador de la I Estrategia Andaluza de Emprendimiento Digital y Transformación Digital de la PYME 2030, por un plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Segundo. El texto del borrador de la I Estrategia Andaluza de Emprendimiento Digital y Transformación Digital de la PYME 2030 quedará expuesto, durante dicho plazo, para general conocimiento, en formato digital, en el Portal de la Junta de Andalucía. El acceso al citado proyecto podrá realizarse a través de la siguiente dirección:

https://juntadeandalucia.es/organismos/presidenciainteriordialogosocialysimplificacion administrativa/servicios/participacion/todos-documentos/detalle/514783.html

Tercero. Las alegaciones que se deseen formular al borrador de la I Estrategia Andaluza de Emprendimiento Digital y Transformación Digital de la PYME 2030 deberán dirigirse a la persona titular de la Dirección Gerencia de la Agencia Digital de Andalucía. Dichas alegaciones podrán presentarse preferentemente en el Registro Electrónico Único de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la Presentación Electrónica General y ello sin perjuicio de la posibilidad de hacerlo mediante cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 82 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 24 de junio de 2024.- El Director Gerente, Raúl Jiménez Jiménez.

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