Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 135 de 12/07/2024

3. Otras disposiciones

Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda

Resolución de 2 de julio de 2024, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Sevilla, por la que se dispone la publicación de los acuerdos y resoluciones relativos a la aprobación definitiva de la Modificación del Sistema General de Infraestructuras para la ampliación del cementerio municipal del municipio de La Puebla de los Infantes (Sevilla).

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.1 del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo, esta Delegación Territorial hace pública la Resolución de fecha 2 de julio de 2024, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Sevilla, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla de fecha 20 de diciembre de 2023, por el que se aprueba definitivamente el instrumento de planeamiento Modificación del Sistema General de Infraestructuras para la ampliación del cementerio municipal del municipio de La Puebla de los Infantes (Sevilla), en los términos del art. 33.2.b) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, así como la Resolución de fecha 10 de mayo de 2024, de esta misma Delegación Territorial, por la que se ordena proceder al registro y publicación del instrumento de planeamiento mencionado, al tener por subsanadas las deficiencias consignadas por el acuerdo de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, y se ordena la publicación del contenido de sus Normas Urbanísticas.

De conformidad con lo dispuesto en la disposición transitoria tercera de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía, que dispone que los procedimientos relativos a los procedimientos de planeamiento urbanístico, así como los instrumentos de gestión y ejecución del planeamiento, que se hubieran iniciado antes de la entrada en vigor de la Ley 7/2021 mencionada, podrán continuar su tramitación conforme a las reglas de ordenación del procedimiento y el régimen de competencias establecidos por la legislación sectorial y urbanística vigente en el momento de iniciar la misma.

Conforme establece el artículo 82.1 de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía, con fecha 13 de mayo de 2024, y con el número de registro 10054, se ha procedido a la inscripción y depósito del instrumento de planeamiento de referencia en el Registro de instrumentos de planeamiento, de convenios urbanísticos y de los bienes y espacios catalogados dependiente de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, así como en el correspondiente Registro Municipal del Ayuntamiento de La Puebla de los Infantes.

De conformidad con lo establecido por el artículo 83 de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía, se hace público el contenido de:

- El Acuerdo de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla, de fecha 20 de diciembre de 2023, por el que se aprueba definitivamente el instrumento de planeamiento «Modificación del Sistema General de Infraestructuras para la ampliación del cementerio municipal» del municipio de La Puebla de los Infantes (Sevilla), en los términos del art. 33.2.b) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (Anexo I).

- Resolución de 10 de mayo de 2024, por la que se dispone proceder al registro y publicación del instrumento de «Modificación del Sistema General de Infraestructuras para la ampliación del cementerio municipal» del municipio de La Puebla de los Infantes (Sevilla), al tener por subsanadas las deficiencias consignadas en el Acuerdo de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla de fecha 20 de diciembre de 2023 (Anexo II).

- Las Normas Urbanísticas del referido instrumento de Planeamiento (Anexo III).

ANEXO I

«Visto el expediente administrativo y el documento técnico en relación al expediente TIP/2021/001029, correspondiente a la ‟Modificación del Sistema General de Infraestructuras para la ampliación del cementerio municipal”, aprobada provisionalmente con fecha 27.9.2018 por el Pleno del Ayuntamiento, con aprobación del Estudio Ambiental Estratégico mediante acuerdo plenario de 14.2.2020, resultan los siguientes

ANTECEDENTES

Primero. El instrumento de planeamiento general vigente en el término municipal de La Puebla de los Infantes es un Plan General aprobado definitivamente por Resolución de la CTOTU en su sesión de 25 de julio de 2003. Por otra parte, el Pleno del Ayuntamiento en su sesión de 5 de mayo de 2010, aprobó la Adaptación Parcial a la LOUA en virtud del Decreto 11/2008, de 22 de enero, por el que se desarrollan procedimientos dirigidos a poner suelo urbanizado en el mercado con destino preferente a la construcción de viviendas protegidas.

Segundo. Mediante oficio con registro de entrada de fecha 8.10.2021, el Ayuntamiento de La Puebla de los Infantes solicita al Servicio de Urbanismo que se proceda, por la CTOTU, a la aprobación definitiva del documento técnico denominado ‟Modificación del Sistema General de Infraestructuras para la ampliación del cementerio municipal”, aprobado provisionalmente con fecha 27.9.2018 por el Pleno del Ayuntamiento, con aprobación del Estudio Ambiental Estratégico mediante acuerdo plenario de 14.2.2020; efectuándose, por el Servicio de Urbanismo, varios requerimientos de subsanación de la documentación aportada junto a la solicitud de aprobación definitiva, tras haberse detectado deficiencias en el expediente. Una vez aportada por el Ayuntamiento la documentación requerida, el Servicio de Urbanismo, mediante oficio de salida de fecha 4.10.2023, comunica al Ayuntamiento que el expediente está completo, iniciándose el cómputo del plazo máximo para resolver sobre la aprobación definitiva que nos ocupa, de conformidad con el artículo 32.4 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Tercero. El objeto de la modificación de iniciativa municipal tiene por objeto la ampliación del recinto del Cementerio Municipal, agotada su capacidad actual, con un suelo contiguo, propiedad del Ayuntamiento de La Puebla de los Infantes. Se trata de la parcela catastral 41006000668308 de suelo no urbanizable con una superficie de 4.409 m².

Una superficie de la parcela, en concreto 2.904 m² ampliarán la superficie del cementerio y los restantes 1.505 m² van a constituir la zona de protección conforme establece el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria.

La modificación cambia la clasificación del suelo, actualmente suelo no urbanizable de carácter natural o rural, pasando a suelo urbano consolidado, Sistema General de Infraestructuras con la clasificación que actualmente tienen los terrenos del cementerio.

Cuarto. En el expediente constan las siguientes actuaciones:

1. Tramitación municipal:

- Aprobación Inicial (3.2.2017):

• Certificado de la Secretaría-Intervención del Ayuntamiento de La Puebla de los Infantes, de fecha 12.1.2022, sobre el acuerdo adoptado en Pleno, en sesión celebrada el 3.2.2017, en relación a la aprobación inicial del documento técnico denominado ‟Modificación del Sistema General de Infraestructuras para la ampliación del cementerio municipal” junto con el Estudio Ambiental Estratégico y del Documento de Valoración de Impacto en la Salud.

• Trámite de Información Pública, de conformidad con el artículo 39 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía: publicación en el BOP de Sevilla núm. 54, de 8.3.2017, y su corrección de error en BOP núm. 76, de 3.4.2017; en el periódico ‟ABC”, de 10.3.2017; y con fecha 14.1.2020 en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, y en el tablón de anuncios desde el 9.3.2017 al 15.5.2017, no habiéndose presentado alegaciones, de conformidad con lo dispuesto en el certificado expedido, con fecha 26.6.2020, por la Secretaría-Intervención del Ayuntamiento.

• Informes Sectoriales tras la aprobación inicial:

- Informes sectoriales autonómicos: La coordinación y recepción de los informes sectoriales de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.1.2.º y 4.º de la LOUA, corresponden a la Comisión Provincial de Coordinación Urbanística (en adelante CPCU), de acuerdo con el artículo 15 del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo. No consta que se hayan solicitado informes autonómicos tras a la aprobación inicial.

- Informes sectoriales estatales:

• Informe de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, emitido con fecha 13.3.2018, con sentido favorable.

- Aprobación Provisional (27.9.2018):

• Certificado de la Secretaría-Intervención del Ayuntamiento, de fecha 3.10.2018, sobre el acuerdo adoptado en Pleno, en sesión celebrada el 27.9.2018, en relación a la aprobación provisional de la Innovación núm. 14 (Modificación) del PGOU para la ampliación del cementerio municipal, junto con el Estudio Ambiental Estratégico y la Valoración de Impacto en la Salud.

• Informes Sectoriales emitidos tras la aprobación provisional:

- Informes sectoriales autonómicos: Solicitados por el Ayuntamiento a la Comisión Provincial de Coordinación Urbanística, de acuerdo con el artículo 15 del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, con fecha 26.11.2021 en materia de salud, incidencia territorial y patrimonio histórico, y con fecha 8.3.2022, en materia de vías pecuarias. Han sido recabados los siguientes informes:

• Informe en materia de Carreteras, emitido el 20.12.2021, de no afección.

• Informe en materia de Salud (EIS), emitido el 27.12.2021; con carácter favorable.

• Informe de Incidencia Territorial, emitido el 17.2.2022, con observaciones.

• Informe en materia de de Vías Pecuarias, emitido con fecha 16.11.2022, con carácter favorable con observaciones.

• Informe en materia de Patrimonio Histórico: emitido con fecha 23.12.2022, con carácter favorable.

• Con fecha 18.1.2019 se resuelve por la entonces denominada Delegación de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Sevilla, admitir a trámite de Evaluación Ambiental Estratégica Ordinaria la Innovación (Modificación) del PGOU.

• Declaración Ambiental Estratégica, aprobada mediante Resolución de la Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de 21.6.2021, publicada en BOJA núm 136, de 16.7.2021.

- Informes estatales:

• Informe emitido por Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, emitido con fecha 22.4.2021, con carácter favorable.

- Aprobación del Estudio Ambiental Estratégico de la Innovación núm. 14 del PGOU para la ampliación del cementerio municipal (14.2.2020):

• Certificado de la Secretaría-Intervención del Ayuntamiento de La Puebla de los Infantes, de fecha 17.2.2020, sobre el acuerdo adoptado en Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el 14.2.2020, en relación a la aprobación del Estudio Ambiental Estratégico de la Innovación núm. 14 del PGOU para la ampliación del cementerio municipal, recogiendo los condicionantes del Documento de Alcance, aprobado el 9.4.2019.

• Trámite de Información Pública: publicación en el BOP de Sevilla núm. 47, de 28.2.2020 y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, sin que se hayan presentado alegaciones, de conformidad con lo establecido en el certificado expedido con fecha 26.6.2020 por la Secretaría-Intervención del Ayuntamiento.

- Con fecha 16.12.2021, el Pleno municipal acuerda ratificar la aprobación provisional de la Innovación núm. 14 (Modificación) del PGOU para la ampliación del cementerio municipal, junto con el Estudio Ambiental Estratégico y la Valoración de Impacto en la Salud, dejando constancia expresa de la no existencia de modificaciones sustanciales en su tramitación; constando certificado de la Secretaría Intervención, de fecha 28.1.2022, que deja constancia de lo expuesto.

Quinto. Con fecha 14.12.2023, el Servicio de Urbanismo, tras el estudio del documento, emite Informe técnico-jurídico previo a la propuesta elevada a la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla por la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Sevilla.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. En virtud de lo establecido en la disposición transitoria tercera de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía, la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, resulta de aplicación al presente instrumento urbanístico, por lo que, tanto la tramitación para su aprobación, como sus determinaciones, deben ajustarse a lo que la referida ley establezca.

Segundo. En cuanto al contenido documental de este instrumento de planeamiento y de su tramitación administrativa en fase municipal, se ha seguido el procedimiento regulado en los artículos 19, 32, 36 y 39 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Tercero. De conformidad con el artículo 10 del Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de las Consejerías, la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda mantiene las competencias atribuidas a la anterior la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenacion del Territorio, salvo la comptencias en materia de puertos. Asimismo, se aprueba el Decreto 300/2022, de 30 de agosto, por el que se modifica el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Junta de Andalucía.

En virtud del artículo 2.4.j) del Decreto 160/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo queda adscrita a la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda. Asimismo, de conformidad con la Disposición transitoria tercera del citado decreto, las competencias recogidas en el Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias de las Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, hasta tanto no se adapten al referenciado decreto, se entenderán atribuidas a los órganos equivalentes de la Consejería de Fomento, Articulacion del Territorio y Vivienda.

El Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias de las Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, distribuye las competencias que en materia de urbanismo tiene la Administración de la Junta de Andalucía, en virtud del artículo 31 de la LOUA, entre los diferentes órganos de la Administración andaluza.

La Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo (CTOTU) de Sevilla es el órgano competente para adoptar el acuerdo que proceda sobre la aprobación definitiva de este expediente, conforme a los artículos 31.2.B.a) de la LOUA y 12.1.d) del citado Decreto 36/2014.

Cuarto. De conformidad con el informe técnico-jurídico del Servicio de Urbanismo de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Sevilla, emitido con fecha 14.12.2023, la "Modificación del Sistema General de Infraestructuras para la ampliación del cementerio municipal", aprobada provisionalmente con fecha 27.9.2018 por el Pleno del Ayuntamiento, con aprobación del Estudio Ambiental Estratégico mediante acuerdo plenario de 14.2.2020, se ajusta a las determinaciones establecidas por la legislación urbanística, debiendo, no obstante, subsanarse determinados aspectos recogidos en el apartado ‟Conclusiones” del referido informe.

De conformidad con la propuesta formulada, con fecha 15.12.2023, por la persona titular de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, en virtud de lo establecido por el art. 10.1 del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla, por la mayoría especificada por el art. 9.4 del citado decreto, de conformidad con el art. 17 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y la Ley 9/2007, de 22 octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,

ACUERDA

1.º Aprobar definitivamente, en virtud del artículo 33.2.b) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, el instrumento de planeamiento urbanístico ‟Modificación del Sistema General de Infraestructuras para la ampliación del cementerio municipal”, aprobado provisionalmente con fecha 27.9.2018 por el Pleno del Ayuntamiento de La Puebla de los Infantes, con aprobación del Estudio Ambiental Estratégico mediante acuerdo plenario de 14.2.2020; a reserva de la simple subsanación de deficiencias; debiendo subsanarse el documento en los términos expresados en el informe técnico-jurídico, emitido con fecha 14.12.2023, por el Servicio de Urbanismo de esta Delegación Territorial tal y como se indica en el ‟Fundamento de Derecho Cuarto” del presente; supeditando a ello su registro y publicación.

2.º Documento de subsanación. El Ayuntamiento de La Puebla de los Infantes deberá elaborar un documento que conste exclusivamente de la subsanación de los aspectos relacionados en el apartado ‟Conclusiones” del informe técnico-jurídico, emitido con fecha 14.12.2023, por el Servicio de Urbanismo de esta Delegación Territorial, dándole conocimiento del mismo al Pleno.

El referido documento deberá presentarlo el Ayuntamiento ante esta Delegación Territorial para su verificación, con carácter previo al depósito e inscripción en el Registro Autonómico de Instrumentos Urbanísticos, y a la publicación en BOJA del contenido del articulado de las normas urbanísticas del instrumento de planeamiento (artículos 40 y 41 de la LOUA, y artículo 21.1 del Decreto 2/2004, de 7 de enero, por el que se regulan los registros administrativos de instrumentos de planeamiento, de convenios urbanísticos y de los bienes y espacios catalogados, y se crea el Registro Autonómico). Asimismo, tras el depósito, inscripción y publicación; el contenido íntegro del instrumento de planeamiento estará disponible en el Sistema de Información Territorial y Urbanística de Andalucía, SITUA.

3.º Una vez verificada la subsanación, se procederá, previo depósito, a la publicación del planeamiento en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), de conformidad con el artículo 41 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía y la disposición adicional quinta del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

4.º Notificar el presente acuerdo al Ayuntamiento de La Puebla de los Infantes, de conformidad con el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.»

Contra el contenido del presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, conforme al artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; artículo 20.3 del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias de las Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo; así como el artículo 10.1.b), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y con cumplimiento de los requisitos previstos en esta ley.

ANEXO II

Resolución por la que se ordena el registro y publicación del instrumento de planeamiento urbanístico «Modificación puntual del PGOU, ampliación del recinto del Cementerio Municipal de La Puebla de Los Infantes» de la provincia de Sevilla, en cumplimiento del Acuerdo de la CTOTU de fecha 20.12.2023, en el Registro Autonómico de Instrumentos Urbanísticos

El instrumento de planeamiento urbanístico «Modificación puntual del PGOU, ampliación del recinto del Cementerio Municipal de La Puebla de los Infantes» de la provincia de Sevilla, fue sometido a la consideración de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, que, en su sesión de fecha 20.12.2023, acordó:

«1.º Aprobar definitivamente, en virtud del artículo 33.2.b) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, el instrumento de planeamiento urbanístico ‟Modificación del Sistema General de Infraestructuras para la ampliación del cementerio municipal”, aprobado provisionalmente con fecha 27.9.2018 por el Pleno del Ayuntamiento de La Puebla de los Infantes, con aprobación del Estudio Ambiental Estratégico mediante acuerdo plenario de 14.2.2020; a reserva de la simple subsanación de deficiencias; debiendo subsanarse el documento en los términos expresados en el informe técnico-jurídico, emitido con fecha 14.12.2023, por el Servicio de Urbanismo de esta Delegación Territorial tal y como se indica en el ‟Fundamento de Derecho Cuarto” del presente; supeditando a ello su registro y publicación.

2.º Documento de subsanación. El Ayuntamiento de La Puebla de los Infantes, deberá elaborar un documento que conste exclusivamente de la subsanación de los aspectos relacionados en el apartado ‟Conclusiones” del informe técnico-jurídico, emitido con fecha 14.12.2023, por el Servicio de Urbanismo de esta Delegación Territorial, dándole conocimiento del mismo al Pleno.

El referido documento deberá presentarlo el Ayuntamiento ante esta Delegación Territorial para su verificación, con carácter previo al depósito e inscripción en el Registro Autonómico de Instrumentos Urbanísticos, y a la publicación en BOJA del contenido del articulado de las normas urbanísticas del instrumento de planeamiento (artículos 40 y 41 de la LOUA, y artículo 21.1 del Decreto 2/2004, de 7 de enero, por el que se regulan los registros administrativos de instrumentos de planeamiento, de convenios urbanísticos y de los bienes y espacios catalogados, y se crea el Registro Autonómico). Asimismo, tras el depósito, inscripción y publicación; el contenido íntegro del instrumento de planeamiento estará disponible en el Sistema de Información Territorial y Urbanística de Andalucía, SITUA.»

Con fecha 9.5.2024, se emite informe técnico por el Servicio de Urbanismo de esta Delegación Territorial, que concluye lo siguiente: «procede la inscripción en RIU y publicación de presente documento urbanístico al haberse procedido a subsanar adecuadamente las consideraciones expresadas en el fundamento cuarto de la Resolución de la CTOTU de fecha 20 de diciembre de 2023, de aprobación definitiva del proyecto de referencia ‟Modificación del PGOU de La Puebla de los Infantes, Ampliación del Cementerio”, conforme a lo establecido en el artículo 33.2.b) de la LOUA, en base a la disposición transitoria tercera de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía y siendo conforme a las determinaciones establecidas en el planeamiento general vigente y en la legislación urbanística de aplicación».

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.1 del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo, esta Delegación Territorial

RESUELVE

1.º Proceder al depósito e inscripción del instrumento de planeamiento urbanístico «Modificación puntual del PGOU, ampliación del recinto del Cementerio Municipal de La Puebla de los Infantes» de la provincia de Sevilla, en cumplimiento del Acuerdo de la CTOTU de fecha 20.12.2023, en el Registro Autonómico de Instrumentos Urbanísticos.

2.º Publicar la presente resolución y el contenido de las normas urbanísticas de este planeamiento en el BOJA, conforme a lo establecido por el art. 41 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, resultando la referida normativa de aplicación, en base a lo establecido en la disposición transitoria tercera de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía (BOJA núm. 233, de 3.12.21).

Notifíquese la presente resolución a los interesados con las advertencias legales que procedan.

ANEXO III

Ordenación modificada

- De la modificación de la clasificación, los usos y aprovechamientos de las mismas parcelas,resultan:

PARCELA CLASIFICACIÓN/CALIFICACIÓN MODIFICADA SUPERFICIE SG APROVECHAMIENTO
1 Urbano SG Infraestructuras: Cementerio 2.904 m² 2.904 m² 0 m²
2 Urbano SG Infraestructuras: Zona de Protección Cementerio 1.505 m² 1.505 m² 0 m²
4.409 m² 4.409 m² 0 m²

- El artículo 29 de las Normas Urbanísticas de la adaptación en su redacción modificada:

Artículo 29. Sistema General de Infraestructuras.

Integrado por:

Cementerio: 11.195 m².

Zona de protección del Cementerio: 1.505 m².

Casa Cuartel de la Guardia Civil: 1.416 m².

Depósito de agua: 303 m².

- El nuevo artículo 5.12 de las Normas Urbanísticas del TRPGOU adaptado a la LOUA establece:

Artículo 5.12. Protección del Cementerio.

1. Alrededor del cerramiento perimetral del Cementerio se establece zona de protección de cincuenta (50) metros de anchura, libre de toda construcción, que podrá ser ajardinada y utilizarse como aparcamiento y acceso rodado al servicio del Cementerio.

2. Cualquier modificación de esta zona de protección, tanto si afecta a la clasificación, a la categoría o al uso del suelo, estará sometida a informe de evaluación de impacto en la salud.

3. Sobre las edificaciones existentes, legalmente construidas, incluidas en la zona de protección pueden realizarse las obras descritas en el artículo 3.2, excepto las de ampliación y las de nueva planta.

Sevilla, 2 de julio de 2024.- El Delegado, Francisco de Paula José Juárez Martín.

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