Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 187 de 25/09/2024

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública

Resolución de 19 de septiembre de 2024, del Instituto Andaluz de Administración Pública, por la que se aprueban las listas provisionales de personas admitidas y excluidas, con indicación de las causas de exclusión, relativas al proceso selectivo de acceso libre para ingreso en el Cuerpo Superior Facultativo, opción Medicina de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a las Ofertas de Empleo Público 2022 y 2023.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00307849.

De conformidad con lo establecido en el apartado 1 de la base quinta de la Resolución de 10 de julio de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se convocan procesos selectivos de acceso libre para ingreso en diferentes opciones y subopciones del Cuerpo Superior Facultativo de la Administración General de la Junta de Andalucía, el director, por delegación,

RESUELVE

Primero. Aprobar las listas provisionales de personas admitidas y excluidas relativas al proceso selectivo de acceso libre para ingreso en el Cuerpo Superior Facultativo, opción Medicina (A1.2009), correspondiente a las Ofertas de Empleo Público 2022 y 2023. En el caso de las personas aspirantes excluidas se expresan las causas que han motivado su exclusión.

Segundo. Las listas provisionales citadas anteriormente quedarán expuestas al público en la página web del Instituto Andaluz de Administración Pública  (www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica).

Tercero. Con objeto de subsanar las causas que hayan motivado la exclusión  u omisión de las citadas listas, las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta resolución, para que aleguen y presenten de forma electrónica la documentación que a su derecho convenga accediendo a la dirección web del empleado público de Andalucía  https://ws45.juntadeandalucia.es/empleadopublico

o, de forma directa, en la dirección web https://lajunta.es/librealegaciones

Las personas que dentro del plazo señalado y en la forma descrita en esta resolución no subsanen la causa de exclusión o no aleguen la omisión, serán definitivamente excluidas de la participación en el proceso selectivo.

Cuarto. Aquellas personas que no figuren en el listado provisional de personas admitidas y excluidas que hubieren abonado la tasa en el plazo de presentación de solicitudes podrán subsanar presentando solicitud electrónica conforme al formulario establecido como Anexo III dentro del plazo establecido para la presentación de alegaciones.

Quinto. Las personas excluidas por las causas «No consta pago del importe de las tasas», «Pago de tasas fuera de plazo» y «046 Incorrecto/Repetido», deberán aportar en el plazo establecido en la presente resolución, copia del modelo 046 con el que, en su plazo, liquidaron la tasa correspondiente al proceso en el que participa.

Sexto. Las personas aspirantes excluidas por la causa «No acredita exención abono tasa», deberá o bien aportar la documentación acreditativa, o bien, en su defecto, satisfacer el importe de la tasa en el plazo de alegaciones.

Séptimo. Aquellas personas excluidas por la causa «No abona importe completo para su grupo» podrán subsanarla, abonando la diferencia y adjuntado el modelo 046, dentro del plazo establecido para la presentación de alegaciones.

Octavo. Aquellas personas que hayan sido excluidas por la causa «Solicitud no ajustada a la base 4.1», podrán subsanar presentando solicitud electrónica conforme al formulario establecido en la citada base dentro del plazo establecido en esta resolución.

Noveno. De conformidad con lo dispuesto en el apartado 2 de la base cuarta, las personas que hayan solicitado expresamente participar por el cupo de plazas reservadas a personas con discapacidad, en el caso de figurar excluidas por causa relacionada con dicha discapacidad, podrán subsanar esta exclusión bien con la aportación de la documentación acreditativa de tal condición, en cuyo caso serán admitidas a dicho cupo, o bien abonar la tasa de la oposición dentro del plazo establecido en esta resolución, en cuyo caso pasarán de oficio al turno general.

Décimo. Concluido el plazo de subsanación, por resolución de esta Dirección se declararán aprobadas las listas definitivas de personas admitidas y excluidas y en ellas se decidirá acerca de las alegaciones planteadas por las personas interesadas sobre la exclusión u omisión en las listas provisionales y su publicación les servirá de notificación. Esta resolución se publicará en el BOJA y en ella se señalarán el lugar de celebración, fecha y hora de realización del ejercicio de la fase de oposición.

Sevilla, 19 de septiembre de 2024.- El Director, José Loaiza García.

Descargar PDF