Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 189 de 27/09/2024

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública

Decreto 219/2024, de 24 de septiembre, por el que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda.

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El Decreto 160/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, enumera, en su artículo 1, las competencias que le corresponden en materia de vivienda, suelo y arquitectura; de movilidad e infraestructuras viarias y de transportes; de investigación, desarrollo e innovación y la superior inspección y el control de la calidad de la edificación, construcción y obra pública; de ordenación del territorio y del litoral, urbanismo, sostenibilidad urbana e inspección territorial y urbanística; y por último, de fomento e impulso, en el marco de la ordenación territorial y urbanística, de las declaraciones de interés estratégico para el fomento de iniciativas económicas.

El Decreto del Presidente 6/2024, de 29 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, establece, en su artículo 6, que corresponden a la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda las competencias que actualmente ostenta, así como las hasta ahora ejercidas por la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en materia de puertos.

Con esta modificación de la relación de puestos de trabajo, a instancia de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, se pretende dar respuesta a las necesidades que han ido surgiendo en los diferentes centros directivos centrales, así como en las delegaciones territoriales.

Así, en la Viceconsejería se crea un puesto de asesoramiento técnico adscrito funcionalmente a la Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía, y en la Secretaría General Técnica se refuerzan el área de contratación, el área presupuestaria para el control y seguimiento de los ingresos, se modifica la unidad administrativa con funciones en materia de comunicación y atención a la ciudadanía y se incrementan los puestos de personal especialista del archivo central de la Consejería, que resultan necesarios para la transformación al archivo digital.

La Dirección General de Infraestructuras Viarias se refuerza con la creación de un puesto de trabajo en el área presupuestaria y cuatro puestos de trabajo adscritos a distintas especialidades y opciones del Cuerpo Superior Facultativo, al resultar necesarios para contribuir a la conservación y mejora de la Red de Carreteras de Andalucía.

En el ámbito de la Dirección General de Movilidad y Transportes, por un lado, se crea el área de transporte público y dos puestos de trabajo, con objeto de impulsar decididamente el desarrollo de los sistemas de información y telecomunicaciones en el ámbito del transporte y la movilidad tanto de la ciudadanía como de mercancías. Asimismo, se crea una unidad administrativa con funciones en materia de concesiones del transporte, ante la necesidad de la renovación de todas las concesiones de transportes.

En la Dirección General de Infraestructuras del Transporte se crean los puestos de trabajo necesarios para la elaboración y tramitación de los proyectos asignados, entre los que se encuentran las tramitaciones relacionadas con el Metro de Sevilla o el Tranvía Metropolitano de Alcalá de Guadaíra, además de los intercambiadores de transporte metropolitanos e infraestructuras para la movilidad activa.

Por último, en las Delegaciones Territoriales de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, se refuerzan, mediante la creación de nuevos puestos de trabajo, distintas áreas en función de las necesidades planteadas, singularmente, en cada una de ellas.

Según lo previsto en el artículo 37.1.c) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se han efectuado los trámites oportunos ante la representación de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración General de la Junta de Andalucía.

La Dirección General de Presupuestos ha informado favorablemente, desde el punto de vista económico-financiero, esta modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía.

La presente modificación de la relación de puestos de trabajo supone la ampliación de la plantilla presupuestaria de la Administración General de la Junta de Andalucía, en los términos previstos en los apartados 6 y 7 del artículo 26 de la Ley 12/2023, de 26 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2024.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.2 del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo, a propuesta del Consejero de Justicia, Administración Local y Función Pública, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 24 de septiembre de 2024,

DISPONGO

Artículo 1. Modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda.

La relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, queda modificada en los términos indicados en el anexo.

Artículo 2. Ampliación de la plantilla presupuestaria de la Administración General de la Junta de Andalucía.

La plantilla presupuestaria de la Administración General de la Junta de Andalucía se amplía en veintiocho puestos de trabajo dotados, en los términos indicados en el anexo.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. No obstante, los efectos económicos y administrativos derivados de la modificación de la relación de puestos de trabajo se producirán a partir del día 1 del mes siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 24 de septiembre de 2024

JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
JOSÉ ANTONIO NIETO BALLESTEROS
Consejero de Justicia, Administración Local 
y Función Pública

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