Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 191 de 01/10/2024

1. Disposiciones generales

Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional

Resolución de 24 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado, por la que se convocan los VII Premios para el reconocimiento a centros con buenas prácticas docentes en bibliotecas escolares y en el fomento de la lectura, realizadas en el curso 2023-2024.

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ANTECEDENTES

La Consejería competente en materia de educación viene realizando actuaciones para la puesta en marcha y mejora de las bibliotecas escolares, así como para el fomento de la lectura, considerándolos factores que favorecen la calidad de la enseñanza.

Dichas actuaciones han propiciado un avance en la concepción de las bibliotecas escolares como centros de recursos para la enseñanza y el aprendizaje, facilitadoras de la adquisición y desarrollo de las competencias clave y del hábito de la lectura, así como motor de innovación en los centros.

En esta misma línea, con fecha 21 de junio de 2023 se dictaron las Instrucciones de la Viceconsejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, sobre el tratamiento de la lectura para el despliegue de la competencia en comunicación lingüística en Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria con la finalidad de contribuir a establecer las condiciones y la planificación educativas para que el alumnado pueda alcanzar un desarrollo adecuado a su edad y para su situación educativa de la competencia en comunicación lingüística; fomentando el hábito lector, la autonomía personal, el desarrollo de la educación literaria y cultural, la regulación del propio aprendizaje a través de la lectura, el placer de la leer y, en cualquier caso, la lectura para obtener, procesar, evaluar la información que permita construir y transformar el conocimiento.

En este contexto, y para poner en valor el trabajo que viene realizando el profesorado en los campos de las bibliotecas escolares y del fomento de la lectura, así como para facilitar la difusión del mismo, la Consejería competente en materia de educación establece con carácter anual, el reconocimiento a la labor bibliotecaria y a las buenas prácticas docentes en el fomento de la lectura de los centros públicos de Andalucía.

La equidad educativa es inseparable de la calidad. Son dos principios indisociables. Son ambas inherentes ya que una se asienta en la otra o viceversa. Por lo tanto, un sistema educativo que aspire a la excelencia debe arbitrar un conjunto de medidas coherentes entre sí y coordinadas, siempre orientadas a mejorar los resultados académicos y escolares del alumnado. Lograr que todos los ciudadanos puedan recibir una educación y una formación de calidad, sin que ese bien quede limitado solamente a algunas personas o sectores sociales, resulta una finalidad prioritaria. En definitiva, se trata de mejorar el nivel educativo de todo el alumnado andaluz alcanzando el pleno desarrollo de las capacidades individuales, haciendo viable y compaginando a la vez, la calidad de la educación con la equidad en su tratamiento. De esta manera llegaremos a la excelencia del sistema. La combinación de calidad y equidad exige ineludiblemente la realización de un esfuerzo compartido: administración y sociedad en su conjunto. De esta forma, la excelencia educativa se vinculará con un conocimiento más competitivo y dinámico, capaz de contribuir a un crecimiento económico sostenido, acompañado de una mejora cuantitativa y cualitativa del empleo y de una mayor cohesión social.

En su virtud, esta Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado, haciendo uso de las competencias asignadas en el artículo 11 de Decreto 164/2024, de 26 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, y en aplicación del artículo 30 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía

RESUELVE

Primero. Objetivo y finalidad.

Efectuar la convocatoria de los VII Premios para el reconocimiento a centros con buenas prácticas docentes en bibliotecas escolares y en el fomento de la lectura, realizadas en el curso 2023-2024.

Segundo. Destinatarios.

Los premios estarán dirigidos a los centros docentes públicos de titularidad de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional que impartan enseñanzas de Educación Infantil de 2.º ciclo, Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria, que hayan desarrollado actuaciones de dinamización e innovación de su biblioteca y de fomento de la lectura.

No podrán participar en esta convocatoria los centros docentes que han obtenido premio en cualquiera de las modalidades en las tres últimas ediciones.

Tercero. Modalidades.

1. Se establecen las siguientes modalidades de premios:

a) Premio «Bibliotecas escolares» al reconocimiento a centros con buenas prácticas docentes en la organización y funcionamiento de las bibliotecas escolares.

b) Premio «Fomento de la lectura» al reconocimiento a centros con buenas prácticas docentes para el fomento de la lectura y la mejora de la competencia en comunicación lingüística.

2. Los premios se otorgarán en dos categorías: centros de Educación Infantil y Primaria, y centros de Educación Secundaria Obligatoria.

3. Los centros educativos podrán optar únicamente por una de las dos modalidades anteriores.

Cuarto. Solicitudes y plazo de presentación.

1. El plazo de presentación de las candidaturas será de veinte días a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

2. Los centros interesados en participar en la presente convocatoria deberán cumplimentar el formulario de inscripción que corresponda según el Premio al que se opte y que será accesible por vía telemática, a través del sistema de gestión Séneca.

3. Conjuntamente con el formulario de inscripción, se presentará un archivo informático en PDF o en ZIP relativo a la memoria de las actuaciones realizadas según el modelo que se adjunta como Anexo I, para el Premio «Bibliotecas Escolares», o según el modelo que se adjunta como Anexo II, para el Premio «Fomento de la lectura».

Quinto. Evaluación de las candidaturas.

1. Para realizar una primera valoración de candidaturas, en cada Delegación Territorial de Desarrollo Educativo, Formación Profesional, Universidad, Investigación e Innovación se constituirá una Comisión Provincial formada por:

- La persona que ostenta la jefatura del Servicio de Ordenación Educativa, que ejercerá la presidencia.

- La persona responsable de lectura y bibliotecas escolares.

- Un asesor o asesora de formación de cada uno de los CEP de la provincia en cuyo ámbito de actuación existan centros que hayan presentado candidatura a los Premios.

- La persona que ostente la Jefatura de Sección de Planes y Programas Educativos, que ejercerá la secretaría.

2. A esta Comisión se podrán incorporar cuantas personas expertas en el ámbito educativo o cultural se considere.

3. La Comisión Provincial realizará una valoración técnica de cada una de las memorias conforme a los criterios establecidos en los resuelvo undécimo y duodécimo y seleccionará una candidatura de un centro por cada modalidad y categoría, no pudiendo un mismo centro ser seleccionado para ambas modalidades de los Premios.

4. De cada una de las candidaturas seleccionadas se elaborará un informe en el que se expongan los motivos que justifican dicha selección relacionándolos con los criterios de valoración establecidos.

5. La persona titular de la Delegación Territorial enviará a la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado la relación de candidaturas seleccionadas junto con los informes elaborados para cada una de ellas.

Sexto. Jurado Regional.

Para la selección de candidaturas premiadas se constituirá un Jurado Regional formado por:

- La persona que ostenta la Jefatura de Servicio de Planes y Programas Educativos, o persona en quien delegue, que ejercerá la presidencia.

- Las personas responsables de lectura y bibliotecas escolares de cada una de las Delegaciones Territoriales.

- La persona responsable de biblioteca escolares en los Servicios Centrales, que ejercerá la secretaría.

A este jurado se podrían incorporar personas expertas en el ámbito educativo o cultural.

El jurado valorará las memorias y analizará los informes de las candidaturas seleccionadas por las comisiones provinciales.

Séptimo. Fallo del Jurado y resolución del procedimiento.

Como consecuencia de las valoraciones efectuadas, el jurado emitirá un fallo por cada modalidad de los Premios en cada una de sus dos categorías, pudiendo declararlos desiertos en cualquiera de sus modalidades si considera que ninguna de las memorias presentadas reúne los méritos suficientes.

El fallo del jurado será inapelable y se elevará como propuesta de concesión del Premio correspondiente a la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado para su resolución.

La persona titular de esta Dirección General, a la vista de las propuestas del jurado, dictará la correspondiente resolución, elevando a definitivo y haciendo público el contenido del fallo del jurado para cada modalidad del Premio.

La resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y, a efectos meramente informativos, en la página web de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y en el Portal de Lectura y Bibliotecas Escolares.

Octavo. Cuantía y financiación de los premios.

Se concederán los siguientes premios por cada modalidad y categoría:

a) Un primer premio consistente en dotación económica de 5.000 euros y trofeo.

b) Un segundo premio consistente en dotación económica de 3.000 euros y trofeo.

c) Un tercer premio consistente en dotación económica de 1.000 euros y trofeo.

La financiación de los premios se realizará con cargo a los fondos consignados en la partida presupuestaria 1100038406 G/54C/22930/0001.

La Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional de la Junta de Andalucía transferirá, como gastos de funcionamiento, a las cuentas de los centros docentes premiados, las cantidades que correspondan según el premio concedido.

Los centros premiados destinarán la cuantía del premio a reforzar la realización de actuaciones de mejora de la biblioteca escolar y de fomento de la lectura.

Dichas cantidades se justificarán en la forma prevista en la normativa vigente, dedicándose exclusivamente a la finalidad para la que han sido concedidas, no pudiéndose destinar a otro concepto distinto de gasto.

Noveno. Entrega de premios.

El acto de entrega de los premios concedidos en la presente convocatoria tendrá lugar en torno al 23 de abril de 2025, Día Internacional del Libro.

Décimo. Difusión y publicación de las memorias premiadas.

Los centros premiados se comprometen a participar en las acciones de difusión de las mejores prácticas que se organicen por la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional de la Junta de Andalucía.

Los centros educativos deberán contar con la correspondiente autorización o licencia para el uso, difusión y publicación de los textos, imágenes, recursos multimedia y aplicaciones informáticas que se incluyan en las memorias.

La Consejería competente en materia de educación podrá difundir los trabajos premiados a través de los medios que estime convenientes, bajo el tipo de licencia Creative Commons Reconocimiento-NoComercial-CompartirIgual CC BY-NC-SA. Asimismo, esta Consejería se reservará el derecho de edición de las memorias premiadas.

Undécimo. Bases específicas del concurso para el reconocimiento a la labor bibliotecaria en aquellos centros que desarrollen experiencias y buenas prácticas en la organización y funcionamiento de sus bibliotecas y que conlleven a la dinamización e innovación de las mismas.

1. Candidaturas.

Los centros interesados en participar en la presente convocatoria cumplimentarán un breve formulario de inscripción en el sistema Séneca con perfil de dirección (Séneca > Centro > Planes y Programas Educativos > Premios y concursos > Año > Bibliotecas escolares > Añadir > Cumplimentar formulario y adjuntar Memoria.) que deberá ir acompañado de un archivo informático en PDF o en ZIP relativo a la memoria de las actuaciones realizadas, según el modelo que se adjunta como Anexo I.

2. Criterios de evaluación.

En la selección de las candidaturas presentadas se tendrán en cuenta los siguientes criterios, valorándose en las mismas la adaptación y adecuación de las actuaciones al contexto específico del centro:

a) Integración y relevancia de la biblioteca escolar en el Plan de centro: organización, gestión, servicios y recursos.

a.1. Recursos humanos. Implicación del Equipo directivo, responsable y miembros del equipo de apoyo u otros miembros de la comunidad educativa que participan en la gestión y en las actuaciones de dinamización de la biblioteca. Dedicación horaria semanal de la persona responsable y de los miembros del equipo de apoyo.

a.2. Impulso desde la biblioteca a la lectura diaria planificada.

a.3. Plan de formación en la organización, gestión y funcionamiento de la biblioteca escolar. Participación de responsable y miembros del equipo de apoyo en actividades formativas y en la Red profesional de bibliotecas escolares de la provincia.

a.4. Presupuesto. Criterios de asignación presupuestaria anual para la biblioteca escolar recogidos en el Proyecto de Gestión.

a.5. Normas de uso y funcionamiento recogidas en el Reglamento de organización y funcionamiento.

a.6. Planificación anual de actuaciones de la biblioteca. Adecuación a la realidad y necesidades del centro y de su entorno.

a.7. Colección. Selección de recursos librarios, no librarios y digitales. Automatización de la colección (programa de gestión y OPAC). Circulación y explotación.

a.8. Servicios operativos. Horario de apertura. Lectura y consulta en sala. Préstamos. Orientación y recomendaciones de lectura. Desiderata. Información y publicaciones. Web de la biblioteca escolar.

a.9. Procedimiento sistemático de evaluación de la biblioteca escolar. Selección de indicadores y señales de avance. Propuestas de mejora.

b) Integración de la biblioteca en el Proyecto educativo y desarrollo de programas específicos.

b.1. Utilización de la biblioteca escolar como recurso educativo para y desde las distintas áreas. Selección y provisión de recursos. Coordinación con Ciclos, Departamentos, Áreas.

b.2. Programas y actividades de formación de los usuarios.

b.3. Programas y actividades para aprender a investigar, a informarse y transmitir la información. ALFIN/AMI. Coordinación con Ciclos, Departamentos, Áreas. Estrategias para aprender a investigar. Estrategias para el desarrollo de la competencia digital. Uso de la biblioteca como fuente de información, que favorezca el trabajo interdisciplinar mediante proyectos documentales complejos. Entornos informacionales y proyectos documentales integrados.

b.4. Proyecto o Plan lector. Plan de lectura integrado en el Proyecto Educativo del centro. Coordinación con Ciclos, Departamentos, Áreas. Apoyo al tiempo reglado de lectura diaria planificada. Provisión y selección de recursos. Estrategias para el fomento de la lectura. Promoción de prácticas lectoras. Configuración de itinerarios de lectura.

b.5. Apoyo a programas y proyectos del centro. Coordinación con Ciclos, Departamentos y Áreas. Selección y provisión de recursos. Espacio de investigación, producción, edición y difusión del trabajo del alumnado.

c) Dinamización sociocultural, cooperación y apertura a la comunidad educativa y a su entorno.

c.1. Desarrollo de actividades de proyección sociocultural. Exposiciones, certámenes, talleres, tertulias, debates, celebraciones, conmemoraciones, efemérides,...

c.2. Espacio de compensación de desigualdades. Programas de apoyo y refuerzo.

c.3. Desarrollo de actuaciones de cooperación que impliquen a otros sectores de la comunidad educativa y de la zona. Colaboración con las familias. Colaboración con otras bibliotecas escolares de la zona. Colaboración con la biblioteca pública. Colaboración con el ayuntamiento y otras entidades locales. Búsqueda de recursos y patrocinio.

3. Ponderación de los criterios de evaluación.

Las candidaturas se evaluarán mediante la constatación de evidencias relacionadas con cada uno de los anteriores criterios. La constatación de evidencias se valorará de 1 a 4, de la siguiente manera:

1 = Sin evidencias.

2 = Pocas evidencias.

3 = Bastantes evidencias.

4 = Evidencias totales.

El criterio a) supondrá el 40% de la valoración.

El criterio b) supondrá el 40% de la valoración.

El criterio c) supondrá el 20% de la valoración.

Duodécimo. Bases específicas del concurso para el reconocimiento a centros con buenas prácticas docentes en el fomento de la lectura desarrolladas al menos durante un curso escolar.

1. Candidaturas.

Los centros interesados en participar en la presente convocatoria cumplimentarán un breve formulario de inscripción en el sistema Séneca con perfil de dirección (Séneca > Centro > Planes y Programas > Premios y concursos > Año > Fomento de la Lectura >Añadir > Cumplimentar formulario y adjuntar Memoria.), que deberá ir acompañado de un archivo informático en PDF o en ZIP relativo a la memoria de las actuaciones realizadas, según el modelo que se adjunta como Anexo II.

2. Criterios de evaluación.

En la selección de las candidaturas presentadas se tendrán en cuenta los siguientes criterios, valorándose en las mismas la adaptación y adecuación de las actuaciones al contexto específico del centro:

a) Integración y relevancia de las prácticas de fomento de la lectura en el Proyecto Educativo,

a.1. Diagnóstico de las prácticas lectoras del alumnado del centro.

a.2. Implicación del ETCP, de los Departamentos o Ciclos. Tratamiento de la lectura intensiva y de la lectura extensiva. Plan lector e Itinerarios lectores.

a.3. Implicación de la biblioteca escolar como apoyo a la lectura diaria planificada.

a.4. Implicación de las diversas áreas y materias. Selección de textos por ámbitos y situaciones textuales (literario, académico, personal, cotidiano, medios de comunicación, etc.), por tipologías textuales y géneros discursivos (descripción, narración, exposición, argumentación, instrucción, transacción; textos continuos, discontinuos, hipertextos, etc.). Programación de objetivos, estrategias y actividades de prelectura, lectura y postlectura. Integración en las programaciones didácticas.

a.5. Integración de las prácticas de fomento de la lectura (secuencias y actividades, tareas o proyectos concretos) en programas de fomento de la lectura del centro.

b) Interés y relevancia de las prácticas desde el punto de vista de la innovación metodológica y del uso de las nuevas tecnologías.

b.1. Aplicación de nuevas metodologías educativas que favorezcan el trabajo colaborativo y la adaptación a las necesidades y particularidades del alumnado.

b.2. Carácter interdisciplinar.

b.3. Uso de nuevas tecnologías. Lectura en pantallas, aplicaciones y herramientas, redes sociales, etc.

c) Grado de implicación de la comunidad educativa, difusión y sostenibilidad.

c.1. Actividades complementarias y extraescolares.

c.2. Implicación de las familias y el entorno.

c.3. Difusión de las prácticas de fomento de la lectura desarrolladas.

c.4. Sostenibilidad de las prácticas propuestas y posibilidades de réplica o adaptación.

3. Ponderación de los criterios de evaluación.

Las candidaturas se evaluarán mediante la constatación de evidencias relacionadas con cada uno de los anteriores criterios. La constatación de evidencias se valorará de 1 a 4, de la siguiente manera:

1 = Sin evidencias.

2 = Pocas evidencias.

3 = Bastantes evidencias.

4 = Evidencias totales.

El criterio a) supondrá el 40 % de la valoración.

El criterio b) supondrá el 35 % de la valoración.

El criterio c) supondrá el 25 % de la valoración.

Décimo tercero. Efectos.

La presente resolución producirá efectos al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 24 de septiembre de 2024.- El Director General, Francisco Javier Fernández Franco.

ANEXO I

Características de la Memoria para optar al Premio Bibliotecas escolares

1. La memoria con las actuaciones llevadas a cabo ocupará un máximo de 10 páginas numeradas, más anexos, en tamaño A4 y utilizando el tipo de letra Arial, o similar, tamaño de 12 puntos. La Memoria con los Anexos se presentarán en formato PDF o ZIP y la capacidad máxima será de 10 Mb para cada uno de ellos. En caso de adjuntarse imágenes, éstas tendrán formato JPG o PNG.

2. En la elaboración de la memoria se incluirán la adaptación y adecuación de las actuaciones al contexto específico del centro. Asimismo se procurará, en todos los casos, argumentar y mostrar evidencias de las actuaciones llevadas a cabo.

3. La memoria comprenderá las siguientes secciones:

1. Portada y título.

2. Índice.

3. Contextualización.

4. Breve trayectoria y funcionamiento de la biblioteca escolar.

4.1. Punto de partida y reseña descriptiva del trabajo desarrollado.

4.2. Integración en el proyecto educativo y descripción del impulso a la lectura diaria planificada.

4.3. Implicación de la comunidad educativa y del entorno del centro en las actuaciones llevadas a cabo: del profesorado, del alumnado, de las familias, de otro personal e instancias externas al centro (instituciones y entidades colaboradoras) que han participado en su planificación y desarrollo.

4.4. Plan de seguimiento y la evaluación.

4.5. Valoración de los resultados y beneficios obtenidos.

5. Proyectos de actuación para el futuro como consecuencia del trabajo realizado.

6. Cualquier otra información que se considere necesaria.

4. La presentación de las memorias supone la aceptación de las bases de la presente convocatoria.

ANEXO II

Características de la memoria para optar al Premio «Fomento de la lectura»

1. La memoria con las actuaciones llevadas a cabo ocupará un máximo de 10 páginas numeradas, más anexos, en tamaño A4 y utilizando el tipo de letra Arial, o similar, tamaño de 12 puntos. La Memoria con los Anexos se presentarán en formato PDF o ZIP y la capacidad máxima será de 10 Mb para cada uno de ellos. En caso de adjuntarse imágenes, éstas tendrán formato JPG o PNG.

2. En la elaboración de la memoria se incluirán la adaptación y adecuación de las actuaciones al contexto específico del centro. Asimismo, se procurará, en todos los casos, argumentar y mostrar evidencias de las actuaciones llevadas a cabo.

3. La memoria comprenderá las siguientes secciones:

1. Portada y título.

2. Índice.

3. Punto de partida y reseña descriptiva del trabajo desarrollado.

4. Diagnóstico de las prácticas lectoras del centro.

5. Justificación de las prácticas de fomento de la lectura propuestas. Breve descripción de las mismas e integración en el Proyecto educativo y descripción del impulso a la lectura diaria planificada.

6. Implicación de la comunidad educativa, difusión y sostenibilidad.

7. Plan de seguimiento y evaluación.

8. Valoración de los resultados y beneficios obtenidos.

9. Cualquier otra información que se considere necesaria.

4. La presentación de las memorias supone la aceptación de las bases de la presente convocatoria.

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