Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 29 de 09/02/2024

1. Disposiciones generales

Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional

Resolución de 31 de enero de 2024, de Dirección General de Tecnologías Avanzadas y Transformación Educativa, por la que se convocan los X Premios Flamenco en el Aula a la elaboración de materiales curriculares y recursos didácticos, y al reconocimiento de Experiencias y buenas prácticas docentes, correspondientes al curso académico 2023/2024.

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El artículo 68.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de conocimiento, conservación, investigación, formación, promoción y difusión del Flamenco como elemento singular del patrimonio cultural andaluz.

Por su parte, la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía, establece que el currículo deberá contemplar la presencia de contenidos y de actividades relacionadas con el medio natural, la historia, la cultura y otros hechos diferenciadores de Andalucía, como el Flamenco, para que sean conocidos, valorados y respetados como patrimonio propio y en el marco de la cultura española y universal.

Para dar cumplimiento a estas disposiciones, los decretos por los que se establecen la ordenación y las enseñanzas correspondientes a distintas etapas educativas, en Andalucía, han incorporado el tratamiento de la cultura andaluza, con especial referencia al Flamenco.

Mediante la Ley 4/2023, de 18 de abril, Andaluza del Flamenco, se ha llevado a cabo una regulación del Flamenco desde una perspectiva integral, al establecer su régimen jurídico con el fin de garantizar su protección, conservación, difusión e investigación y la promoción de su conocimiento como patrimonio vivo, libre y universal. En la exposición de motivos de dicha ley se incide en el papel de la educación para posibilitar el conocimiento del flamenco en todos los niveles educativos de Andalucía.

Ya en el año 2014, la Consejería competente en materia de educación aprobó la Orden de 7 de mayo, por la que se establecían medidas para la inclusión del Flamenco en el sistema educativo andaluz, con el fin de dar público testimonio de admiración y reconocimiento a aquellas personas, docentes, alumnado o cualquier colectivo que, formando parte de la comunidad educativa, destacaran en su compromiso con el fomento del Flamenco en el sistema educativo andaluz.

A dicho fin, la citada orden creó los premios «Flamenco en el Aula», dirigidos a fomentar la elaboración de materiales y recursos didácticos que impulsaran el conocimiento y la inclusión del Flamenco en el sistema educativo de Andalucía así como a reconocer aquellos proyectos educativos basados en experiencias y buenas prácticas docentes que contribuyeran a acercar el Flamenco al alumnado a la vez que desarrollan competencias básicas en las diferentes áreas curriculares.

Según el artículo 27 de dicha orden mediante resolución de la Dirección General competente en materia de innovación educativa se procederá a efectuar las convocatorias anuales de los Premios «Flamenco en el Aula», en cada una de sus modalidades.

Al objeto de llevar a cabo la convocatoria de los X Premios «Flamenco en el Aula» a la elaboración de materiales curriculares y recursos didácticos y al reconocimiento de experiencias y buenas prácticas docentes, correspondiente al curso 2023/2024, esta Dirección General de Tecnologías Avanzadas y Transformación Educativa,

RESUELVE

Primero. Objeto.

Efectuar la convocatoria de los X Premios Flamenco en el Aula correspondientes al curso 2023/2024, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la Orden de 7 de mayo de 2014, por la que se establecen medidas para la inclusión del Flamenco en el sistema educativo andaluz.

Segundo. Procedimiento de concesión.

El procedimiento para la concesión de los Premios Flamenco en el Aula se ajustará a lo dispuesto en la Orden de 7 de mayo de 2014.

Tercero. Modalidades.

Se convocan las siguientes modalidades:

a) X Premios «Flamenco en el Aula» a la elaboración de materiales curriculares y recursos didácticos.

b) X Premios «Flamenco en el Aula» al reconocimiento de experiencias y buenas prácticas docentes.

Cada modalidad de los Premios «Flamenco en el Aula» estará dotada con:

a) Un primer premio consistente en trofeo y diploma.

b) Un segundo premio consistente en trofeo y diploma.

c) Un tercer premio consistente en trofeo y diploma.

Estos premios se entregarán en una ceremonia a celebrar en una fecha cercana al 16 de noviembre de 2024, Día del Flamenco, en el lugar que oportunamente se anuncie.

Cuarto. Plazo de presentación.

El plazo de presentación de candidaturas será desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta Andalucía hasta el 31 de mayo de 2024.

No podrán presentar candidaturas aquellas personas y/o centros docentes que hayan obtenido premio en cualquiera de las modalidades en la última edición.

Quinto. Forma de presentación.

Las solicitudes para los X Premios «Flamenco en el Aula», en sus dos modalidades, serán presentadas preferentemente de forma telemática a través del portal web de la Junta de Andalucía: https://www.juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Si se optase por la presentación en un registro físico se efectuará de conformidad con lo establecido el artículo 35 de la Orden de 7 de mayo de 2014, según el modelo que se adjunta en el Anexo I y II.

Sexto. Jurado.

En la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional se constituirá un Jurado en los términos establecidos en el artículo 29 de la Orden de 7 de mayo de 2014, que actuará con pleno respeto a los criterios de igualdad, transparencia y no discriminación.

Corresponde al jurado la instrucción, el examen y la valoración de las solicitudes presentadas a las diferentes modalidades de los Premios «Flamenco en el Aula» pudiendo recabar los informes o dictámenes que considere convenientes en el desarrollo de estas funciones.

Séptimo. Fallo del Jurado.

1. El jurado, como consecuencia de las valoraciones efectuadas, emitirá un fallo por cada modalidad de los Premios «Flamenco en el Aula» con los títulos de los trabajos y proyectos seleccionados respectivamente, en cada una de sus tres categorías y lo elevará como propuesta de concesión del Premio correspondiente a la Dirección General competente en materia de innovación educativa para su resolución. El fallo del jurado será inapelable.

2. El jurado podrá proponer declarar desierto cualquiera de las dos modalidades de los Premios en cualquiera de sus tres categorías si considera que ninguno de los trabajos o proyectos presentados reúne los méritos suficientes.

3. El jurado podrá conceder anualmente un reconocimiento especial como premio de honor a aquellas instituciones, entidades, colectivos o personas que se hayan distinguido por su apoyo a los centros educativos en el desarrollo de actuaciones relacionadas con la inclusión del Flamenco en el sistema educativo.

Octavo. Resolución.

1. La persona titular de la Dirección General competente en materia de innovación educativa, a la vista de las propuestas del jurado, dictará las correspondientes resoluciones, elevando a definitivo y haciendo público el contenido de los fallos del jurado para cada modalidad del Premio.

2. Las resoluciones se publicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y, a efectos meramente informativos, en la página web de la Consejería competente en materia de educación y en el Portal Educativo del Flamenco.

3. Las resoluciones agotarán la vía administrativa, pudiendo interponerse contra las mismas, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano directivo que las hubiese dictado, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Noveno. Bases específicas del certamen para el fomento de la elaboración de materiales y recursos didácticos que impulsen el conocimiento y la inclusión del Flamenco en el sistema educativo de Andalucía.

1. Participantes.

a) Podrá participar en este certamen el profesorado y el alumnado, individualmente o en equipo, de los centros docentes sostenidos con fondos públicos dependientes de la Consejería competente en materia de educación de todos los niveles educativos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

b) La participación del alumnado requerirá la coordinación de un profesor o profesora responsable.

2. Requisitos de los trabajos.

Los trabajos presentados deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Servir de apoyo a la inclusión del Flamenco en el currículo y para el desarrollo de las competencias clave.

b) Su contenido debe estar conectado con el currículo escolar, ligado al desarrollo de las competencias clave y ser adecuado al nivel educativo del alumnado al que se dirige.

c) Ser innovadores, dinámicos, interactivos, motivadores y fáciles de usar.

d) Ser material elaborado el curso anterior a la convocatoria.

3. Solicitudes.

La persona que desee concurrir a esta convocatoria presentará, preferentemente de forma telemática a través del portal web de la Junta de Andalucía:

https://www.juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos

sin perjuicio de lo establecido en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, una solicitud dirigida a la Dirección General competente en innovación educativa, en la que se incluirá:

a) Ficha descriptiva con las características del trabajo.

b) Declaración firmada por todos los autores y autoras, o por el profesorado responsable en el caso de la participación del alumnado, en la que se exprese que el trabajo presentado es original y no ha sido comercializado ni premiado anteriormente.

c) Trabajo en formato digital.

d) Declaración formal de cesión previa de los derechos de difusión y publicación a la Consejería competente en materia de educación.

4. Criterios de evaluación para la selección.

4.1. En la selección de trabajos presentados se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

a) Interés o relevancia de la actividad para la inclusión del Flamenco en el currículo y en el desarrollo de las competencias básicas.

b) Grado de implicación de la comunidad educativa en la actividad.

c) Colaboración y realización de materiales y recursos entre varios centros.

d) Posibilidad de extensión a otros centros.

e) Que potencien el aprendizaje significativo y colaborativo.

f) Claridad, concreción y rigor en sus planteamientos.

g) Carácter interactivo y facilidad de utilización, con indicaciones claras y precisas.

h) Diversidad de actividades, tareas y estrategias de trabajo colaborativo.

i) Adaptables por el profesorado a las necesidades y particularidades de su alumnado.

j) Transmisión de los valores emanados del Flamenco que fomenten la amistad, el respeto, la igualdad o la tolerancia.

k) Que fomenten la integración, teniendo en cuenta la interculturalidad de la realidad andaluza, su diversidad, valores y señas de identidad.

l) Actuaciones que favorezcan el desarrollo de valores a favor de la igualdad de género.

m) Actuaciones que incluyan la perspectiva de discapacidad favoreciendo la integración.

4.2. Estos criterios de evaluación se aplicarán con la siguiente ponderación:

a) El criterio a) supondrá el 40% de la valoración.

b) Los criterios b), c), d), e), f), g), h) e i) supondrán en conjunto el 40% de la valoración.

c) Los criterios j), k) l) y m) supondrán en conjunto el 20% de la valoración.

Décimo. Bases específicas reguladoras del certamen para reconocer aquellos proyectos educativos basados en experiencias y buenas prácticas docentes que hayan tenido un desarrollo de al menos durante un curso escolar y hayan contribuido a acercar el Flamenco al alumnado a la vez que desarrollan competencias clave en las diferentes áreas curriculares.

1. Participantes.

1.1. La participación en este certamen se realizará a través de la presentación de solicitudes proponiendo las candidaturas al Premio.

1.2. Podrán ser candidatos al Premio:

a) Los centros docentes sostenidos con fondos públicos andaluces.

b) El profesorado, a título individual o en equipo.

c) El alumnado, individualmente o en equipo.

d) Cualquier colectivo que forme parte de la comunidad educativa de uno o varios centros.

1.3. Podrán presentar solicitudes:

a) La dirección de los centros docentes.

b) Los centros del profesorado de Andalucía.

c) Las entidades relacionadas con el mundo del Flamenco.

2. Candidaturas.

Quienes deseen concurrir a esta convocatoria presentarán, preferentemente de forma telemática a través del portal web de la Junta de Andalucía:

https://www.juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos

sin perjuicio de lo establecido en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, una solicitud con la candidatura dirigida a la Dirección General competente en innovación educativa, que deberá ir acompañada de la siguiente documentación:

a) Ficha descriptiva con las características de la actividad.

b) Memoria justificativa y desarrollo de la actividad.

3. Criterios de evaluación para la selección.

3.1. En la selección de trabajos presentados se tendrán en cuenta especialmente los siguientes criterios:

a) Interés o relevancia de la propuesta para la inclusión del Flamenco en el currículo y desarrollo de las competencias básicas.

b) Grado de implicación de la comunidad educativa.

c) Colaboración y realización de prácticas comunes entre varios centros.

d) Posibilidad de extensión a otros centros.

e) Que potencien el aprendizaje significativo y colaborativo.

f) Claridad, concreción y rigor en sus planteamientos.

g) Carácter interdisciplinar de la propuesta.

h) Continuidad del proyecto.

i) Diversidad de actividades, tareas y estrategias de trabajo colaborativo, de acuerdo a las necesidades y particularidades de su alumnado.

j) Valoración de la importancia del Flamenco como expresión cultural.

k) El Flamenco como transmisión de valores interculturales que fomenten la amistad, el respeto, la igualdad o la tolerancia, en el contexto de la realidad andaluza, su diversidad, valores y señas de identidad.

l) Actuaciones que favorezcan el desarrollo de valores a favor de la igualdad de género.

m) Actuaciones que incluyan la perspectiva de discapacidad favoreciendo la integración.

3.2. Los criterios de evaluación recogidos en el punto anterior se aplicarán con la siguiente ponderación:

a) El criterio a) supondrá el 40% de la valoración.

b) Los criterios b), c), d) y e) supondrán en conjunto el 30% de la valoración.

c) Los criterios f), g), h), i) supondrán en conjunto el 15% de la valoración.

d) Los criterios j), k), l) y m) supondrán en conjunto el 15% de la valoración.

Undécimo. Efectos de la presente resolución.

La presente resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, los centros privados concertados podrán interponer recurso de alzada ante la Secretaría General de Formación Profesional y Tecnologías Avanzadas, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo previsto en los artículos 112.1, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 31 de enero de 2024.- El Director General, Antonio Segura Marrero.

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