Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 48 de 08/03/2024

3. Otras disposiciones

Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad

Resolución de 4 de marzo de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se acuerda someter a información pública el proyecto de orden por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva por el Instituto Andaluz de la Juventud, a asociaciones juveniles, federaciones de asociaciones juveniles, secciones juveniles de otras entidades y grupos de corresponsales juveniles, para la realización de actuaciones en materia de juventud.

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Por la Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad se acordó, con fecha de 29 de febrero de 2024, el inicio de la tramitación del «Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva por el Instituto Andaluz de la Juventud, a asociaciones juveniles, federaciones de asociaciones juveniles, secciones juveniles de otras entidades y grupos de corresponsales juveniles, para la realización de actuaciones en materia de juventud».

Dada la naturaleza de la disposición, teniendo en consideración su ámbito de incidencia y contenido, y resultando procedente dar la máxima difusión al mismo, esta Secretaría General Técnica, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45.1.d) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía

RESUELVE

Primero. Someter a información pública el «Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva por el Instituto Andaluz de la Juventud, a asociaciones juveniles, federaciones de asociaciones juveniles, secciones juveniles de otras entidades y grupos de corresponsales juveniles, para la realización de actuaciones en materia de juventud» por un plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la finalidad de que los organismos, entidades, colectivos y personas interesadas, formulen las alegaciones que estimen pertinentes.

Segundo. Durante dicho plazo, el texto del citado proyecto, junto con el resto de documentación que conforma el expediente, estará disponible para su general conocimiento en el Portal de la Transparencia de la Junta de Andalucía, a través del siguiente enlace:

https://juntadeandalucia.es/servicios/normativa/normas-elaboracion/detalle/484765.html

Tercero. Las alegaciones que se deseen formular al proyecto de orden se realizarán preferentemente en formato digital y abierto en la dirección de correo electrónico: subvenciones.iaj@juntadeandalucia.es, sin perjuicio de la posibilidad de hacerlo mediante cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 82 y siguientes la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 4 de marzo de 2024.- El Secretario General Técnico, José Antonio Barroso Fernández.

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