Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 57 de 21/03/2024

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural

Resolución de 13 de marzo de 2024, de la Dirección General de Pesca y Acuicultura, por la que se procede a la apertura de la pesquería de la chirla (Chamelea gallina) en las zonas de producción del Golfo de Cádiz, una vez transcurrido el cierre de 2 meses por medidas técnicas.

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Con fecha 17 de julio de 2023, se inició la pesquería de la chirla (Chamelea gallina) en el Golfo de Cádiz, mediante la publicación de la Resolución de 13 de julio de 2023, de la Dirección General de Pesca y Acuicultura, por la que se aprueba el Plan de Pesca de la pesquería de chirla (Chamelea gallina) en el Golfo de Cádiz para la campaña 2023-2024, y se prorroga el Plan de Gestión para la captura de la especie denominada chirla (Chamelea gallina) en el Golfo de Cádiz, en las modalidades de draga hidráulica y rastro remolcado, aprobado mediante Orden de 6 de abril de 2020.

Mediante Resolución de 29 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Pesca y Acuicultura, se aprueba el plan de pesca de la pesquería de chirla (Chamelea gallina) en el Golfo de Cádiz para la campaña 2023-2024, se deja sin efecto la Resolución de 13 de julio de 2023, y se prorroga el Plan de Gestión para la captura de la especie denominada chirla (Chamelea gallina) en el Golfo de Cádiz, en las modalidades de draga hidráulica y rastro remolcado, aprobado mediante Orden de 6 de abril de 2020.

La Orden de 6 de abril de 2020, establece un Plan de Gestión para la captura de la especie denominada chirla (Chamelea gallina) en el Golfo de Cádiz, en las modalidades de draga hidráulica y rastro remolcado, estableciendo medidas técnicas a fin de alcanzar niveles de rendimiento máximo sostenible, conforme a las normas que regulan el uso de esas artes, contenida en la Orden de 29 de junio de 2017, por la que se regula el marisqueo desde embarcación con draga hidráulica en el Golfo de Cádiz.

La Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, en colaboración con el Instituto Español de Oceanografía y el propio sector, viene realizando de forma continuada y constante el seguimiento de la pesquería para conocer la situación real del caladero de la chirla del Golfo de Cádiz, para determinar la situación en la que se encuentra dicho stock.

Las descargas de chirla registradas en lonja con fecha 11 de marzo de 2024 fueron de 1.362.949,50 kg, superando más de la mitad de la Captura total anual establecida para la campaña 2023-2024 (2.000 Tn), sin sobrepasar el nivel de Rendimiento Máximo Sostenible de la pesquería.

Los bajos rendimientos de captura de chirla en el caladero durante el mes de diciembre y los primeros días de enero obligaron al cierre de la pesquería mediante la publicación de la Resolución de 12 de enero de 2024, de Dirección General de Pesca y Acuicultura, por la que se cierra la pesquería de la chirla (Chamelea gallina) en aguas del Golfo de Cádiz.

Según el seguimiento científico realizado en continuo, mediante embarques comerciales, por el Instituto Español de Oceanografía (IEO) durante el mes de febrero, los valores de rendimiento medio de captura en las zonas de producción del Golfo de Cádiz se han mejorado durante los dos meses de cierre de la pesquería.

Finalmente, una vez analizada la información y los valores de rendimiento medio de captura, así como la situación actual del caladero, obtenidos en el seguimiento científico de la pesquería de la chirla (Chamelea gallina) en el Golfo de Cádiz, oído el sector pesquero y en virtud de las competencias asignadas a esta Dirección General por la referida Orden de 6 de abril de 2020,

RESUELVO

Primero. Proceder a la apertura de la pesquería de chirla (Chamelea gallina) en las zonas de producción del Golfo de Cádiz a partir del día 18 de marzo de 2024.

Segundo. Con el objeto de mantener durante el mayor tiempo posible la actividad pesquera, sin superar el punto de referencia biológico, se establece un tope de captura semanal de 800 kilos de chirla para las dragas hidráulicas y de 600 kilos para los rastros remolcados.

Tercero. De acuerdo con lo previsto en el artículo 6.3 de la referida orden, el tiempo de actividad diaria de las embarcaciones autorizadas para ejercer el marisqueo no podrá ser superior a las 5 horas desde la entrada en vigor de la presente resolución.

Cuarto. Conforme a la situación actual en que se encuentra el caladero y teniendo en cuenta los resultados de los informes científicos y el análisis de los datos obtenidos, procede la apertura de las siguientes zonas de producción, reduciendo las jornadas autorizadas por semana a 4 días de faena cuando la especie objetivo sea la chirla:

a) AND 101. Isla Canela.

b) AND 102. Barra del Terrón.

c) AND 103. Punta Umbría.

d) AND 105. Mazagón.

e) AND 106. Matalascañas.

f) AND 107. Doñana Norte.

Quinto. El esfuerzo pesquero, atendiendo a los resultados de los estudios de evaluación y seguimiento científico de la pesquería, podrá ser adaptado por esta Dirección General mediante resolución que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sexto. La presente resolución surtirá efectos a partir de las 00:00 horas del día 18 de marzo de 2024.

Sevilla, 13 de marzo de 2024.- El Director General, José Manuel Martínez Malia.

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