Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 70 de 11/04/2024

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional

Resolución de 5 de abril de 2024, de la Dirección General de la Agencia Pública Andaluza de Educación, por la que se convoca el proceso de selección para la constitución de una bolsa de empleo para cubrir plazas temporales de Técnico Medio de Fondos Europeos con la titulación de Licenciado en Administración y Dirección de Empresas.

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La Agencia Pública Andaluza de Educación, creada por la Ley 3/2004, de 28 de diciembre, tiene la consideración de Agencia Pública Empresarial de las previstas en el artículo 68.1.b) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, conforme establece el Decreto 217/2011, de 28 de junio, de adecuación de diversas entidades de derecho público. Sus estatutos fueron aprobados por el Decreto 194/2017, de 5 de diciembre, y se encuentra adscrita a la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación profesional, según el artículo 2 del Decreto 154/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.

En el artículo 1.1 del Decreto 194/2017, de 5 de diciembre, se dispone la condición de la Agencia de Educación como Agencia Pública Empresarial, rigiéndose en materia de personal por lo dispuesto en el artículo 70 de la citada Ley 9/2007, de 22 de octubre, conforme a la cual el personal de las Agencias Públicas Empresariales se rige en todo caso por el derecho laboral, así como por lo que le sea de aplicación en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, que en su artículo 55 dispone que será seleccionado mediante convocatoria pública, basada en los principios de igualdad, mérito y capacidad.

El artículo 13.3 de la Ley 12/2023, de 26 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2024, dispone que, durante el año 2024 la contratación del personal laboral no sujeto al VI Convenio Colectivo de Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía con carácter fijo o indefinido o temporal en las agencias de régimen especial, agencias públicas empresariales, sociedades mercantiles del sector público andaluz, consorcios, fundaciones y demás entidades a que se refiere el artículo 5 del texto refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, requerirá autorización de la Consejería competente en materia de sector público instrumental.

Las contrataciones temporales que se vayan a realizar requieren autorización por la Consejería competente en materia de sector público instrumental, quedando supeditada la contratación a la emisión de informe favorable.

En virtud de las competencias atribuidas a esta Dirección General por el artículo 15, letras b) y o) del Decreto 194/2017, de 5 de diciembre, se anuncia convocatoria para la constitución de una bolsa de empleo de Técnico Medio de Fondos Europeos con la titulación de Licenciado en Administración y Dirección de Empresas para cubrir las plazas temporales que pueda convocar la Agencia Pública Andaluza de Educación.

Los requisitos, méritos a valorar y el procedimiento telemático de inscripción al proceso selectivo, así como el acuerdo de funcionamiento de la bolsa de empleo de la Agencia se encuentran publicados en la página web www.agenciaandaluzaeducación.es

El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, el interesado podrá interponer directamente demanda laboral ante el Juzgado de lo Social de la ciudad de Sevilla, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a aquel en que se hubiera producido el acto o la notificación de la resolución impugnada, o desde que se deba entender agotada la vía administrativa en los demás casos, según lo dispuesto en el artículo 69.3 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social, en su redacción dada por la disposición final 3.ª de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Camas, 5 de abril de 2024.- El Director General, Manuel Cortés Romero.

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