Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 78 de 23/04/2024

3. Otras disposiciones

Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional

Orden de 22 de enero de 2024, por la que se autoriza el cambio de titularidad de los centros docentes privados de educación infantil, de educación primaria y de educación secundaria «Sagrada Familia» de Utrera (Sevilla) y «Sagrada Familia de Urgel» de Sevilla. (PP. 8081/2024).

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Visto el expediente tramitado a instancia de doña María Isabel Albillos Albillos, como presidenta de la Fundación Educativa Ana María Janer, nueva entidad titular de los centros docentes privados de educación infantil, de educación primaria y de educación secundaria «Sagrada Familia», con código 41007874 y domicilio en C/ Virgen de Consolación, 12, de Utrera (Sevilla), y de los centros docentes privados de educación infantil, de educación primaria y de educación secundaria «Sagrada Familia de Urgel», con código 41006134 y domicilio en Avda. Marqués de Nervión, 13, de Sevilla, por el que se solicita el cambio de titularidad de los mismos a favor de dicha entidad, según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio.

Resultando que los centros docentes privados de educación infantil, de educación primaria y de educación secundaria con código 41007874 tienen autorización administrativa para impartir, respectivamente, seis unidades de segundo ciclo de educación infantil, doce unidades de educación primaria y ocho unidades de educación secundaria obligatoria.

Resultando que los centros docentes privados de educación infantil, de educación primaria y de educación secundaria con código 41006134 tienen autorización administrativa para impartir, respectivamente, seis unidades de segundo ciclo de educación infantil, doce unidades de educación primaria, doce unidades de educación secundaria obligatoria y seis unidades de bachillerato (cuatro en la modalidad de Ciencias y tecnología y dos en la de Humanidades y ciencias sociales).

Resultando que, consultados los antecedentes obrantes en la Dirección General de Planificación, Centros y Enseñanza Concertada, aparece debidamente acreditada la titularidad de estos centros a favor de la Congregación Instituto Hermanas de la Sagrada Familia de Urgel.

Resultando que la Congregación Instituto Hermanas de la Sagrada Familia de Urgel cede a la Fundación Educativa Ana María Janer la titularidad de los mencionados centros, mediante escrituras públicas de cesión de titularidad de centro educativo a título gratuito números tres mil ciento treinta y tres mil ciento treinta y cinco, otorgadas ambas en Madrid, el día veintitrés de junio de dos mil veintitrés, ante don Juan Aznar de la Haza, Notario del Ilustre Colegio notarial de Madrid.

Vistas: la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE del 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE del 4), de Educación; la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (BOE del 30), por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA del 26), de Educación de Andalucía; la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE del 2),  del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados, para impartir Enseñanzas de Régimen General, y demás normas de vigente aplicación.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Conceder el cambio de titularidad a los centros docentes privados de educación infantil, de educación primaria y de educación secundaria «Sagrada Familia» de Utrera (Sevilla), código 41007874, y a los centros docentes privados de educación infantil, de educación primaria y de educación secundaria «Sagrada Familia de Urgel» de Sevilla, código 41006134, que en lo sucesivo la ostentará la Fundación Educativa Ana María Janer, que queda subrogada en la totalidad de los derechos y obligaciones que tuviera contraídas la entidad titular cedente, en relación a dichos centros, quedando estos con la configuración de enseñanzas que se recoge en los resultandos anteriores.

Segundo. Del contenido de la presente orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Tercero. Dichos centros quedan obligados al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente orden.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y  115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 22 de enero de 2024

PATRICIA DEL POZO FERNÁNDEZ
Consejera de Desarrollo Educativo 
y Formación Profesional
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