Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 8 de 11/01/2024

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo

Corrección de errores de la Resolución de 21 de diciembre de 2023, de la Viceconsejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, por la que se anuncia convocatoria pública para cubrir un puesto de trabajo, próximo a quedar vacante, por el sistema de libre designación (BOJA núm. 1, de 2 de enero de 2024).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00295108.

Advertido error en la publicación de la Resolución de 21 de diciembre de 2023, de la Viceconsejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, publicada en el BOJA núm. 1, de 2 de enero de 2024, por la que se convoca el puesto de trabajo, próximo a quedar vacante, por el sistema de libre designación, Sv. Administración Gral. y contratación (código 9177610) de la Secretaría General Técnica, procede su rectificación conforme al art. 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el siguiente sentido:

Donde dice:

«De conformidad con lo dispuesto en los artículos 25.1 y 26.2 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía,»

Debe decir:

«De conformidad con lo dispuesto en los artículos 124 y 128 de la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía,»

Donde dice:

«Tercera. 1. Las solicitudes, dirigidas a la Viceconsejera de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, se presentarán obligatoriamente a través de medios electrónicos, preferentemente a través del Registro Electrónico General de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional segunda de la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía, dentro del plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.»

Debe decir:

«Tercera. 1. Las solicitudes, dirigidas a la Viceconsejera de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, se presentarán obligatoriamente a través de medios electrónicos, preferentemente a través del Registro Electrónico General de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional segunda de la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía, dentro del plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.»

Así mismo, se procede a ampliar el plazo de presentación de solicitudes para todas aquellas personas que pudieran verse afectadas por esta corrección de errores, en 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la corrección en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Descargar PDF